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se nombra, y ejerce el dicho oficio al presente en dicha ciudad de Santiago de Chille y se ha dado y da fee y crédito en juicio y fuera de él á sus testimonios; y para que conste dimos el presente, en la dicha ciudad á ocho días del mes de Marzo de mill y seiscientos y once años.-Bartolomé Maldonado, escribano de Su Majestad.-Juan Rosa de Narváez, escribano público.-Diego Rutal, escribano público.-(Con sus rúbricas).

VI.-Carta del padre Miguel de Viñas al padre Alonso de Quirós en que le avisa cómo unos padres de Santo Domingo sacaron bulelo del Papa para poder graduar.

Mi Padre Procurador General Alonso de Quirós.-Pax Christi. Esta sólo sirve para dar noticia á Vuestra Reverencia (aunque más en breve se la he dado en otra carta) de un pleito de los padres dominicos sobre una Universidad que han erigido con bulla de Inocencio Undécimo pasada por el Consejo. Acá estábamos ufanos de no haber tenido pleito alguno con dichos religiosos, pero el buen P. M. fray Ignacio Quesada no se contentó con perturbar la paz de nuestros padres de Quito, sino que inquietó otras provincias de las Indias para que hiciesen lo mesmo contra los estudios de la Compañía. Estando dicho P. M. Quesada en Roma, se halló el P. M. fray Nicolás de Montoya, también dominicano, de este reino de Chile, á quien aconsejó el M. Quesada que sacase bula de Universidad para esta ciudad de Santiago de Chille, como la sacó, siendo la narrativa de ella con que informó al Pontifice una pura y continuada mentira, por lo cual los prelados de Santo Domingo que antecedieron á los presentes no se atrevieron á proponerla, porque les habíamos de convencer con evidencia sus falsedades. Con todo, uno de ellos, en tiempo que esta Real Audiencia tenía sólo un oidor y hacía el oficio de fiscal un abogado de esta ciudad, de opinión tomista, presentó dicha bula y pase del Consejo en esta Real Audiencia, que se le dió franco, si bien ellos le tuvieron callado más de trece años y sólo agora para graduar un expulso manifestaron su bulla de Universidad.

Yo, como rector de este Collegio Máximo de San Miguel y de la Universidad que tenemos en él, con consejo del padre visitador y padre provincial, me opuse á la Universidad de Santo Domingo, alentándome para ello algunos de los señores oidores, que después, por la sentencia que han dado mudaron o les hicieron mudar de parecer. Los buenos frailes empezaron á responder á nuestras peticiones disparando como verduleras con razones despropositadas y fuera del intento, como se verán en los autos que remiten por el Perú dichos frailes, según me han dicho, pues desque la Audiencia dió la primera sentencia en favor de ellos, de que suplicamos, y admitida la súplica pedimos no se diese traslado de los autos hasta la sentencia de revista, y respondieron los señores oidores no haber lugar, volvimos á hacer nueva súplica pidiendo se recibiese la causa á prueba para ocurrir con ella á donde más nos conviniese, porque como en esta ciudad y reino era notorio y público lo que alegamos, no necesitamos de dar testigos, y la parte contraria jamás los pidió por no verse con evidencia convencida; pero en Roma ni en Madrid, donde no es notorio el hecho, no se podía ir con los dichos autos sin recibir la causa á prueba: con todo, no ha querido mandarlo la Audiencia, diciendo no haber lugar, sin más razón que el sic volo, y en fin, no esperamos de la Real Audiencia sino la sentencia en contra en la revista del pleito, porque con el nuevo gobierno y empeño del señor fiscal don Gonzalo Ramírez de Baquedano, que ha tomado. muy á pecho favorecer á los padres de Santo Domingo, aunque se confiesa por muy hijo nuestro, no esperamos sino lo peor.

Ofrecióles el señor dicho fiscal á los padres de Santo Domingo que les enviaría el pleito á España en los cajones de cartas que despacha el señor Virrey del Perú, como de hecho lo ha ejecutado, y por eso prevengo á V. R. para que por medio de alguno del Consejo á quien V. R. puede avisar que, si llegare dicho pleito, le dé noticia y procure detenerlo, si le pareciere conveniente, hasta que lleguen los autos enteros, si bien con ellos nos hemos de presentar primero al señor Obispo de esta ciudad, que aunque tomista en la opinión, es muy amigo nuestro y no faltará á la justicia, que no sólo nosotros sino otros juzgan tenemos, y por lo menos

