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soberano más vigilante y absoluto, moderar á su arbitrio todas las acciones de sus súbditos, contenerlos en todas ocasiones en la más exacta obediencia; y así sería injusto imputarle á una Nación ó á un Soberano todas las culpas de los ciudadanos. "

La Francia, que, cuando se ha creído amenazada, ha abierto los diques á su indignación, y levantado por sobre todo el sentimiento de su decoro, bien pudiera graduar el efecto que en Naciones altivas, aunque débiles ó no poderosas como ella, es capaz de producir el anuncio de medidas conminatorias.

La Administración del Gran Demócrata, que ha procurado allanar las dificultades exteriores, y ha concluído dignamente ya algunas, está muy distante de provocar ó agriar desavenencias con la Nación francesa á la cual tanto estima y considera, y de quien se promete merecer afectuosas simpatías, sobre todo ahora que ella ha adoptado el sistema de Gobierno predilecto en América. Si se han hecho las precedentes aclaraciones, ha sido por la ineludible necesidad de defenderse contra infundados cargos, y de poner fuéra de duda la conducta permanentemente amistosa, deferente, cordial, observada por Venezuela para con Francia, á costa de esfuerzos indecibles de buena voluntad y de complacencia.

El ciudadano Ministro Encargado del Ejecutivo desea que se publique esta circular en algún periódico de nota de esa ciudad.-Soy de usted atento servidor.-Rafael Seijas.

Opinión de la prensa de .Venezuela sobre cargos hechos à la República por el Diputado francés Bouchet.

Venezuela y Francia.-En las Cámaras francesas ha dirigido últimamente interpelaciones al Ministro de Relaciones Exteriores un señor Bouchet, que es Diputado, acerca de las reclamaciones de nacionales de aquel país contra el Gobierno de Venezuela.No habíamos querido ocuparnos todavía en esta materia, porque la circunspección que observamos en el ejercicio del periodismo y que es distintivo de La Opinión Nacional, reconocido felizmente por todo el país, no nos permite nunca tratar em. píricamente ninguna cuestión y mucho menos las graves que se relacionan con el delicado resorte de las relaciones diplomáticas que en todo tiempo, ocasión y circunstancias requieren mesura, seriedad y cordura.

Aguardábamos obtener datos precisos sobre el fondo de la cuestión, que solicitábamos con interés, cuando la Gaceta Oficial se presenta publicando en sus columnas la sesuda y razonada circular del señor Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, que arroja toda la luz que se necesita en la materia, y exhibe en sus verdaderos perfiles al atolondrado Diputado francés que, desde los más triviales principios de derecho internacional hasta los más públicos hechos que constan en los documentos que ha debido leer antes de meterse á hablar de esas cosas, aparece ignorándolo todo.

Hemos creído lo más oportuno y conducente para cumplir nuestras obligaciones de defender á Venezuela contra la justicia extranjera, dar publicidad á la referida pieza de nuestro Ministro de Relaciones, y al efecto sin reparar en gastos extraordinarios, la imprimimos en un suplemento que circulará junto con el presente número de La Opinión Nacional, cuyas columnas quedan así expeditas para las demás materias de interés palpitante que siempre las nutren en obsequio de causas nobilísimas. Basta la lectura de dicho documento para convencer á todos los ánimos del exabrupto del Diputado Bouchet, del desorientamiento del mismo Ministro de Relaciones Exteriores de Francia, de la honrada actitud del Gobierno de Venezue. la, que no ha cesado un momento de hacer sacrificios para cumplir sus compromisos; de la original pretensión más de una vez manifestada y hoy reproducida, de que Venezuela desatienda sus deberes para con las demás Naciones, y aun las necesidades de su propia existencia para satisfacer caprichos de los que no tienen más razón para abrigarlos que la conciencia de su preponderancia que tanto decanta y repite el Ministro del Gobierno francés ; de la no menos original ocurrencia de negar á Venezuela la regalía de Nación soberana en virtud de la cual estatuye las leyes que tenga por conveniente para arreglar las relaciones de los ciudadanos y habitantes del país con el Gobierno de la República; y la por demás curiosa aspiración de que los extranjeros tengan condición privilegiada en nuestro suelo siendo una especie de nobleza ó clase superior que goce de fueros, derechos, pree

