PÁGINAS. Autorizacion para procesar.Se aprueba et reglamento para la ejecucion del decreto que establece la prévia autorizacion Auxiliares.-Se dispone que en cada distrito forestal haya un Auxilios.-V. Ferro-carriles. T Ayudantes de campo. Se dispone qué número de Ayudantes de Ayuntamiento. Se dictan reglas para el nombramiento de los 1 Se les autoriza para disponer de las inscripciones intransferi - V. Empréstito, Maestro de instruccion primaria y Volunta- Ayuntamiento de Madrid.-V. Cementerio y Empréstito municipal. 367 501 6 408 808 250 B. Bacalao. Se prescribe lo conveniente acerca de la exaccion de derechos al bacalao que se presente en nuestros puertos en estado de descomposicion y tenga que arrojarse al mar, y á las mercancías vendidas en puertos estranjeros para atender á los gastos de averías 6 naufragios. Bachiller en artes.-Se dictan reglas sobre dispensa y compensacion de asignaturas para optar al grado de Bachiller en artes. Se dictan varias disposiciones acerca de los alumnos que en Béjar.-Se conceden á la ciudad de Béjar los dictados de Liberal Bellas artes. Se resuelve que desde 31 de diciembre dejen de abo- 866 869 891 780 591 65 PÁGINAS. Bienes de capellanias colativas-V. Inscripcion. Bienes del Patrimonio.-Se iaculca á los Gobernadores de provincia la idea de que contribuyan á que el Consejo de con. servacion, custodia y administracion de los bienes del Patrimonio llene el patriótico fin que le ha sido encomendádo. V. Donacion y Real Patrimonio. Bienes nacionales. Se determina que en lo sucesivo los derechos de tasacion de los bienes nacionales puestos en venta, no ingresarán en el Tesoro público, sino que los percibirán directamente los tasadores, Bonos.-V. Empréstito nacional. Buques. Se permite la introduccion en los dominios españoles de buques, tanto de madera como de casco de hierro, mediante el abono de los derechos que se espresap. V. Sanidad. Buques españoles. Se dispone que los buques españoles que habiendo doblado el cabo de Buena-Esperanza procedan de los mares de la India y de la China con mercancías y frutos tomados en diferentes puertos de dichos mares, se consideren en España como de procedencia directa. Buques franceses.-Se igualan los buques franceses á los españo les para el pago de los derechos de navegacion y puerto en las islas de Cuba, Puerto-Rico, Filipinas y Fernando C. Cable telegráfico.-Se dispone que se admitan en público concurso Se aclara el decreto de 27 de noviembre último por el que se 494 941 774 344 94 870 973 V. Telegrafista. Cadete. Se dispone que no se admitan ni cursen instancias en so licitud de esta gracia. 677 906 Caja de Depósitos.-Se la dá nueva organizacion. Cajetillas de cigarrillos.-Se prohibe desde 1.o de enero de 1869 la .BAZIDA PÁGINAS. introduccion y venta de los cigarros puros, en los térmi- Caminos vecinales.V. Empréstito. Canal.-Se autoriza á D. Fermin Abella y otros para construir un - Canal de riego. Se autoriza á los Sres. Semidey, Antonetti y só- Se declara caducada la concesion de un canal de riego deri - otro. Canongia de oficio.-Se dispone que cuando vaque en la iglesia Canongía doctoral de Manila.-Se manda anunciar la vacante de Capataces de cortas y cultivos.-Se distribuye el personal del Capitacion V. Impuesto personal. Carga de justicia.-Se declara subsistente la carga de justicia de Se declara subsistente la carga de justicia de 597 escudos 165 Se declara subsistente la carga de justicia de 60 escudos 892 Se declara como carga de justicia la renta anual de 61 escu- 154 78 637 654 272 363 7 104 105 113 114 133 PÁGINAS. dos 624 milésimas á favor del Marqués del Socorro, en Se reconoce como carga de justicia la renta anual de 495 es- Se declara que no ha lugar á reconocer como carga de justicia Se reconoce como carga de justicia á favor de Doña Josefina Se reconoce como carga de justicia el pago de la renta anual Se declara carga de justicia la renta ánua de 55 escudos, ré- Se declara subsistente la carga de justicía de 163 escudos 356 Se declara subsistente la carga de justicia de 252 escudos Se declaran subsistentes á favor de la Condesa de Mansilla las Se declara subsistente la carga de justicia de 74 escudos 124 135 145 146 148 149 151 180 199 213 216 230 232 234 917 PÁGINAS. Carpinteros de Matanzas.-Se dispone que los carpinteros de Matanzas queden escluidos de la clase segunda, núm. 1.o, y que se les exija la contribucion industrial como á los demás de su oficio. Carreteras. Se resuelve que se adopten las disposiciones oportu- Se adoptan disposiciones para abreviar los trámites de los Se varia la denominacion de la carretera de Torreperogil á 364 221 331 812 Se clasifica de tercer órden y se varía el empalme de la car- 812 921 V. Empréstito. de los delitos. Castigo de delitos.-Se recomienda el pronto y ejemplar castigo Catedráticos.-Se previene á los Rectores de las Universidades que se ajusten á las nuevas disposiciones para arreglar el personal de Catedráticos. 401 634 Se manda que los escedentes desempeñen las comisiones, empleos y cátedras que se les designe. 699 Se disuelve la comision nombrada para revisar los espedien- 815 V. Institutos de 2.a enseñanza. Catedráticos de matemáticas.—Se dispone que vuelvan á desempeñar sus cátedras los Catedráticos de matemáticas declarados escedentes por la reforma de 9 de octubre de 1866. Cátedras de lenguas vivas.-Se declaran vacantes las de los institutos de 2. enseñanza que se hallen servidas por profesores auxiliares 6 sustitutos. 688 702 Causas de imprenta.-Se manda sobreseer en todas las causas pendientes por delitos de imprenta. 489 Cédulas electorales.-Se manda repartir nuevas cédulas talonarias á todos los inscritos en el padron de electores, las cuales servirán durante todo el año de 1869. Cementerio. Se concede á perpetuidad al Ayuntamiento de Madrid terreno suficiente para la formacion de un gran cementerio. 952 708 |