| Diego López de Cogolludo - 1842 - 544 páginas
...Islas y Tierrafirme del Mar Occeano, descubiertas y por descubrir en nuestros limites y demarcacion, se guarde y cumpla lo que de yuso será contenido...los Gobernadores y otras justicias, que agora son y fueron de la dicha Isla, y de las otras Islas de San Juan de Cuba y Jamaica y para los Gobernadores... | |
| Martín Fernández de Navarrete - 1842 - 604 páginas
...ciudad de Santo Domingo en la Isla Española, y á los Gobernadores y otras Justicias que agora son ó fueren de la dicha isla, y de las otras. islas de San Juan, y Cuba y Jamáica, y á los Gobernadores y Alcaldes mayores, é otras Justicias , ansí de Tierra Firme... | |
| 1842 - 616 páginas
...ciudad de Santo Domingo en la Isla Española, y á los Gobernadores y otras Justicias que agora son ó fueren de la dicha isla, y de las otras islas de San Juan, y. Cuba y Jamáica, y á los Gobernadores y Alcaldes mayores, é otras Justicias, ansí de Tierra Firme... | |
| 1857 - 518 páginas
...ciudad de Santo Domingo en la Isla Española, y á los gobernadores y otras justicias que agora son 6 fueren de la dicha isla, y de las otras islas de San Juan, y Cuba y Jamaica, y á los gobernadores y alcaldes mayores, é otras justicias, ansí de la Tierra... | |
| Real academia de la historia - 1875 - 1176 páginas
...luego sean dadas Nuestras cartas y provisiones para los Oidores de la Nuestra Audiencia que rreside en la ciudad de Santo Domingo de la -Isla Española, y para los {jovernadores y otras justicias que agora son y fuesen de la dicha Isla, y de las otras Islas de San... | |
| Joaquín Francisco Pacheco, Francisco de Cárdenas y Espejo, Luis Torres de Mendoza - 1874 - 594 páginas
...qun luego sean dadas Nuestras cartas y provisiones para los Oidores de Nuestra Audiencia que reside en la ciudad de Santo Domingo de la Isla Española y para los Gobernadores y otras justicias, ansí de Tierra-firme como de. la Nueva España y de las otras provincias del Panuco y de las Higueras... | |
| Joseph de Oviedo y Baños - 1885 - 436 páginas
...Primeramente ordenamos y mandamos que luego sean dadas nuestras cartas y provisiones para los Oidores de nuestra Audiencia, que residen en la ciudad de Santo Domingo de la isla Española, e para los gobernadores y para las justicias que agora son ó fueren en la dicha isla y de las otras... | |
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