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to de la ley del servicio militar. Y no deberán tener conocimiento de tales hechos las autoridades de provincia cuando no se ha tomado una disposicion en el asunto, por lo cual vemos comprometidas en ello á las locales, que se callan y no dan los avisos correspondientes. Bajo este concepto, los verdaderos responsables en esta quinta, como excedentes de las de 1875, son los suplentes que están sirviendo, no los que deben ir á reemplazarles en el servicio que vienen excusando.

Parece increible que tales cosas sucedan, habiendo, como debemos suponer que habrá, interesados que sufren el perjuicio de estar sirviendo por otros. Y si asi no fuese, y ésta la causa de no haber reclamaciones particulares, no es ménos extraño que la Comision provincial y las autoridades de la provincia no hayan procurado cumplir las disposiciones vigentes, enviando á su destino á los que al tiempo de indultarles como carlistas resultaron responsables en materia de quintas.

-Los mozos que en 1875 se declararon útiles condicionalmente y luégo inútiles, ¿deben ser llamados en esta quinta?

Contestacion.-El art. 87 de la ley de 1856 dice que sean llamados los que, sorteados en los dos años anteriores, no hubieren sido destinados al servicio. Cuando esta ley se publicó regía el cuadro y reglamento de 1855 para las exenciones por defecto físico, y entonces no habia, como hoy, por el de 26 de Mayo de 1874, la declaracion de útiles condicionalmente, ni esta utilidad se depuraba como hoy en un periodo de seis meses en servicio activo. No es, pues, tan fácil determinar si por existir en el actual reglamento esa condicional, puede ó no decirse con la propiedad que debemos suponer exige el art. 87 de la ley, que los mozos de que se trata fueron destinados al servicio. Nos inclinamos á deducir que no; y nos fundamos en que, la observacion de seis meses, lo mismo se practica por las dolencias ó enfermedades de la clase 3a del cuadro vigente, que por las de la primera y la segunda, sin más diferencia que respecto de éstas ha de haber duda en los Facultativos sobre su existencia, y la de la tercera requieren forzosamente la comprobacion en el servicio. Pudo existir en 1873 dolencia de las de la clase 3 y haber desaparecido.

Y, por último, si el pueblo cubrió aquellas bajas que dejaron los declarados inútiles al terminar la observacion, entónces bien puede decirse que no fueron destinados al servicio les dos individuos de que se trata. Esto es lo que decimos despues de haber procurado estudiar el asunto con detenimiento, y en lo que nos precisa á ratificarnos el art. 27 del reglamento de 26 de Mayo ya citado, que deja sujetos á comparecer para ser nuevamente reconocidos los excluidos en los reemplazos anteriores.

F. DEL AGUILA BÚRGOS.

SECCION LEGISLATIVA

Guerra.- Real decreto de 27 de Julio, dictando disposiciones para llevar á cabo la organizacion y reemplazo del Ejercito, con arreglo á la ley de 10 de Enero. (Gaceta le 10 de Agosto.)

EXPOSICION.

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Señor: Puesta en ejecucion la ley de organizacion y

reemplazo del Ejército de 10 de Enero de este año, que introdujo reformas de tanta trascendencia como acaso ninguna otra de las que la precedieron, era ineludible deber para el Ministro de la Guerra por su artículo 23 someter á la aprobacion de V. M., con la urgencia que exigia el planteamiento inmediato de aquella disposicion, las alteraciones consiguientes en la organizacion de la fuerza armada que estuviesen en armonía y se ajustasen estrictamente á las bases y principios generales en ella consignados.

Al efecto, y atenperándose á lo que el mismo articulo preceptuaba, reclamó el informe correspondiente sobre tan grave asunto de la Junta consultiva de Guerra, que lo evacuó con gran diligencia, y con tal cúmulo de datos y de cálculos, que su notable trabajo es digno de los respetables veteranos que la constituyen, y será consultado con fruto siempre que de cuestiones de organizacion se trate. De acuerdo el Ministro que suscribe con el informe de la Junta, se ha visto no obstante obligado, por consideraciones puramente económicas y la necesidad de circunscribirse á la cifra del presupuesto, á introducir algunas variaciones que no alteran sin embargo lo sustancial del proyecto.

