Constitución de la República Oriental del Uruguay

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Tip. á vapor de la Nación, 1887 - 149 páginas
 

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Página 87 - Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden ya la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohibe.
Página 80 - En los Departamentos habrá Jueces Letrados para el conocimiento y determinación de la primera instancia en lo civil y criminal, en la forma que establecerá la Ley, hasta que se organice el juicio por jurados.
Página 55 - ... sino ante su respectiva Cámara ; la cual, con las dos terceras partes de sus votos, resolverá si hay o no lugar a la formación de causa ; y en caso afirmativo, lo declarará suspenso de sus funciones, y quedará a disposición del Tribunal competente.
Página 57 - Corresponderá también a la Comisión Permanente prestar o rehusar su consentimiento en todos los actos en que el Poder Ejecutivo lo necesite, con arreglo a la presente Constitución ; y la facultad concedida a las Cámaras en el artículo 53.
Página 63 - Art. 77. En los casos de enfermedad ó ausencia del Presidente de la República, ó mientras se proceda á nueva elección por su muerte, renuncia ó destitución, ó en el de cesación de hecho, por haberse cumplido el término de la ley, el Presidente del Senado le suplirá y ejercerá las funciones anexas al Poder ejecutivo, quedando entretanto suspenso de las de Senador.
Página 80 - Se establecerán igualmente jueces de paz para que procuren conciliar los pleitos que se pretendan iniciar ; sin que pueda entablarse ninguno en materia civil y de injurias, sin constancia de haber comparecido las partes á la conciliación. CAPÍTULO vi 108. Las leyes fijarán el orden y las formalidades del proceso en lo civil y criminal.
Página 88 - Es enteramente libre, en toda materia, la comunicación de los pensamientos por palabras, escritos privados o publicados en la prensa, o por cualquier otra forma de divulgación, sin necesidad de previa censura; quedando responsable el autor y, en su caso, el impresor o emisor, con arreglo a la Ley por los abusos que cometieren.
Página 36 - Por no haber cumplido veinte años de edad, menos siendo casado desde los diez y ocho. 5.° Por no saber leer ni escribir, los que entren al ejercicio de la ciudadanía desde el año de mil ochocientos cuarenta en adelante. 6.° Por el estado de deudor fallido, declarado tal por juez competente. 7.° Por deudor al Fisco, declarado moroso.
Página 40 - ... que presente el Poder Ejecutivo ; establecer las contribuciones necesarias para cubrirlos ; su distribución ; el orden de su recaudación e inversión, y suprimir, modificar o aumentar las existentes. 5.° Aprobar o reprobar en todo, o en parte, las cuentas que presente el Poder Ejecutivo. 6.° Contraer la deuda nacional, consolidarla, designar sus garantías, y reglamentar el Crédito público.
Página 46 - La iniciativa sobre impuestos y contribuciones, tomando en consideración las modificaciones con que el Senado las devuelva. 2° — El derecho exclusivo de acusar ante el Senado al Jefe Superior del Estado, y sus ministros...

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