Código civil español: concordado y comentado con el derecho foral vigente en Cataluña, Aragón, Navarra y demás territorios aforados con la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia y con los códigos civiles de la mayor parte de los países de Europa y América, Volumen4A. López Robert, impresor, 1891 - 1014 páginas |
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... vendedor debe entregar todos los frutos producidos desde que se perfeccionó la venta , los rendimientos , ac- cesiones y titulos de la cosa . En términos parecidos vienen extendidos los Códigos citados de Uruguay y Guatemala ...
... vendedor debe entregar todos los frutos producidos desde que se perfeccionó la venta , los rendimientos , ac- cesiones y titulos de la cosa . En términos parecidos vienen extendidos los Códigos citados de Uruguay y Guatemala ...
Página 24
... vendedor debe entregar lo vendido en el estado en que se en- contraba al tiempo del contrato , y también sus frutos , rendimientos , accesio- nes y titulos , si otra cosa no se estipulase . Art . 1098. Si el obligado á hacer alguna cosa ...
... vendedor debe entregar lo vendido en el estado en que se en- contraba al tiempo del contrato , y también sus frutos , rendimientos , accesio- nes y titulos , si otra cosa no se estipulase . Art . 1098. Si el obligado á hacer alguna cosa ...
Página 221
... vendedor ó del comprador , porque no hay consentimiento perfecto en aquello que no se determina , en aquello en que no se realiza el concurso de dos voluntades , esa confluencia natural , lógica y precisa para que pueda razonablemente ...
... vendedor ó del comprador , porque no hay consentimiento perfecto en aquello que no se determina , en aquello en que no se realiza el concurso de dos voluntades , esa confluencia natural , lógica y precisa para que pueda razonablemente ...
Página 230
... vendedor ofrece una casa por cincuenta mil pesetas ; si el comprador acepta la casa por aquel precio , como que la casa constituye la cosa y el precio la causa del contrato ó el motivo por el que se le ha de entregar la cosa que se ...
... vendedor ofrece una casa por cincuenta mil pesetas ; si el comprador acepta la casa por aquel precio , como que la casa constituye la cosa y el precio la causa del contrato ó el motivo por el que se le ha de entregar la cosa que se ...
Página 242
... vendedor lo que valiere aquella parte de la finca que le ocultó . Los precedentes de este artículo caзi son los mismos que los del anterior , viéndose también algunos en las leyes 36 , tit . 3.o , lib . 4.o del Digesto ; 30 , título 4.o ...
... vendedor lo que valiere aquella parte de la finca que le ocultó . Los precedentes de este artículo caзi son los mismos que los del anterior , viéndose también algunos en las leyes 36 , tit . 3.o , lib . 4.o del Digesto ; 30 , título 4.o ...
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Términos y frases comunes
acaba de consignarse acción acreedor arrendamiento arrendatario artículo que comentamos arts Baja California Bélgica Bolivia buen sentido Campeche capitulaciones causa censo Chile ción Código comentamos Código de 1851 Código de Comercio Código de Francia Código de Italia Código de Veracruz-Llave Código del Uruguay Código romano comprador Concordancias vemos Concuerda consentimiento constituye contratantes contrato contrato de sociedad cónyuges crédito cumplimiento debe derecho derecho romano determina deuda deudor Digesto disposiciones donaciones dote efectos enajenación enfiteuta entrega establece estipulado expresa fiador fianza finca gananciales Guatemala hipoteca Hipotecaria Holanda hubiera hubiere inmuebles judicial legal legislador Luisiana mandatario mandato matrimonio mujer Nápoles novación Novisima Recopilación núm objeto obligación ocupa pacto pago párrafo 1.º perjuicios personas Portugal Precedentes encontramos precio prescribe prescripción previene propuso preceptos análogos propuso un precepto Proyecto de 1851 Proyecto de Código Prusia reglas relación jurídica República Argentina rescisión respecto responsabilidad retracto Sardo sociedad socios tículo trata Tribunal Vaud vendedor vendida venta
Pasajes populares
Página 230 - El consentimiento se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato.
Página 177 - Los documentos públicos hacen prueba, aun contra tercero, del hecho que motiva su otorgamiento y de la fecha de éste.
Página 664 - Por tanto mandamos á todos los tribunales , justicias , jefes , gobernadores y demás autoridades , asi civiles como militares y eclesiásticas de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Dado en...
Página 186 - Aquel á quien se oponga en juicio una obligación por escrito que aparezca firmada por él, está obligado á declarar si la firma es ó no suya. Los herederos ó...
Página 109 - El pago de las deudas de dinero deberá hacerse en la especie pactada y, no siendo posible entregar la especie, en la moneda de plata u oro que tenga curso legal en España.
Página 494 - Si la finca vendida estuviese gravada, sin mencionarlo la escritura, con alguna carga ó servidumbre no aparente, de tal naturaleza que deba presumirse no la habría adquirido el comprador si la hubiera conocido, podrá pedir la rescisión del contrato, á no ser que prefiera la indemnización correspondiente.
Página 38 - Los acreedores, después de haber perseguido los bienes de que esté en posesión el deudor para realizar cuanto se les debe, pueden ejercitar todos los derechos y acciones de éste con el mismo fin, exceptuando los que sean inherentes a su persona; pueden también impugnar los actos que el deudor haya realizado en fraude de su derecho.
Página 28 - Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas.
Página 896 - La responsabilidad de que trata este artículo cesará cuando las personas en él mencionadas prueben que emplearon toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño.
Página 474 - Tampoco está obligado a la entrega, aunque haya concedido un término para el pago, si después de la venta se descubre que el comprador se halla en estado de insolvencia, de suerte que el vendedor corra inminente riesgo de perder el precio, a no ser que el comprador le dé fianza de pagar al plazo convenido.