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Consulta al Consejo de Estado sobre el orden que debe observarse en la reducción del ejército

Ministerio de Guerra

y Marina

Lima, junio 27 de 1840.

Señor Secretario del Consejo de Estado.

En todo el tiempo de la denominación de Santa Cruz han estado vagando multitud de jefes y oficiales peruanos, en quienes recayó la furia del tirano, mandando unos á Mojos y Chiquitos, á otros á los confines del Perú y á otros á Guayaquil.

De todos estos desgraciados, que han sufrido con entereza y resignación la suerte que les cupo, muy pocos fueron los que tuvieron resistencia para vencer obstáculos, que parecían insuperables, y reunirse á sus compañeros de armas, que salieron de Chile con la expedición restauradora; los demás quedaron sufriendo el hambre y la miseria, sin que por esto dejasen de aprovechar las proposiciones que se le presentaron para ingresar nuevamente al ejército, y prestar en él sus servicios. con el entusiasmo y valor de que eran capaces; pero como la campaña de la restauración duró tan poco tiempo, y ellos venían de distancias remotas, no pudieron llegar á tiempo de poder ser útiles en aquella jornada, que había concluido. Sin embargo, despues de la victoria de Ancachs, estaba el gobierno en el deber de emprender campaña sobre Bolivia y en circunstancias de aumentar y arreglar el ejército nacional de nueva creación, no solo había en que considerar aquella multitud de jefes y oficiales, que se hallaban sin colocación, sino que fué indispensable admitir al servicio un crecido número de oficiales subalternos, contando también unos pocos jefes.

Celebrado el convenio preliminar de paz, (1) y cesado, por lo tanto, el objeto de la campaña preparada, ha sido inoficiosa la permanencia de más de siete mil hombres, que disciplinados y moralizados, estaban listos para abrirla, reduciéndose esta fuerza al pie en que debe quedar, cumpliendo con el tratado. De aquí resultan no solamente sin colocación otra vez aquellos beneméritos jefes y oficiales, sino los que fueron admitidos nue

(1) Inserto en el Tomo II, pág. 263.

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vamente, y que obtuvieron despachos supremos, que les han dado propiedad á los empleos que adquirieron y de los que no puede despojárseles, sin adoptar una medida que cubra al Gobierno en sus procederes.

Después de una larga época de continua dilapidación de los fondos nacionales, á la restitución al país del Gobierno peruano, su principal conato ha sido propender á los progresos del Erario, procurando ahorrar, en lo posible, los gastos, sujetándose solo á los que se demandan como de imperiosa necesidad. Ninguna época se presenta mejor para llenar los deseos del Gobierno que la presente en que el país goza de paz y tranquili dad; pero es indispensable cercenar aquellos que principalmente son gravosos como innecesarios en las presentes circunstancias: tal es el que ocasionan los sueldos del inmenso número de jefes y oficiales excedentes. Por las razones que dejo manifes tadas, S. E. el Presidente me manda dirigirme al respetable Consejo de Estado, por el digno órgano de US., con el fin de recabar de la sabiduría é ilustración de los miembros que lo componen, el voto que crean más acertado sobre la determinación que deba tomarse, y proceder con el tino que demanda la presente consulta.

Con este motivo me es satisfactorio á US. las consideraciones del alto respeto con que me suscribo de US. atento servidor,

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Secretaría del Consejo de Estado

Juan José de Salas.

Lima, agosto 10 de 1840.

Señor Ministro de Estado en el despacho de Guerra y Marina.

Señor Ministro:

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Habiéndose examinado por el Consejo de Estado la con. sulta que se sirvió hacer el Ejecutivo en la apreciable nota de US. de 27 de junio último, sobre el orden que debe observarse en la reducción del ejército innecesario y demasiado gravoso al

Estado, verificada ya la paz con Bolivia ha dictaminado,en sesión de la fecha, lo que sigue: 1.o en el retiro de jefes y oficiales debe observar el Ejecutivo los mismos principios y orden designado en la ley de reforma del año de 1829; 2.° los jefes y oficiales que resulten retirados, gozarán sus haberes conforme á las leyes y decretos vigentes, en que están detalladas las compensaciones debidas al tiempo de servicio de cada oficial que se retire.

Y tengo el honor de trascribirlo á US., de orden del Consejo, en cumplimiento de lo acordado.

Dios guarde á US..

