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BERNARD MOSES

V. 2

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1.-Expediente sobre la fundación de la Universidad de los Dominicos en Santiago.-Año de 1610.

Muy poderoso señor:-Fray Hernando Mexía, de la Orden de Predicadores, procurador general de su Orden de la Provincia de San Lorenzo Mártir en el reino de Chille, Tucumán y Río de la Plata, dice: que después que se fundó la dicha Orden en aquellas provincias, siempre en la casa y convento de Nuestra Señora de el Rosario de la ciudad de Santiago de Chille se han leído artes y teología, donde ha habido y hay muy grande concurso de oyentes, respecto de estar la ciudad de los Reyes tan distante y la Mar de el Sur de por medio, y la gente de la tierra tan necesitada que fuera impusible inviar sus hijos á la Universidad de la dicha ciudad de los Reyes; y de haberse leído en la dicha ciudad y casa de la dicha Orden, se han seguido muy grandes efectos, por haber salido subjetos capaces para cualquiera ministerio de lo que han estudiado; á cuya causa y para que allí con comodidad pudiesen recebir la honra y premio de sus estudios, se suplicó á V. M. fuese servido de mandar fundar Universidad en la dicha casa, donde se pudiesen graduar con los estatutos y preminencias que tienen los que se gradúan en la Universidad de la ciudad de los Reyes, y que para que esto se pudiese conseguir, celosos los religiosos de aquella casa de el servicio de Dios y de V. M., bien y augmento de aquellas provincias, se ofrecieron, como se

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ofrecen, de leer en la dicha casa las dichas facultades, sin interese alguno, ni que V. M. ni los particulares de ellas se leden, y tener y sustentar siempre subjetos capaces para las Chatedras que se hubieren de leer, y queriendo V. M. saber el útil que de esto se podría conseguir ó si resultaria de ello algun inconviniente, fué servido por su real cédula de 'mandar al gobernador que entonces era de la provincia de Chille informase á V. M. de ello, la cual cédula, por haber muerto en esta corte fray Criptobal Núñez, estando en ella tratando en este particular, no llegó á manos de el dicho gobernador en mucho tiempo, hasta que se presentó en la Audiencia de aquel reino, la cual informa, como V. M. lo podrá mandar ver por los dichos papeles que presento, por los cuales consta la grande utilidad y provecho que se consiguirán de fundarse allí la dicha Universidad, particularmente ahora que está fundada la Audiencia Real en la dicha ciudad, con cuya autoridad y buenos subjetos que hay en ella se esmerarán más los que hubieren de leer las dichas chátedras y se hará aquella ciudad más populosa y poblada, y acudirán á ella toda la juventud de las dichas provincias de Tucumán y Paraguay; en cuya consideración, á V. M. suplica mande despachar los recaudos necesarios para que se funde allí la dicha Universidad y en la dicha casa de Nuestra Señora de el Rosario, que es el advocación de la provincia de San Lorenzo Mártir de Chille, se funde la dicha Universidad, pues en ella se han leído y leen las dichas facultades con tanto aprovechamiento, sin que por esta razón hayan suplicado á V. M. hasta ahora les hiciese alguna merced ni limosna, pues de este trabajo no han pretendido ni pretenden mas que el servicio de Dios, nuestro señor, y de V. M., porque entienden que en esto se le hace muy grande, y acudirán al descargo de la real conciencia de V. M. y en ello recebirá la provincia y los de el reino gran bien y merced.-Fray Ilernando Mexia.

Muy poderoso señor.-Fray Hernando Mexía, procurador general de la Orden de los Predicadores de esta ciudad y provincia de San Lorenzo de Chille, Tucumán y Río de la Plata, digo: que con celo y deseo de la ampliación de nuestra santa fee católica, predicación de el Santo Evangelio y ennoblecimiento de esta ciudad y reino, fué despachada por vues

