Estudio del derecho constitucional poblano sobre las siguientes cuestiones: 1a. Son buenas y legítimas las reformas y adiciones á la Constitucion del Estado de Puebla expedidas el 10 de diciembre de 1870, y publicadas el 12 del mismo mes y año? :2a. Es permitida en el Estado del Puebla, aún en virtud de esas reformas, la reelecccion del gobernador ántes de cuatro años contados desde que concluyó su periodo? :3a. Supuesta la ilegitimidad de las mismas reformas y adiciones, qué medio hay en nuestro derecho para que el estado de Puebla vuelva al órden constitucional legítimamente establecido?

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Imprenta de Neve, 1874 - 143 páginas
 

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Página 15 - El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.
Página 90 - Las Cámaras no pueden abrir sus sesiones ni ejercer su cargo sin la concurrencia, en la de senadores, de las dos terceras partes, y en la de diputados, de más de la mitad del número total de...
Página 91 - Cámaras residirán en un mismo lugar y no podrán trasladarse a otro sin que antes convengan en la traslación y en el tiempo y modo de verificarla, designando un mismo punto para la reunión de ambas. Pero si, conviniendo las dos en la traslación, difieren en cuanto al tiempo, modo y lugar, el Ejecutivo terminará la diferencia, eligiendo uno de los dos extremos en cuestión.
Página 60 - Desempeñar los cargos de elección popular de la Federación, que en ningún caso serán gratuitos.
Página 110 - ... a virtud de las funciones que a cada una comete la Constitución en los artículos 35, 36, 39, 40, 44 y 45; y el presidente de los Estados Unidos las deberá hacer ejecutar, sin poder hacer observaciones sobre ellas.
Página 59 - Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquiera materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza á los, autores ó impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto á la vida privada, á la moral y á la paz pública.
Página 58 - El ejercicio del Supremo Poder del Estado se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Nunca podrán reunirse dos o más de estos poderes en una persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un individuo.
Página 62 - ART. 39.—A la apertura de Sesiones del Congreso asistirá el Gobernador del Estado y pronunciará un discurso. El Presidente del Congreso contestará en términos generales. ART.
Página 95 - ... la Cámara que los desechó, y no se entenderá que ésta los reprueba, si no concurre para ello el voto de los dos tercios de sus miembros presentes.
Página 94 - Art. 67. Todo proyecto de ley ó de decreto que .fuere desechado en la Cámara de su origen antes de pasar á la revisora, no podrá volver á presentarse en las sesiones del año.

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