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Protocolo-Relativo al mando de los ejércitos Aliados.

A los tres dias del mes de Octubre de mil ochocientos sesenta y ocho se reunieron en Buenos Aires en el Ministerio de Relaciones Esteriores S. E. el señor Dr. D. Rufino de Elizalde, Ministro Secretario de Estado de este Departamento y S. E. el señor Consejero Joaquin Tomas de Amaral, Enviado estraordinario y Ministro Plenipotenciario de S. M. el Emperador del Brasil en mision especial, ambos autorizados por sus respectivos Gobiernos para tratar del asunto que mas abajo se espresa, y atendiendo que S. E. el señor Dr. D. Manuel Herrera y Obes, Ministro y Secretario de Estado de Relaciones Esteriores y Plenipotenciario de la República Oriental del Uruguay, no puede asistir á esta conferencia porque su presencia es actualmente necesaria en Montevideo, como lo ha manifestado, convinieron en el siguiente proyecto de acuerdo, el cual será comunicado por ambas partes á dicho señor Herrera y Obes y considerado como definitivamente concluido y aceptado por todos luego que S. E. declare que el Gobierno Oriental le dá su asentimiento.

PROYECTO DE ACUERDO

Los Gobiernos de la República Argentina, del Brasil y de la República Oriental del Uruguay, aliados en la guerra contra el del Paraguay, deseando proveer á la direccion militar de esta guerra hasta que si lo juzgan conveniente se pongan de acuerdo respecto del mando en Gefe y direccion de los Ejércitos Aliados de que habla el artículo tercero del Tratado de Alianza, convienen las siguientes disposiciones:

Las fuerzas de cada una de las Potencias Aliadas quedarán bajo el esclusivo comando de su respectivo General en gefe.

Mientras que la guerra sea hecha en el territorio paraguayo las operaciones militares serán resueltas de comun acuerdo por los tres Generales en gefe en cuanto las circunstancias lo permitiesen.

En fé de lo cual los referidos señores firmaron el presente Protocolo en dos ejemplares.

RUFINO DE ELIZALDE.

JOAQUIN TOMAS DE AMARAL.

(NOTA)-Fué aceptado por el Gobierno Oriental.

Protocolo-Tránsito del señor Ministro Americano General Mac-Mahon para la Asuncion

A con trese dia del mes de Noviembre de 1~6~, retniéronse en la eindad de Bongs Aires en el Ministerio de Relationes Esteriores N. N. E. E. el Sr. Dr. D. Mariano Varela, Ministro Secretario de Estado de su reparticion, y el Sr. Consejero Joanin. Tomas de Amaral. Enviado E-traordinario y Ministro Plenipotenziario de N. M. el Emperador del Brasil en mision especial à fin de tomar en consideracion una nota que el Sr. Wortington, Ministro Residente de los Estados Unidos de América dirigió al Gobierno Argentino, respecto al tránsito para la Asuncion del señor General Mar-Mahon, Ministro Residente de los referidos Estados en la República del Paraguay, y teniendo presente el previo asentimiento del Gobierno Oriental, que asi le ha prestado por la imposibilidad en que se halla de hacerse representar sin demora en esta conferencia, acordaron que el Gobierno Argentino responda á la referida nota en los términos siguientes:

Señor Ministro:

El Gobierno Argentino ha solicitado el acuerdo de sus aliados para resolver el asunto de que trata la nota que V. E. me hizo el honor de dirigirme con fecha 10 del corriente mes, y tiene la satisfaccion de decir en respuesta á V. E. que los Gobiernos Aliados, ordenan á los Generales de sus respectivas fuerzas que no pongan obstáculo al tránsito del Sr. General Mac-Mahon, salvo que encuentren necesidad de demorarle en interés de operaciones de guerra que estén en momentos de ejecutarse, como se declaró en el caso reciente del vapor "Wasp."

