N? 4.090 de 3-VII-12 2? — Para que toda partida o testimonio extraído de los libros parroquiales produzca efectos civiles, en juicio o fuera de él, es necesario que sean autorizados por un certificado del Director General del Registro de Estado Civil... Memoria presentada a la honorable Asamblea General - Página 225 por Uruguay. Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública - 1889 Vista completa -
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