recibirá la causa á prueba y así irá con todas las circunstancias que pide el caso y verá Su Illustrísima con evidencia cómo tiene la bula las tachas de obrepción y subrepción con que engañaron al Pontífice y asimesmo al Consejo para el pase. Y habiendo éste y el Pontífice mandado no graduasen en Santo Domingo sino intra claustra, graduaron á dos en público dentro de su iglesia, y convidando todo el pueblo y Religiones. Item mandando el Pontífice y el Consejo que no graduasen sino los que hubiesen estudiado en su convento después de riguroso examen, graduaron de maestro en artes á don Joseph de Soloaga, sin haber estudiado en Santo Domingo una letra y sin el menor examen, y sólo después del grado defendió una sola cuestión en conclusiones, habiendo estudiado lo poco que sabe en el convento de San Agustín. Y nada desto hizo fuerza á la Real Audiencia siquiera para anular este grado, siendo contra lo que manda el Consejo en el pase y Su Santidad en la bulla. Antiguamente tuvo la Religión de Santo Domingo bulla ad tempus para poder graduar, pero años ha que se le había acabado esa facultad y agora sacaron la que está en los autos, con todas las falsedades que un ciego verá en ella, pues dice que los padres de Santo Domingo ayudan á los señores obispos en este reino á la conversión de los indios, siendo así que ningún fraile se ocupa en ellos ni tienen una misión siquiera en todo Chile. Dice más la narrativa de la bula, que no hay Universidad de estudios generales en todo el reino de Chille en que se puedan graduar los que estudian de bachilleres, licenciados. maestros en artes y doctores en teología, siendo así que le hay para todo esto y para la gramática y retórica en este Collegio de San Miguel, y cada día el Consejo despacha canongias y prebendas en virtud de dichos grados recebidos en nuestro Collegio de Universidad. Dice más la narrativa, que por faltar Universidad en este reino han de ir para graduarse á Lima, que hay tres mil millas, ó á México que hay mucho más. Y todo es mentira, porque ninguno ha ido á graduarse de Chille á Lima ni á México de dichas facultades, ni hay la distancia que dice, pues en quince días se ponen de ordinario de Chille á Lima. Finalmente, por abreviar, habiendo concedido el Pontífice la bula ad tempus la pidieron perpetua hasta que hubiese

Universidad, porque era menester 20 años para ir á Roma y alcanzar otra bula semejante y todo es falso, así porque tenemos Universidad en Chille como porque el que trajo la bula fue á Roma y á España dos veces en menos de siete años. Todo esto irá probado en los autos que remitiremos, para que vea el Pontífice y el Consejo cuan enormemente les engaña la malicia de los informantes.

Agora han puesto los padres de Santo Domingo cuatro cátedras de gramática con sólos ocho estudiantes que tienen en todas ellas, sacándolos de nuestros estudios, importunando á sus padres á puros ruegos y levantándonos algunos testimonios á nosotros para facilitar el que se los den sus padres. También suelen tener dos ó tres maestros de artes con dos ó tres frailes cada maestro, que apenas hay en todos para un curso y sólo lo hacen para los grados de sus magisterios, haya ó no haya cursantes. Y para que V. R. vea cuan pocos son los estudiantes, no digo para dos, ni para una Universidad, sólo ponemos curso de artes de tres en tres años y apenas entran en él doce estudiantes seculares y apenas acaban tres ó cuatro, poniendo nosotros sumo cuidado, por ser pocos los que se aplican á los estudios. Y hay otro inconveniente gravisimo, que aunque lo previene la bulla y el Consejo, no se ha guardado ni se guarda, y es que sin haber estudiado en sus estudios, graduarán á los que quisieren graduarse en sus conventos, y eso sin la suficiencia y examen necesario, como tenemos la experiencia de lo que acaban agora de hacer y de lo que hacían antiguamente, que era una infamia, los maestros y doctores graduados en Santo Domingo, donde llevando unos botes de conserva ó otros regalillos, se suplía la falta de suficiencia, con lo cual ni nuestros estudios ni los suyos serán de provecho. Dejo las calumnias verá V. R. en los autos, que no nos levantaran unos desalmados seculares, sin responder jamás á propósito del punto que se les trata en el pleito. V. R. vea si será conveniente se muestre esta carta á algunos del Consejo ó amigos de casa, y si los autos hubieren de pasar á Roma, que pasara un tanto desta á N. P. De lo que pasare por acá en el tribunal del señor obispo avisaré de todo á V. R., á quien guarde Nuestro Señor, como se lo suplico y ruego me tenga presente en

sus santos sacrificios. De Santiago de Chille, y Julio 18 de 1701 años.-Muy siervo de Vuestra Reverencia.-MIGUel de VIÑAS.

Biblioteca Nacional, Archivo de Jesuitas, vol. 76, pieza 18.

V.-Relación de lo que ha pasado acerca de los grados entre la Compañía y los Padres de Santo Domingo en Chille. Luego que llegó la bulla de los grados á este Collegio de Santiago de Chille, la presentó el Padre Rector ante la Real Audiencia para que con su beneplácito se comenzase á usar della, y á entablarse de propósito los estudios. Viéronla estos señores y juzgaron no venir con la aprobación necesaria para poderse usar della porque no está comprobada de los escribanos y sólo venía sellada y firmada del abreviador ó notario del Nuncio de Su Santidad, y así decretaron que se comenzasen á entablar los estudios y á gozar de la dicha bulla, pero que atento á que no tenía los requisitos necesarios. para usarse plenamente della, que no se diese grado alguno hasta que la tuviésemos más auténtica. Quedóse esto así por algunos días y en el ínterin los padres de Santo Domingo presentaron en la Real Audiencia un párrafo de un capitulo de un libro suyo impreso el año de 1619, ó 20, en el cual se decía cómo en la Isla de Santo Domingo, en el Cuzco y aquí en Santiago de Chille eran Universidades, fundándose en un privilegio que Su Santidad les había concedido de que pudiesen tener Universidad en las dichas partes y otras de las Indias, como distasen duscientas millas de donde hubiese Universidad en ellas. Presentado este capítulo ante la Real Audiencia, decretó estas palabras: «Dáseles licencia á los padres de Santo Domingo para que puedan tener Universidad».

Luego que vieron los dichos padres este decreto, trataron de tomar posesión de su Universidad y de hecho la hubieran de tomar si el Padre Rector no hubiera presentado una petición ante la Real Audiencia suplicando de aquel auto, por temerse con mucho fundamento que habían de alegar los dichos padres que ya tenían fundada su Universidad y que á

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