Amparo promovido

Portada
1879 - 51 páginas
 

Páginas seleccionadas

Otras ediciones - Ver todas

Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 16 - Para expedir todas las leyes que sean necesarias y propias para hacer efectivas las facultades antecedentes y todas las otras concedidas por esta Constitución á los Poderes de la Unión.") PÁRBAKO IV.
Página 11 - Art. 3? Es juez de primera instancia el de Distrito en la demarcación en que se ejecute ó trate de ejecutarse la ley ó acto que motive el recurso de amparo.
Página 16 - Estados; IV. Para arreglar definitivamente los límites de los Estados, terminando las diferencias que entre ellos se susciten sobre las demarcaciones de sus respectivos territorios, menos cuando esas diferencias tengan un carácter contencioso; V.
Página 21 - Corresponde á los Tribunales de la Federación conocer: I. De todas las controversias que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de las leyes federales.
Página 23 - Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Corte Suprema de Justicia y en los tribunales de Distrito y de Circuito.
Página 17 - Art. 95. El cargo de individuo de la Suprema Corte de Justicia solo es renunciable por causa grave, calificada por el Congreso, ante quien se presentará la renuncia. En los recesos de éste, la calificación se hará por la diputación permanente.
Página 18 - Facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones; XIII.
Página 16 - Para dictar leyes sobre vías generales de comunicación, y sobre postas y correos; para expedir leyes sobre el uso y aprovechamiento de las aguas de jurisdicción federal; XVIII.
Página 47 - Salas; en razón de que correspondiendo á aquella revisar las sentencias de los jueces de Distrito para confirmarlas, revocarlas ó modificarlas, llegaría, cuando se tratara de sus propios actos reclamados, á revisar á su vez la calificación y resolución que sobre ellos hubiera recaído en los juzgados...
Página 17 - Resolver las cuestiones políticas que surjan entre los poderes de un Estado cuando alguno de ellos ocurra con ese fin al Senado, o cuando, con motivo de dichas cuestiones, se haya interrumpido el orden constitucional, mediante un conflicto de armas.

Información bibliográfica