Boletín de la Revista general de legislación y jurisprudencia: periódico oficial del ilustre Colegio de abogados de Madrid, Volumen54

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Revista de legislación, 1877

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Pasajes populares

Página 593 - Fundado en estas consideraciones, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de Decreto.
Página 608 - De Real orden lo digo á VS para su inteligencia y efectos correspondientes.
Página 310 - Serán elegibles, en las poblaciones mayores de 100 vecinos, los electores que, además de llevar cuatro años por lo menos de residencia fija en el término municipal, paguen una cuota directa de las que comprendan en la localidad los dos primeros tercios de las listas de contribuyentes por el impuesto territorial y por el de subsidio industrial y de comercio; y en los Municipios menores de...
Página 724 - De Real orden lo digo á VS para los efectos correspondientes. Dios guarde á VS muchos años. Madrid 16 de Febrero de 1872.
Página 305 - Es vecino todo español emancipado que reside habitual'mente en un término municipal y se halla inscrito con tal carácter en el padrón del pueblo. Es domiciliado todo español que, sin estar emancipado, reside habitnal mente en el término, formando parte de la casa ó familia de un vecino.
Página 571 - Y conformándose SM el Rey (q. D. g.), y en su nombre la Reina Regente del Reino, con el preinserto dictamen se ha servido resolver como en el mismo se propone.
Página 204 - Rey (QDG) con el preinserto dictamen , se ha servido resolver como en el mismo se propone. De Real orden lo digo á VS para su conocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde á VS muchos años.
Página 311 - Los que directa ó indirectamente tengan parte en servicios, contratas ó suministros dentro del término municipal por cuenta de su Ayuntamiento, de la provincia ó del Estado. 5° Los deudores como segundos contribuyentes á los fondos municipales, provinciales ó generales, contra quienes se haya expedido apremio.
Página 595 - Fomento, en casos especiales, podrá disminuir las distancias á que se refiere el artículo que antecede, previo el oportuno...
Página 72 - Junta de escrutinio no podrá anular ningún acta ni voto. Sus atribuciones se limitarán á verificar, sin discusión alguna, el recuento de los votos emitidos en las secciones del distrito, ateniéndose estrictamente á los que resulten admitidos y computados por las resoluciones de las Mesas electorales, según las actas de las respectivas votaciones...

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