Los Gobiernos Aliados se persuaden que el Sr. General Mac-Mahon, comprendiendo la importancia de aquellas operaciones y los intereses que de ellos dependen, contribuirá por su parte á que no sufran embargo.

Aprovecho esta oportunidad para reiterar á V. E. las espresiones de mi mas alta consideracion.

MARIANO VARELA. JOAQUIN TOMAS DE AMARAL.

Protocolo-Tránsito de la cañonera "Veloce"

En Buenos Aires á 23 de Noviembre de 1868, reunidos en la Secretaria del Ministerio de Relaciones Esteriores S. E. el Sr. Dr. D. Mariano Varela, Ministro y Secretario de Estado de Relaciones Esteriores, y S.

E. el Sr. Pedro Antonio de Carvalho Borges, Ministro Residente de S. M. el Emperador del Brasil, encargado de los asuntos de la mision especial en ausencia del Sr. Consejero Joaquin Tomas de Amaral, para tomar en consideracion una nota del Sr. Enviado Estraordinario y Ministro Plenipotenciario de S. M. el Rey de Italia, dirigida con fecha 20 del corriente al Gobierno Argentino, relativo al pasaje de la cañonera italiana “Veloce" al traves de las líneas del bloqueo establecido en el Rio Paraguay: y contando ya con el asentimiento espreso del Gobierno de la República Oriental del Uruguay á lo que en esta conferencia se determinase, acordaron que el Gobierno Argentino contestase á la citada nota en los siguientes términos:

Señor Ministro:

Tuve la honra de recibir la nota de V. E. de 20 del corriente, en la cual me hace saber que el Marques de Caxias hizo declarar por escrito al Comandante de la cañonera "Veloce" que de hoy en adelante no le permitiria pasar las líneas del bloqueo.

Esta prevencion que parece haber sorprendido á V. E. es sin embargo perfectamente conforme á todos los precedentes establecidos sobre pasajes de buques neutrales por las aguas bloqueadas del Paraguay, incluyendo en estos antecedentes los de un buque de guerra de S. M. el Rey de Italia.

En 26 de Agosto del corriente año, el digno predecesor de V. E. dirijió una nota á este Ministerio haciendo presente que, necesitando ponerse en relaciones con el Cónsul de Italia en el Paraguay, habia ordenado al Comandante de la cañonera "Ardita" se dirigiese á la Asuncion con el buque de su mando y pidiendo, en consecuencia, se diesen instrucciones á los gefes de las fuerzas aliadas á fin de que aquel buque de la marina Real no encontrase obstáculo en su tránsito.

El Gobierno Argentino se puso entónces de acuerdo con los Gobiernos Aliados y se espidieron órdenes á los gefes de sus órdenes, para que dejasen pasar la cañonera "Ardita" siempre que su Comandante resolviese subir en momentos de no entorpecer las operaciones de la guerra.

En la nota del Ministro Argentino, de 27 de Agosto, se recomendaba ademas de eso al Sr. Encargado de Negocios de S. M. el Rey de Italia, que diese las órdenes necesarias para que la cañonera regresase en el mas breve tiempo que fuese posible y que bastase para conseguir el objeto de su viaje. Esto parece debidamente obtenido, Sr. Ministro, una vez que segun consta de la nota de V. E. á que tengo el honor de contestar, las cañoneras italianas han atravesado distintas veces las líneas del bloqueo. Por consiguiente, la conducta del Sr. Marques de Caxias en esta oportunidad, como cuando demoró el pasaje de la "Alita" en tiempos del predecesor de V. E. está conforme al tenor de las instrucciones que recibió y fueron comunicadas al Sr. Conde Joannini, instrucciones iguales, por

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*n jokaj, siempre que este su pada, entorjevet ennuiera oge rarion tellen op der et „ilemer et ejen tarson ó á pronto de ejøentare.

