Boletín de la Revista general de legislación y jurisprudencia: periódico oficial del ilustre Colegio de abogados de Madrid, Volumen54 |
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Términos y frases comunes
acuerdo Administracion administrativa Agosto Alcalde alzada arreglo articulo asunto Audiencia Autoridad autoriza Ayuntamiento cargo causa cédulas cion citada civil clase Comision provincial comprendidos conformidad conocimiento Consejo Considerando consulta corresponda correspondiente cree cuenta Cuerpo dado debe declaró derecho determina dias Diciembre dictando Direccion disponer disposiciones distrito documentos económico efecto Enero especial establecimientos exige expediente expresa falta fecha fincas fiscal Fomento Gaceta gastos Gobernador habia halla impuesto individuos informe instancia instruccion interesados Jefe judicial Julio Junta justicia Juzgado llevar Madrid medio Ministerio Ministro motivo municipal necesario nombre Notario Noviembre nueva núm número objeto obligaciones obras Octubre Oficiales pago pasado perjuicio personal pesetas plazo podrá presente Presidente presupuesto primera procede provincia pública pueblo punto queda razon Real decreto Real orden reclamaciones recurso refiere Registrador regla reglamento remitirá repartimiento reserva resolver respecto Resultando Sala Seccion segundo señalado serán servicio siguiente tambien tengan tenido tercera término trata Tribunal último vecinos vista
Pasajes populares
Página 599 - Fundado en estas consideraciones, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de Decreto.
Página 614 - De Real orden lo digo á VS para su inteligencia y efectos correspondientes.
Página 312 - Serán elegibles, en las poblaciones mayores de 100 vecinos, los electores que, además de llevar cuatro años por lo menos de residencia fija en el término municipal, paguen una cuota directa de las que comprendan en la localidad los dos primeros tercios de las listas de contribuyentes por el impuesto territorial y por el de subsidio industrial y de comercio; y en los Municipios menores de...
Página 730 - De Real orden lo digo á VS para los efectos correspondientes. Dios guarde á VS muchos años. Madrid 16 de Febrero de 1872.
Página 307 - Es vecino todo español emancipado que reside habitual'mente en un término municipal y se halla inscrito con tal carácter en el padrón del pueblo. Es domiciliado todo español que, sin estar emancipado, reside habitnal mente en el término, formando parte de la casa ó familia de un vecino.
Página 577 - Y conformándose SM el Rey (q. D. g.), y en su nombre la Reina Regente del Reino, con el preinserto dictamen se ha servido resolver como en el mismo se propone.
Página 206 - Rey (QDG) con el preinserto dictamen , se ha servido resolver como en el mismo se propone. De Real orden lo digo á VS para su conocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde á VS muchos años.
Página 313 - Los que directa ó indirectamente tengan parte en servicios, contratas ó suministros dentro del término municipal por cuenta de su Ayuntamiento, de la provincia ó del Estado. 5° Los deudores como segundos contribuyentes á los fondos municipales, provinciales ó generales, contra quienes se haya expedido apremio.
Página 601 - Fomento, en casos especiales, podrá disminuir las distancias á que se refiere el artículo que antecede, previo el oportuno...
Página 74 - Junta de escrutinio no podrá anular ningún acta ni voto. Sus atribuciones se limitarán á verificar, sin discusión alguna, el recuento de los votos emitidos en las secciones del distrito, ateniéndose estrictamente á los que resulten admitidos y computados por las resoluciones de las Mesas electorales, según las actas de las respectivas votaciones...