Ley, que arregla la administracion de justicia en los tribunales del estado libre de Oajaca

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Oficina de Don Mariano Ontiveros, 1825 - 75 páginas
 

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Página 73 - Por tanto, mandamos a todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar el presente Decreto en todas sus partes.
Página 27 - Su obligación principal es, averiguar los delitos públicos é imponer á sus autores la pena que la ley tiene designada, y asimismo cuando dos ó mas ciudadanos disputan entre si intereses y no han podido conciliarse ante el alcalde, declarar después de haberles oido sus razones y pruebas á quien concede la ley la justicia dc la demanda.
Página 22 - Sesiones formará una lista de veinticuatro individuos, que aunque no sean letrados tengan instrucción, y capacidad a juicio de la misma, y las demás cualidades que se requieren para obtener el cargo de Juez en el Estado. Cuando llegue alguno de los casos expresados en este artículo, la Cámara de Diputados, y en su receso el Consejo de Gobierno sacará por suerte de entre los insaculados, un Fiscal y los Jueces que han de formar el Tribunal. En las causas de responsabilidad y criminales que se...
Página 29 - ... quinientos Reales de vellón en la Península é islas adyacentes y de cien pesos fuertes en Ultramar, y de lo criminal sobre palabras y faltas livianas, que no merezcan otra pena que...
Página 28 - ... de palabra y si resultase culpa, llamará al culpado, y le hará cargo de ella oyéndole con sosiego s,in manifestar incomodidad; y si hallase merecer...
Página 11 - ... el decreto de las cortes españolas de 24 de marzo de 1813, y aunque la. substanciación se haga por un solo ministre, siempre reptescuta 1» Sala entera'," '
Página 12 - Ы fórmula qué prescribe el artículo 197 de la Constitución; y cuando se hayan formado los...

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