La amplitud dada por la nueva ley á la forma de cumplir el precepto constitucional, de que todo español está obligado á defender la patria con las armas cuando fuere llamado por la ley, demandaba reformas de mucha consideracion, que requerian el detenido estudio de nuestros elementos y nuestras necesidades, si no se queria sin más exámen seguir ciegamente por las huellas de otros Ejércitos de Europa, que obligados a su vez por las circunstancias y por ejemplos extraños, dignos de imitacion sin duda alguna, habian acometido la realizacion de las profundas alteraciones que arrancan de la ancha base del servicio general obligatorio. Pero así como ninguna nacion importante se ha limitado á copiar servilmente al Ejército que ha tomado por modelo, España no está todavía en el caso de marchar franca y desembarazadamente por el camino de las reformas, y se ve forzada á hacer concesiones al estado general del país, á las consecuencias que bajo el punto de vista militar no pueden menos de sentirse en pos de una lamentable contienda fratricida, y ante todo y sobre todo á la angustiosa situacion del Erario.

De aquí que las innovaciones introducidas por la citada ley y las propuestas en el adjunto proyecto no lleven el carácter absoluto que acaso convendria, ni tengan el alcance y la extension que fueran de desear, por más que se lisonjee el Ministro que suscribe de que los principios consignados, así en la ley como en el proyecto adjunto, no sólo no han de ser rémora ni obstáculo para que se llegue á las últimas consecuencias de la base fundamental en que descansan, sino que han de servir de punto de partida pará sucesivos y provechosos desenvolvimientos cuando las circunstancias del país y el estado de su Hacienda lo permitan.

Problema capital, así para el desarrollo de la riqueza y prosperidad de un país como para la defensa del territorio y de la dignidad nacional, ha sido siempre el de una organizacion militar que pesase en tiempo de paz lo menos posible sobre los gastos públicos, y que abarcase para el caso de guerra cuantos medios y elementos de defensa fueren proporcionados á las fuerzas y recursos de una nacion en el trance supremo de peligrar su honor ó su independencia: este proble

ma, que ha preocupado largos años á estadistas y militares, parece hoy resuelto; y si España no ha entrado de lleno en el camino que conduce á su solucion, débelo á sus discordias intestinas, que han hecho aplazar la aplicacion de un sistema ya juzgado por la opinion, y al cual hoy se acomodan todas las organizaciones militares de las grandes potencias del continente, como que es el único que resuelve, al parecer de un modo definitivo, la posibilidad de los grandes Ejércitos que el arte militar moderno reclama, sin desatender las exigencias no ménos imperiosas del buen órden y economia en los gastos del Estado.

Incumbia, por lo tanto, al Ministro, para la aplicacion de lo estatuido en la referida ley de 40 de Enero último, determinar la forma en que habia de distribuirse el contingente anual del reemplazo entre las diversas situaciones señaladas en la ley; de tal manera, que nutrida la fuerza activa y completas las unidades orgánicas dentro del límite impuesto por la cifra total del Ejército votada por las Córtes, tuviese el excedente que resultase natural y regular cabida en cuadros de fácil y pronta movilizacion, dando á la vez á los cuerpos activos disposicion y elasticidad bastante que permitiesen hasta duplicar su fuerza y hacer de ligeros batallones de maniobra sólidos batallones que resistiese á todas las eventualidades de una larga campaña, y elevasen la cifra del Ejército hasta una proporcion á la que felizmente no ha sido necesario elevarla hasta ahora, hallándose, por tanto, en situacion de responder á las más exageradas aspiraciones del patriotismo si, lo que no es de esperar, tuviese la patria necesidad de tan numeroso Ejército.

