Instituta de la jurisprudencia establecida por las excmas. Cámaras de apelaciones de la capital de la República Argentina en sus sentencias, por orden numérico y alfabético, Volumen9,Parte1José J. Hall (Harvard local name) F. Lajouane y c.a, 1904 |
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... arts . 169 , 172 , 175 y 177 , el acarreador solo está exento de la responsabilidad que esta- blecen los arts . 162 y 179 y siguientes , cuando las pérdidas ó averías pro- vienen de vicio propio de las cosas , fuerza mayor , caso ...
... arts . 169 , 172 , 175 y 177 , el acarreador solo está exento de la responsabilidad que esta- blecen los arts . 162 y 179 y siguientes , cuando las pérdidas ó averías pro- vienen de vicio propio de las cosas , fuerza mayor , caso ...
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... Art . 443 del Cód . de Com . 1c . El actor contrató la obra como simple empresario , encargando la construcción á otros albañiles . Habiendo sido desposeído de la obra de- dujo el interdicto de recobrar . Con arreglo á los arts . 2487 ...
... Art . 443 del Cód . de Com . 1c . El actor contrató la obra como simple empresario , encargando la construcción á otros albañiles . Habiendo sido desposeído de la obra de- dujo el interdicto de recobrar . Con arreglo á los arts . 2487 ...
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... Arts . 1518 y 1519 del Cód . de Com . 4. La reivindicación , dice el art . 2758 del Cód . Civ . , es una acción que nace del dominio que cada uno tiene de cosas particulares , por la que el propietario que ha perdido la posesión , la ...
... Arts . 1518 y 1519 del Cód . de Com . 4. La reivindicación , dice el art . 2758 del Cód . Civ . , es una acción que nace del dominio que cada uno tiene de cosas particulares , por la que el propietario que ha perdido la posesión , la ...
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... arts . 2456 á 2460. Hustrando el codificador el art . 2455 , no queda ninguna duda de la mente de la ley . En esa nota se recuerdan los ejemplos de Pothier , con el propósito de aclarar el sentido del artí- culo : « Somos desposeídos ...
... arts . 2456 á 2460. Hustrando el codificador el art . 2455 , no queda ninguna duda de la mente de la ley . En esa nota se recuerdan los ejemplos de Pothier , con el propósito de aclarar el sentido del artí- culo : « Somos desposeídos ...
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... Arts . 2412 , 2758 , 2765 y 2766 del Cód . Civ . 6 . Art . 2758 del Cód . Civ . 7. El actor comprobó por medio de la competente escritura pública haber adquirido en el año 1892 el inmueble materia de la reivindica- ción . Se hacía ...
... Arts . 2412 , 2758 , 2765 y 2766 del Cód . Civ . 6 . Art . 2758 del Cód . Civ . 7. El actor comprobó por medio de la competente escritura pública haber adquirido en el año 1892 el inmueble materia de la reivindica- ción . Se hacía ...
Términos y frases comunes
5ª t 5ª tom acción acreedor acto acto de comercio acto jurídico actor acuerdo acusado alegó alquileres aplicación arma de fuego arts autoriza autos boleto Cám causa ción citado civil Cód competencia comprador concurso condenación en costas considerarse contestar contestar la demanda contrato de compraventa cosa juzgada crédito Crim criminal cuestión cumplimiento daños y perjuicios debe declaración deducida delito demanda demandante depositario derecho derecho real deuda deudor dictada diligencias disposición divorcio doctrina documento domicilio efecto ejecutante embargo preventivo entrega escarcelación escep Escepción de falta esclusivamente escritura pública esposa espresa establece exigir existe existencia falsedad fianza fiscal fundar hipoteca honorarios hubiese importa improcedente imputable inmueble judicial jueces juez juicio ejecutivo jurisdicción jurisprudencia justificar Juzgado legal locatario novación nulidad núm obligación pág pedir pena presente Proc procede procedente prueba rechazarse reconocimiento resolución responsabilidad resulta sentencia sumario término tículo tít título trata Trib Véase Inst vendedor venta verb
Pasajes populares
Página 84 - Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras, son la ley suprema de la Nación ; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales, salvo para la provincia de Buenos Aires, los tratados ratificados después del Pacto de 11 de Noviembre de 1859.
Página 42 - Después de la absolución del acusado, no se podrá tampoco alegar en el juicio civil la existencia del hecho principal sobre el cual hubiese recaído la absolución.
Página 538 - Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa.
Página 133 - Código, cuando la sucesión tiene lugar entre ascendientes y descendientes, el heredero entra en posesión de la herencia desde el día de la muerte del autor de la sucesión, sin ninguna formalidad o intervención de los jueces, aunque ignorase la apertura de la sucesión y su llamamiento a la herencia.
Página 16 - La acción de reivindicación es una acción que nace del dominio que cada uno tiene de cosas particulares, por la cual el propietario que ha perdido la posesión, la reclama y la reivindica, contra aquel que se encuentra en posesión de ella.
Página 146 - La cláusula penal es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena, que consiste en dar o hacer algo en caso de no ejecutar o de retardar la obligación principal.
Página 145 - Las convenciones particulares no pueden dejar sin efecto las leyes en cuya observancia estén interesados el orden público y las buenas costumbres.
Página 409 - La mujer casada tiene el domicilio de su marido, aun cuando se halle en otro lugar con licencia suya. La que se halle separada de su marido por autoridad competente, conserva el domicilio de éste, si no se ha creado otro. La viuda conserva el que tuvo su marido, mientras no se establezca en otra parte.
Página 209 - Civ.), y agrega que las convenciones hechas en los contratos forman para las partes una regla a la cual deben someterse como a la ley misma (art.
Página 47 - Los actos anulables se reputan válidos mientras no sean anulados; y sólo se tendrán por nulos desde el día de la sentencia que los anulase.