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JUAN DIAZ DE SOLIS

el cuadrante é estrolabio el altura, ni saber la cuenta dello, les han acaecido muchos yerros, é las gentes que debajo de su gobernación navegan han pasado mucho peligro, de que Nuestro Señor ha seído deservido," é en nuestra hacienda, é de los mercaderes que allá contratan se ha recibido mucho daño é pérdida: é por remediar lo susodicho é porque es necesario que así para la dicha navegación, como para otras navegaciones, que con ayuda de Nuestro Señor esperamos mandar facer para descobrir otras tierras, es necesario que haya personas más expertas é mejor fundadas é que sepan las cosas necesarias para las tales navegaciones, é los que debajo dellos fueren puedan ir más seguramente, es nuestra merced é voluntad é mandamos que todos los pilotos de nuestros reinos é señoríos que agora son, ó serán de aquí adelante, que quisieren ir por pilotos en la dicha navegación de las dichas islas é Tierra-firme que tenemos, á la parte de las Indias é á otras partes en el Mar Océano, sean instruídos é sepan lo que es necesario de saber en el cuadrante é estrolabio, para que junta la plática con la teórica, se puedan aprovechar dello en los dichos viajes que hicieren en las dichas partes, é que sin lo saber, non puedan ir en los dichos navíos por pilotos, ni en ganar soldadas por pilotaje, ni los mercaderes se puedan concertar

con ellos para que sean pilotos, ni los maestres los puedan recibir en los navios sin que primero sean examinados por vos Merigo Despuchi, nuestro piloto mayor, é le sea dada por vos carta de examinación é aprobación de cómo saben cada uno dellos lo susodicho, con la cual dicha carta mandamos que sean tenidos é recibidos por pilotos expertos, doquier que la mostraren, porque es nuestra merced que seáis examinador de los dichos pilotos, y porque á los que no lo supieren, más fácilmente lo puedan aprender de vos, mandamos que les enseñéis en vuestra casa, en Seuilla, á todos los que lo quisieren saber, pagandovos vuestro trabajo; et porque podría acaescer que agora á los principios hobiese falta de pilotos examinados, é por falta dellos se detoviesen algunos navíos, de que se podría cabsar daño é pérdida á los vecinos de la dicha isla, como á los mercaderes é á otras personas que allá contratan, mandamos á vos el dicho Amerigo, é vos damos licencia para que de los pilotos é marineros que allá han ido podáis elegir las personas que más hábiles dellos fallardes para que por un viaje ó dos, ó por un espacio de tiempo suplan lo que fuere menester, entre tanto que otros saben lo que han de saber; é venidos, les señaléis tiempo para que sepan lo que les faltare de lo que han de saber; y asimismo nos es fecha

relación que hay muchos padrones de cartas de diversos maestros, que han puesto asentado las tierras é islas de las Indias á nos pertenescientes, que por nuestro mandado nuevamente han seído descubiertas, los cuales están entre sí muy diferentes los unos de los otros, así en la derrota como en el asentamiento de las tierras, lo cual puede cabsar muchos inconvenientes: é porque haya orden en todo, es nuestra merced é mandamos que se haga un padrón general, é porque se haga más cierto, mandamos á los nuestros oficiales de la Casa de la Contratación de Sevilla, que hagan juntar todos nuestros pilotos, los más hábiles que se hallaren en la tierra á la sazón, é en presencia de vos el dicho Amerigo Despuchi, nuestro piloto mayor, se ordene é haga un padrón de todas las tierras é islas de las Indias que hasta hoy se han descubierto, pertenescientes á los nuestros reinos é señoríos, é sobre las razones é consulta dellos y al acuerdo de vos el dicho nuestro piloto mayor, se haga un padrón general, el cual se llame el padrón real, por el cual todos los pilotos se hayan de regir é gobernar, é esté en poder de los dichos nuestros oficiales é de vos el dicho nuestro piloto mayor, é que ningund piloto use de otro ningund padrón sino del que fuere sacado por él, so pena de cincuenta doblas para las obras de la Casa de la Con

tratación de las Indias de la cibdad de Sevilla. Asimismo, mandamos á todos los pilotos de nuestros reinos y señoríos que de aquí adelante fueren á las dichas nuestras tierras de las Indias, descubiertas ó por descubrir, que hallando nuevas tierras ó islas ú bajos ó nuevos puertos ó cualquier otra cosa que sea dina de ponella en nota en el dicho padrón real, que en viniendo á Castilla vayan á dar su relación á vos, el dicho piloto mayor, é á los oficiales de la Casa de Contratación de Sevilla, porque todo se asiente en su lugar en el dicho padrón real, á fin que los navegantes sean más cabtos y enseñados en la navegación. Otrosí mandamos, que ninguno de nuestros pilotos que navegaren por el Mar Océano, de aquí adelante no vaya sin su cuadrante ó astrolabio ó el regimiento para ello, so pena que el que lo contrario ficiere, sea inhábile para usar el dicho oficio, por tanto tiempo cuanto nuestra merced fuere, é non lo puedan tornar á usar sin nuestra especial licencia, é que pague diez mill maravedís de pena para las obras de la dicha Casa de la Contratación de Sevilla; é es nuestra merced é voluntad, que por la forma susodicha, vos, el dicho Amerigo Despuchi, uséis é ejerzáis el dicho oficio de nuestro piloto mayor, é podáis facer é fagáis todas las cosas en esta nuestra carta contenidas é al dicho oficio pertenescientes, é por esta nues

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tra carta ó por su traslado signado de escribano público, mandamos al Príncipe don Carlos, nuestro muy caro é muy amado hijo, é ` á los infantes, duques, perlados, condes, marqueses, ricos hombres, maestres de las órdenes é á los del Consejo é oidores de las nuestras abdiencias é chancillerías é á los otros priores, comendadores é subcomendadores, alcaides de los castillos é casas fuertes é llanas é á los consejos, corregidores, alcaldes, alguaciles, regidores, caballeros, escuderos, oficiales é homes buenos de todas las cibdades é villas é lugares de los nuestros reinos é señoríos é á todos los capitanes de navíos, pilotos, marineros, maestres é contramaestres é otras cualesquier personas á quien lo en esta carta contenido atañe ó atañer pueda, que vos hayan é tengan por nuestro piloto mayor, é vos dejen é consientan usar del dicho oficio, é facer é complir todas las cosas en esta nuestra carta contenidas é á ello pertenescientes; é para la ejecución y complimiento dello vos den todo el favor é ayuda que les pidierdes é hobierdes menester, é para todo lo que dicho es é para cada cosa ó parte dello, vos doy poder complido con todas sus incidencias é dependencias; é porque lo susodicho venga á noticia de todos é ninguno pueda pretender inorancia, mandamos que esta nuestra carta sea leída y pregonada por pregones é ante escribano público, por las

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