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a. Hoy escribo en el mismo estilo que aquella obra, las meinor relativas al gobierno del general Santa-Anna, investido con las aísimas facultades del plan militar y bases de Tacubaya, las cuales:marán asiento en algun escaparate viejo sahumado de almixtle, y no verán la luz pública hasta que algun curioso las presente, y lean con asombro los mexicanos, preguntándose mútuamente.... ¿cómo hemos podido vivir bajo una dominacion tan dura y degradante, despues de habernos saboreado con los principios y máximas de las constituciones mas liberales? Plegue á Dios que su lectura les haga conocer que tal ha sido el fatal resultado de sus anteriores descarrios, de las asociaciones secretas, y de la inmoralidad que á su sombra han adquirido.

Al escribir estas cartas, me propuse instruir á la generacion futura, de los ápices y pormenores de muchas cosas que parecen ridículas é insignificantes á los que las hemos presenciado; no parecerán tales á los que existan de aquí á cien años, pues querrán saber las épocas de México, con el mismo afan conque hoy inculcamos las de la conquista, y andamos á caza de manuscritos que nos hablen del gobierno de los vireyes &c. &c. Un célebre escritor francés decia, que el que escriba la historia de un pueblo, debe referir hasta el valor que el pan tenia en aquella época. Prueba de ello es, la curiosidad y placer conque hoy leemos los viajes del jóven Anacarsis por Grecia y Asia, nos trasladamos á las calles de Athenas, divisamos en ellas al viejecito Isócrates, escuchamos su voz chillona y aguda, nos pasamos á la academia, escuchamos á Platon, y somos testigos del civismo de Crates y de Diógenes, y tambien escuchamos las lecciones del padre de la moral, Sócrates; finalmente, veemos espirar la libertad de Grecia en la batalla de Cheronéa. Las principales ocurrencias que notarán mis lectores en los años de 1842 y 43, son la disolucion escandalosa del congreso: la insolencia conque se publicó el plan de Huexotzinco, que generalmente fué seguido hasta por los poblachos y aldehuelas mas insignificantes, guiados todos y exitados por una mano atrevida del gabinete: el nombramiento de una junta de notables para formar las bases de la futura constitucion como si pudiera reunir la soberanía nacional. Las guerras de Tejas, Yucatan, invasion de Nuevo-México, guerra del Sur de los indios de Chilapa, imposicion de muchísimas contribuciones, extincion de la moneda de cobre, préstamo forzoso, descubrimiento feliz de las minas de azogue y esplotacion de este ingrediente en Jalisco; prision de los Sres. Gomez Pedraza y só

cios, eleccion de diputados al congreso general por el influjo del go. bierno, ocupacion de Tabasco por las tropas al mando del general Ampudia, ataque marítimo y terrestre de aquella ciudad contra las fuerzas del gobernador Sentmanat, muerte de este fusilado, y ruina del Parian de México; ruina de Santa-Anna y recobro de la libertad nacional que nos habia usurpado; tales son los principales acontecimientos, cuya relacion (aunque superficial) se leerá consignada en es. ta obrilla. Plagada se verá de defectos, notaranse acaso en ella inexactitudes y falta de crítica; mas yo la he escrito como he aprendido los hechos, y la hé escrito con no poco sentimiento, pudiendo repetir sinceramente, con Ciceron, las mismas palabras que he pues. to por epígrafe á la Abispa de Chilpanzinco.... Dolentèr dico potius, quam contumeliosè.

C. M. B.

BASES DE TACUBAYA

QUE SON LAS DE ESTA HISTORIA

1

Y DEBEN TENERSE PRESENTES EN ELLA.

Art. 1o Cesaron por voluntad de la nacion en sus funciones, los poderes llamados supremos, que estableció la constitucion de 1836, exceptuándose el judicial, que se limitará á desempeñar sus funciones en asuntos puramente judiciales, con arreglo á las leyes vigentes.

Art. 2o No conociéndose otro medio para suplir la voluntad de los departamentos, que nombrar una junta compuesta de dos diputados por cada uno, nacidos en los mismos, ó ciudadanos de ellos, y existentes en México, los elegirá el Exmo. Sr. general en gefe del ejército mexicano, con el objeto de que estos designen con entera liber. tad, la persona en quien haya de depositarse el ejecutivo provisional

mente.

Art. 3o La persona designada se encargará inmediatamente de las funciones del ejecutivo, prestando el juramento de hacer bien á la nacion, en presencia de la misma junta.

Art. 4o El ejecutivo provisional dará dentro de dos meses, la convocatoria, y no podrá ocuparse de otro asunto que no sea de la formacion de la misma constitucion.

Art. 6 El ejecutivo provisional responderá de sus actos ante el primer congreso constitucional.

Art. 7 Las facultades del ejecutivo provisional son todas las necesarias para la organizacion de todos los ramos de la administracion pública.

Art. 8 Se nombrarán cuatro ministros: el de relaciones exteriores é interiores: el de instruccion pública é industria: el de hacienda y el de guerra y marina.

Art. 9 Cada uno de los departamentos nombrará dos individuos de su confianza, para un consejo que abrirá dictámen en todos los negocios para que fuese consultado por el ejecutivo.

Art. 10. Mientras no se reuna el consejo nombrado por los departamentos, desempeñará sus funciones la junta, cuya creacion se establece en la base 2a

Art. 11. Entre tanto se dá la organizacion conveniente á la república, continuarán las autoridades de los departamentos que no hayan contrariado ó contrariasen la opinion nacional.

Art. 12. El general en gefe y todos los generales y gefes del ejército, se comprometen por el sagrado de su honor, á olvidar para siempre la conducta política que los ciudadanos militares ó no militares, hayan observado en la presente crisis, y á no consentir persecuciones de ninguna clase, porque su objeto es la mas sincera reconciliacion de todos los mexicanos, por el bien de la patria.

Art. 13. Si pasado el término de tres dias despues de espirado el del armisticio, no fueren adoptadas estas bases por el Exmo. Sr. general en gefe de las tropas del gobierno, se procederá desde luego á darles exacto cumplimiento; y declaramos á nombre de la nacion, que tan espresamente ha manifestado su soberana voluntad, que serán responsables con sus personas, el espresado general en gefe y los militares que lo sigan, y todas las llamadas autoridades que directa ó indirectamente contrarien aquella misma voluntad, y contribuyan á hacer derramar inútilmente la sangre mexicana, que pesará sobre sus cabezas. (Siguen las firmas que no osaron poner los autores de estas bases, sino que tiraron la piedra y escondieron la mano).

Es cópia.-Cuartel general en Tacubaya, setiembre 28 de 1841.Manuel María Escobar, secretario de S. E.-Presidente provisional, A. L. de Santa-Anna.-Ministros.-De relaciones, Bocanegra.Guerra, Tornel.-Hacienda, Trigueros.-Justicia, Crispiniano del Castillo.

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