Para llegar á este resultado, ha sido preciso aumentar los cuadros de batallon, reduciendo éstos á la forma más elemental posible, que es la de cuatro compañias, principio general extendido á todas las armas, y que ha producido la economía necesaria para realizar en su conjunto el plan preconcebido. Esta disminucion de compañías armadas dentro de cada batallon implica necesariamente el que aquellas hayan de constar de mayor número de plazas, fijándose, por lo tanto, su fuerza en 200 hombres en tiempo de paz y 250 en campaña, que es la señalada en la mayor parte de los Ejércitos de Europa, pudiendo esta cifra reducirse á la que en circunstancias normales fije el presupuesto, en cuyo caso pasará el excedente con licencia á sus casas sin goce de haber alguno. Además de responder à una necesidad orgánica, las compañías dotadas con mucha fuerza son hoy verdaderamente una imposicion táctica justificada por repetidos y recientes ejemplos, y que á la experiencia adquirida en las últimas memorables campañas añade la sancion de haber sido generalmente adoptada; y sin que todavía pueda aceptarse la desaparicion como unidad de combate del batallon, es lo cierto que causas mil, de todos conocidas, contribuyen de dia en dia a la desmembracion y fraccionamiento de las grandes unidades tácticas, ó al menos á que no se mantengan tan rigurosamente como ántes su cohesion y enlace.

El aumento de cuadros activos ha traido por consecuencia la formacion de nuevos batallones de reserva, elevándose los de esta clase hasta el número de 100 como mínimun; aumento que era á su vez corolario indeclinable del que ha tenido el contingente anual, y de la forzosa retencion de parte de el en sus hogares, lo cual ha podido llevarse á cabo sin gravar en lo más mínimo el presupuesto.

Por este medio se logra que la Infanteria aumente á 60 el número

de sus regimientos, componiéndose este arma en adelante de 440 batallones activos, inclusos los 20 de cazadores, y hecha excepcion del regimiento Fijo de Ceuta y batallon de Escribientes y Ordenanzas, á los que por su indole y objeto especiales no son aplicables los principios á que obedece esta reforma.

En cada batallon activo se conservan dos cuadros de compañía denominados de Depósito, cuya mision es la de recibir é instruir los hombres de nuevo ingreso, y si fuere necesario los procedentes de la situacion de licencia ilimitada cuando se pasa al estado de guerra, dejando así expedita la accion de las compañías armadas, constituyendo para éstas un verdadero depósito, y desembarazándolas de todas las incidencias del detall y de la instruccion, tan importantes en la guerra para que siempre cuenten con el máximun de fuerza efectiva.

Organizada en esta forma la Infantería activa, y elevado el número de batallones de reserva á la cifra indicada, se tendrá un total de 240 batallones, representando para un porvenir no lejano otros tantos miles do soldados de Infantería instruidos, agrupados en torno de su bandera y dispuestos a entrar en campaña, a cuya respetable cifra hay que agregar las 280 compañías de depósito de los batallones activos, con las cuales to lavia podrian formarse nuevos hatallones si llegase á ser necesario.

La adopcion de esta organizacion, además de proporcionar un aumento tan considerable de fuerza sin tener que recurrir á la formacion de nuevos cuerpos, permite colocar mayor número de Jefes, dando movimiento más regular á las escalas, y facilitando que el excedente de esta clase, hoy considerable, se amortice con más rapidez, refluyendo á la vez esta ventaja en las clases inferiores.

Despues de la Infantería, que por su número è importancia, cada dia creciente, ha de ser siempre objeto de preferente atencion, la Artilleria, que en estos últimos tiempos ha realizado tan notables progresos, y que no solamente no ha decaido de su antiguo valer, sino que ha adquirido gran preponderancia é influencia en el resultado de los combates, no ha podido ménos de fijar la atencion del Ministro que suscribe. introduciendo en su organizacion todas aquellas modificaciones que aconseja la experiencia y que consiente el estado del Tesoro. Esta arma, un momento paralizada en su desarrollo por la potente y multiplicada accion de la Infantería con el perfeccionamiento rápido y sucesivo de las armas portátiles, no sólo no ha quedado rezagada, sino que ha mantenido brillantemente su antigua importancia, perfeccionando su material, conservando en sus fuegos las mismas ventajas ó acaso mayores que las que en otro tiempo tuvieron las piezas lisas con relacion al fusil de esta clase, y adquiriendo mayor movilidad ha podido ensanchar la esfera de sus combinaciones con las otras armas, y principalmente con la Caballería, lo cual explica el progresivo aumento que va teniendo en la dotacion de los Ejércitos, pues de la de 2 por 1.000 que entraba su composicion ántes de la adopcion de las piezas de retrocarga, y que es la que se adoptó como resultado de la experiencia adquirida en el largo periodo de las guerras del primer imperio francés, se ha llegado á la de 3 á 3 y medio, con tendencia visible á mayor aumento.

