Archivo diplomatico del PeruMinisterio de Relaciones Exteriores del Perú, 1976 - 281 páginas |
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Términos y frases comunes
14 de Octubre 19 de Abril acusando recibo AGUSTIN GAMARRA Andres Santa Cruz Anexo Arequipa Arica ARTICULO Ballivian bierno BOLIVIANA Legación Boliviana ción Cochabamba comunicación Congreso de Bolivia Cónsul contestación Convenio copia Coronel Cruz Mendez debe Desaguadero Despacho de Relaciones Directorial dirige al Ministro dirije Ecsmo Ejército Encargado de Negocios Enviado Extraordinario Evaristo Valle Exmo fecha GABRIEL JOAQUIN Gobiernos GUERRA firma-rubrica habia Hilarion Fernandez infrascrito Ministro INSPECCION BOLIVIANA José de Guerra José María JOSE MARIA LINARES Legación Boliviana cerca Lima Manuel Ferreyros mil ochocientos cuarenta Ministro de Relaciones Ministro de RR.EE Ministro Plenipotenciario Ministro Residente Nación nistro oficiales orden pasaporte Pedro José Guerra Perú Lima Plenipotenciario y Enviado Prefecto Puno ratificación reiterar a V.E. Relaciones Exteriores remite REPUBLICA BOLIVIANA Legación República de Bolivia República Peruana Residente de Bolivia respecto S.E. el Ministro S.E. el Presidente setiembre solicita suscribe Tacna tengo la honra territorio Torrico tratado
Pasajes populares
Página 241 - Londres, a quince días del mes de Junio del año del Señor de mil ochocientos veintisiete.
Página 248 - Interior queda encargado de la ejecución y cumplimiento de este decreto. - Dado en el Palacio de Gobierno de Colombia, en Bogotá a 12 de marzo de mil ochocientos veintidós, duodécimo.
Página 236 - Gobierno que descubra estos manejos, podrá con documentos que los acrediten, el que sean retirados de sus fronteras al lugar que ellos elijan dentro del territorio de la República donde se hallen refugiados, y que no podrá distar de estas menos de ochenta leguas.
Página 193 - ... firmada de mi mano, sellada con el sello de la República y refrendada por el Secretario de Estado y de Hacienda. SIMÓN BOLÍVAR. Antonio Muñoz Tébar Secretario de Estado y d
Página 240 - Gobierno que hubiese recibido el daño. ARTICULO XV Los Gobiernos de las partes contratantes, podrán establecer Cónsules en los puntos donde lo juzguen necesario para la protección recíproca del comercio; y estos Agentes gozarán de las inmunidades que disfrutan en las naciones europeas. En...
Página 240 - En fé de lo cual he hecho expedir la presente, firmada de mi mano, sellada con el gran sello de la República, y refrendada por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, en la capital de Lima, a 3 de Enero de 1833. — 14.
Página 239 - Diplomático de Bolivia, una tarifa de avalúos de los e'fectos bolivianos arreglada al precio corriente a que por mayor vendan los introductores y en Bolivia se hará cada año igualmente con acuerdo del Ministro o...
Página 236 - Bolivia, los ciudadanos de cada una de ellas que se encuentren en el territorio de la otra, tendrán el derecho de permanecer alli, y continuar sus negocios sin que puedan ser turbados de manera alguna, en tanto que se comporten pacificamente.
Página 240 - Rica, a los quince días del mes de abril del año del Señor de mil ochocientos cincuenta y ocho . Máximo Jerez.
Página 253 - En fe de lo cual, he hecho expedir las presentes, firmadas de mi mano, selladas con el gran sello de la República de Colombia, y refrendadas por el Secretario de Estado y del Despacho de Relaciones Exteriores, en la capital de Bogotá, 23 de Mayo de 1825.-15 de la Independencia de la República de Colombia.