Juan Távara.

1.ima, agosto 11 de 1840.

De conformidad con lo dictaminado por el Consejo de Estado, publíquese para los efectos enunciados en los casos que tengan lugar.

Rúbrica de S. E.

Juan José de Salas.

Revolución militar en Bolivia. Autorización del Consejo de Estado del Perú para hacer la guerra á don Andrés Santa-Cruz.-S. E. el Genera. lísimo don Agustín Gamarra se pone al frente del Ejército.-Carta de don Casimiro Olañeta sobre Santa-Cruz.-Campaña contra Bolivia.Contraste de Ingavi.-Muerte gloriosa del Presidente del Perú.-Exequias.-Oración fúnebre.Invasión del territorio peruano.-Negociaciones de Paz. Sesiones del Consejo de Estado del Perú.-Cange de prisioneros-Mediación de Chile.-Tratado de Paz.-Recepcion del Ministro de Bolivia en Lima.

BOLIVIA

"Ha estallado en esta República una revolución militar, que derribando al Gobierno del general Velazco, ofrece las mas graves complicaciones á aquel país. - Todo trastorno de cualquiera entidad y carácter que sea, trae consigo el mal necesario de interrumpir la marcha corriente y ordinaria de los negocios; agregando, además, las dificultades que siempre supone un cambio de principios gubernativos y políticos. El Perú deplora los males que se ha hecho á Bolivia con la revolución; y sin que se haya formado todavía una idea clara acerca del impulso que se le ha de dar en sus posteriores desarrollos, no por eso deja de despertar la atención del Gobierno del Perú, tanto por las simpatías americanas que le animan, cuanto porque deben hallarse comprometidos con la revolución los interes de nuestra patria.

Los revolucionarios, según las noticias recibidas, han proclamado á Santa-Cruz por jefe de la República en la mayor parte de los puntos sublevados, y también en alguno á Ballivian. A proporción que se reciban nuevos avisos, se valorizará con más exactitud lo que importa el movimiento de Bolivia para con el Perú; y entonces se adoptarán decisivamente las

medidas que convengan mas para radicar la respetabilidad nacional, y para precaver el que vuelvan á repetirse los atentados y los crímenes del año 35; atentados y crímenes que, atacando todos los derechos, escandalizaron á la América, y envilecieron y vulneraron al Perú."

("El Peruano de 3 de Julio de 1841.")

"Hay acontecimientos en algunas naciones que por su propia naturaleza despiertan la atención de otros pueblos. La revolución militar de Bolivia, que ha depuesto al Gobierno del general Velazco, pertenece á esta clase; porque restituyendo las cosas al pié en que se hallaron en 835, no puede dejar de creerse, que la política de aquel país siga la marcha que entcnces siguió. Y como el Perú fué el teatro en que ésta desplegó sus furores, justo es que el Perú se ocupe de examinar atentamente los efectos que produzca la revolución, para que, conforme sean ellos, dirija sus pasos en precaución de los daños que puedan irrogársele. Un derecho claro y perentorio, cual es el de la propia conservación, le está obligando al Perú á fijar su vista en un acaecimiento, que por tantos antecedentes funestos, como, en identidad de circunstancias, se han recogido, no puede reputarse como los casos comunes, que el curso de la revolución americana presenta en sus cuadros de desórden. Verdad es que por esto, el Gobierno del Perú no precipitará sus actos; pero no dejará tampoco de hacer cuanto crea conveniente y necesario para afianzar su propia seguridad, y para garantir su existencia y su honor, sujetos en el día á las asechanzas de que en otro tiempo se le hizo víctima.

Sin que se incurriera en una omisión que pusiese en ridículo el nombre Peruano, no puede mirarse con abandono la revolución de Bolivia; ni pueden dejar de tomarse medidas oportunas, para que, según sea el desarrollo que se le dé y la consistencia que reciba, se empleen oportunamente en detener los progresos del mal. No es esto decir, que si el pueblo boliviano, estudiando mejor sus intereses, procura evitar los justos aza. res del Perú por medios tan seguros, que ni remotamente se le dé lugar á tenerlos, no obre con la circunspección que aconseja la providencia en este caso. Pero si en vez de esto se advierte que los elementos bolivianos vuelven á ser lo que antes fueron, el Perú está en la obligación de obrar energicamente para consultar su propio bien, y para evitar el que se renueven las escenas de

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