Debe este dato ser tomado en cuenta al tratarse de variaciones en su organizacion, porque contando sólo con 42 cuadros, de baterías montadas y de montaña, la primera necesidad que se presenta es la de

su aumento hasta donde lo consientan las necesidades del Tesoro, y por esta razon el proyecto adjunto las eleva á 50, creando además 10 cuadros para base de las columnas de municiones, si bien para que este aumento fuese practicable ha sido preciso reducir en 20 compañías las de los regimientos á pié, y dejar sólo los cuadros de las sextas compañías de los regimientos de montaña. La dotacion de ganado que como mínima se asigna á cada compañía montada de ocho y nueve centimetros es la de 40 y 52 mulas respectivamente, lo que permitirá enganchar ocho carruajes en tiempo de paz. Si se necesitaran nuevas reducciones, habria que apelar á la supresion de compañías en el número que fuera indispensable, aunque conservando los cuadros.

El aumento de baterías ha hecho indispensable la organizacion de un nuevo regimiento; pues aunque éstos quedan con seis en tiempo de paz, en el de guerra se convierten en ocho con sólo la formacion de las columnas de municiones, y es necesario prever el mayor aumento de baterias que pueda exigir el de las demás armas del Ejército.

El surtido de municiones para Infanteria y Artillería ha tomado una importancia considerable, y mayor de la que hasta ahora ha tenido por la rapidez y multiplicidad de los fuegos; de aquí que su conduccion y distribucion por medio de parques móviles sea objeto de una reforma completa con la creacion de las columnas de municiones, á las que se da una organizacion enteramente militar, centralizándolas en manos del cuerpo de Artillería, que por sus poderosos medios de conduccion y de material, así como el de estarle encomendada su elaboracion y uso en la mayor parte de los casos, debe considerarse el más apto para este servicio. A este fin ha respondido la creacion de los cuadros de las sextas compañías con una corta dotacion de personal que podrá auxiliar á las otras eu tiempos normales, nutriéndose con el personal necesario para llenar su mision en tiempo de guerra.

La reduccion de 20 compañías en los regimientos á pié era de absoluta necesidad, de no gravarse el presupuesto; pero está compensada con el aumento que en pié de guerra pueden tener las compañías restantes, contando con el contingente que suministrarán las reservas.

Para que el cuerpo de Artillería, como las demás armas, esté en disposicion de utilizar este poderoso elemento de rápida movilizacion, se crean comisiones de reserva por distritos y provincias, en las cuales quedarán embebidos todos los hombres que, después de haber servido en dicho cuerpo el tiempo de actividad que la ley exige, ó permanecido en situacion de licencia ilimitada, deban pasar á la de reserva á extinguir el tiempo de su empeño. Estas comisiones, por ahora y entretanto que el pase sucesivo de varios reemplazos no vaya acrecentado el número de los individuos en esta situacion, no exigen un personal especial, y pueden ser desempeñadas por el que sirve en los parques y plazas.

Una reserva de ganado de arrastre y carga para pasar rápidamente al estado de guerra sería, en opinion del Ministro que suscribe, complemento indispensable de las variaciones expuestas en la organizacion de un arma tan importante; pero cuestion es ésta que exige largo y detenido estudio de los diferentes sistemas ensayados y adoptados en los otros Ejércitos ántes de decidirse por el que haya producido mejores resultados, contando siempre con que nuestros recursos permitan llevar á cabo su instalacion.

No ha sido posible pensar en la creacion de las baterías á caballo,

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