Dejando así contestada ja mea de V. E. tengo la honra de niterirle las protestas de mi mas alta estimadou

En té de lo cual los avajo firmados, hrman el presente Protovilo, de Noviembre de 1×65×,

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En Buenos Aires á 10 de Diciembre de 1865, reunidos en el Ministes rio de Relaciones Exteriores, N. E. d Nr. Dr. D. Mariano Varela, Ministro Secretario de Estado en dicho Departamento y N. E. el Sr. D. Pedro Antonio Carvalho Borges. Ministro de N. M. d Emperador del Brasil para deliberar la respuesta que debiera darse por parte de los Aliados á una nota de S. E. el Sr. D. Guillermo Stuart, Ministro de S. M. B.. en que pide se franquée el paso de la cañonera de guerra inglesa. "Cracker á traves de las líneas del bloqueo establecido en el Rio Paraguay, y contando con el espreso y prévio asentimiento del Gobierno de la República Oriental del Uruguay, acordaron que el Gobierno Argentino, conte-tara al Sr. Stuart, en los términos siguientes:

Señor Ministro:

Mi Gobierno, despues de ponerse de acuerdo con sus aliad relativamente al asunto de la nota que V. E. me hizo el honor de escribirme el * del corriente mes, me encarga responderle que en el correo del 12 se impartirán las órdenes oportunas á fin de que de los gefes de los Ejércifox y Escuadra de sus naciones, no pongan obstáculo al paso de la cañonera "Cracker," siempre que á su juicio no entorpezca esta cualquiera operacion bélica que esté en ejecución ó á punto de efectuarse.

Reitero á V. E. con este motivo las seguridades de mi mas alta y distinguida consideracion.

En fé de lo cual lo firmaron y sellaron en Buenos Aires á 10 de Diciembre de 1868.

MARIANO VARELA.

P. A. DE CARVALHO BORGES.

Protocolo-Empréstitos hechos por el Gobierno del Brasil al Gobierno Argentino

Reunidos en la Secretaria de Relaciones Esteriores S. E. el Sr. Dr. D. Mariano Varela, Ministro de Relaciones Esteriores de la República Argentina, y S. E, el Sr. D. Pedro Antonio de Carvalho Borges, Ministro Residente de S. M. el Emperadar del Brasil cerca de la misma República, debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos para celebrar un ajuste sobre los pagos que debe hacer el Gobierno Argentino al de S. M. el Emperador del Brasil por los empréstitos de 1851, 1857, 1865 y 1866 han procedido á dicho ajuste teniendo presente como base las siguientes disposiciones de sus Gobiernos anteriormente manifestados por estos.

El Gobierno Argentino, reconociendo la obligacion de pagar los empréstitos de 1865 y 1866, luego que realizase el que habia mandado negociar en Londres; -pero encontrándose imposibilitado de satisfacer aetualmente todos los compromisos contraidos en los protocolos de 31 de Mayo de 1865 y de 1 de Febrero de 1866 á consecuencia de la prolongacion de la guerra del Paraguay que le obligaron á dar distinta aplicacion á una parte de los fondos obtenidos por el empréstito realizado en Londres en el año próximo pasado, habia propuesto al Gobierno de S. M. el Emperador del Brasil pagar, por ahora, la suma de un millon de pesos fuertes, importe del capital del empréstito de 31 de Mayo de 1865 y ajustar al mismo tiempo las épocas en que ha de pagar todas las otras sumas de las cuales es deudor al mismo Gobierno de S. M. el Emperador del Brasil.

El Gobierno de S. M. el Emperador del Brasil esperaba que el Argentino pudiera satisfacer desde luego todos los pagos á que se refieren los protocolos mencionados, lo cual es reclamado por la circunstancia financiera del Imperio y por la prolongacion de la guerra del Paraguay, pero atendiendo á las razones espuestas por su digno aliado habia aceptado la forma de pago ofrecida por este.

Teniendo presente dichas disposiciones, el Sr. Ministro de Relaciones Esteriores, haciendo referencia á las razones espuestas en nota de fecha

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