tra real persona y supremo Real Consejo de las Indias esta cédula de que hago presentación, por la cual, haciendo relación que por nuestra parte se había pedido licencia para que en él y en nuestro convento se fundase Universidad, ofreciendo poner religiosos doctos y suficientes que leyesen artes, filosofia y teulugía, sin que por ello de vuestra real hacienda ni la república diese cosa alguna, con ciertas cualidades y condiciones expresadas en la dicha real cédula dirigida al Gobernador de estas provincias, manda que para ser informado de la utilidad que se siguiría de hacerse la dicha Universidad y de los inconvinientes que se podrían seguir de la dicha fundación, y que en la primera ocasión se le inviase relación, y de lo demás que cerca de ello ocurriese, con el parecer acostumbrado, para que, visto, se proyese lo que más conviniese, según que por la dicha cédula se contiene, á que me refiero, la cual, por haberse muerto en la ciudad de Sevilla fray Cristóbal Núñez, religioso de nuestra Orden, que la impetró, y haber estado detenida tantos años sin llegar á nuestro poder, no ha conseguido su efeto, y para que se consiga y S. M. sea informado, no sólo de lo en ella expresado, sino de el número de los religiosos, ciencia é suficiencial dellos, mediante la cual, ocupándose, como se han ocupado, en el dicho ministerio y enseñanza de las dichas facultades en este convento, han salido muchos dellos doctos predicadores, que con su dotrina y ejemplo, amplificando la de el Santo Evangelio, han ilustrado este reino, por cuyo trabajo, letras y suficiencia, partes y cualidades de sus personas y méritos de sus padres y abuelos, antiguos conquistadores y pobladores de este reino, cuyos hijos y nietos son los más de ellos, se digne S. M. de conceder la dicha licencia y mercedes, que por nuestra parte con la venia debida se le pidieren, conviene á nuestro derecho hacer información ad perpetuam rei memoriam, y por la que más de derecho lugar haya todo lo susodicho.

A V. A. pido y suplico que, en conformidad de la dicha real cédula verificada en este tribunal y de lo demás por mi parte alegado, resciba y haga la dicha información, con citación de vuestro fiscal, por este memorial de capítulos y preguntas de que hago presentación, por cuyo tenor sean examinados los testigos que V. A. fuere servido elegir y llamar; y, hecha la

dicha información, cerrada y sellada, conforme à la ordenanza, con el decreto de V. A., se sirva enviarla dirigida al dicho Real Consejo para el dicho efeto; y pido justicia y en lo más necesario vuestro real oficio imploro.-Fray Hernando Mexia.

Que con citación de el fiscal de S. M. se reciba la información que pide, y para ello acuda al señor oidor semanero. Proveyeron lo de suso decretado los señores presidente é oidores de esta Real Audiencia, estando en la real sala. en Santiago de Chille en primero día de el mes de Otubre de mill y seiscientos y diez años, y lo rubricaron los señores licenciados Fernando Talaverano Gallegos, Joán Caxal, dotor Gabriel de Celada, oidores de S. M., presente el licenciado Francisco Pastene, fiscal de S. M., á quien se citó en forma. -Ante mi.-Melchor Hernández de la Serna, escribano de cámara.

El Rey.-Mi Gobernador de las provincias de Chille. Fray Cristóbal Núñez, de la Orden de Santo Domingo, en nombre de el convento de Santo Domingo de la ciudad de Santiago de esas provincias me ha suplicado mandase dar licencia para que en él se funde Universidad, concediendo que los que se graduasen en ella gozasen de las libertades que los graduados en la de la ciudad de los Reyes, y que la dicha Orden pornía religiosos doctos y suficientes que leyesen artes, filosofía y teulugía, sin que por ello yo ni la república diese ninguna cosa; y habiéndose visto por los de mi Consejo de las Indias, porque quiero ser informado'de la utilidad que se seguiría de hacer la dicha Universidad en la dicha ciudad, ó si de hacerse se podrian seguir algunos inconvinientes, cuales y por qué causa, os mando que en la primera ocasión me enviéis relación de lo sobredicho y de lo demás que cerca de ello os ocurriere, con vuestro parecer, para que, visto, se provea lo que convenga.-Fecha en Madrid, á primero de Marzo de mill y quinientos y ochenta é nueve años.-Yo EL REY. Por mandado de el Rey, nuestro señor.-Joán de Ibarra.

Sepan cuantos esta carta vieren, cómo Nos, el Convento é frailes de Santo Domingo de esta ciudad de Santiago de Chille, estando juntos y congregados en nuestro capítulo y acuer

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