minencias especiales, sobre los ciudadanos de la República. A todo esto se creen autorizados algunos países por el hecho de considerarse ellos Estados poderosos, y á nosotros Estados pequeños y débiles, como dice, redice y vuelve á repetir en su discurso de contestación el Ministro de Relaciones Exteriores de Francia. A la fecha de hoy el Gobierno de Venezuela tiene pagado al de Francia más de las cinco octavas partes de su deuda, pues que, estimada ésta en dos millones de pesos ha entregado ya un millón doscientos veintisiete mil pesos; no obstante esas frecuentes conmociones que tanto nos echan en cara, y que debían ser consideradas por él para estimar todavía más la religiosidad y honradez con que prescindimos de los quebrantos que nos causan, para seguir cumpliendo con exactitud nuestros compromisos.

Pero el Gobierno francés le carga á Venezuela intereses de intereses, lo que no le es permitido al avaro más desollado sin incurrir en la indignación universal, y nos cobra además la suma de trescientos pesos mensuales por gastos de cobran. zas de que hace largos años se le libertó, convirtiendo así el asunto de la deuda de Venezuela en una veta de mina inagotable que, al paso que lleva la explotación, amenaza durar toda la vida. Tan cierto es esto que los 371 mil pesos pagados á la Legación francesa en el período corrido de 1869 á 1877 sólo han disminuido el haber principal de ella en 12 mil pesos !! De estas cosas debe tener conocimiento el mundo entero, ya que quien tal hace se permite llamar á Venezuela, es decir, á la víctima, país bárbaro é injusto. Es decir, que nuestro oro que representa el santo sudor del pueblo venezo. lano y mil necesidades interiores aplazadas, sólo es recibido por el 30 pg de su legítimo valor!! Es decir, con una onza de oro de 21 pesos sólo amortizamos seis pesos de la deuda francesa!!! Esto sí es lo que indigna, y sobre todo lo que deshonra á un país que la echa de poderoso. No pagar el pueblo pobre en el minuto á que se comprometió porque su situación conflictiva no se lo permite, es reconocido como un hecho excusable por todo el que tenga buen sentido y la razón en su lugar. A nadie se le ha ocurrido jamás que eso apa

reje deshonra. Pero cebarse el poderoso en el débil con la ventosa del interés compuesto esprimiéndole la sangre, y presentándole á todas manos una cuenta laboriosa llena de nú meros encabritados unos sobre otros, invención tenebrosa de la aritmética de Harpagón en que las sumas pagadas se restan á si mismas; eso....tampoco es deshonroso, porque todos los idiomas reservan otra palabra muy distinta para calificarlo. Los más benévolos lo califican de inícuo! Por lo demás, es conquista muy preciada de la civilización moderna que el extranjero tenga condición igual á los ciudadanos del país en que habitan. En todas las legislaciones antiguas y en las costumbres uniformes de todas las Naciones, eran siempre reputados de calidad inferior, destituidos de los derechos que competían á los regnícolas, de toda personalidad jurídica, y en alguna parte del derecho á la inviolabilidad de su vida. El progreso cristiano que considera á todos los hombres como hermanos, que ha suprimido las diferencias de razas y hecho una sóla familia de todo el género humano, ha modificado las costumbres y las legislaciones, haciendo que se les considere iguales á los naturales y se les concedan los mismos derechos y las mismas consideraciones. Venezuela se honra y se complace en haber hecho de esta conquista de la civilización moderna, principio práctico de su derecho público. Pero hasta ese punto nada más llega la exigencia de la justicia filosófica. Pretender ahora que sean por el contrario los extranjeros superiores á los dueños del país, es un delirio de absurdidad tan inconcebible como detestable y que sólo puede crear la fiebre de una soberbia insensata.

aun

Sobre este punto y los demás que se rozan con la presente cuestión, remitimos á nuestros lectores al sabio documento del Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela ya relacionado.

En resumen; Venezuela no teme nada cuando tiene por escudo el derecho y la justicia. Su honradez le da una energía superior á la fuerza de la ametralladora. Las amenazas que se le dirigen se pierden en el espacio como los truenos de sus tempestades, que á nadie hacen inclinar la frente. (Opi

nión Nacional, de Caracas, de 15 de Julio de 1878, número

2.748).

Nuevas reclamaciones

de Francia contra Vene

zuela. No las admite el Gobierno.

Después del último informe de este Ministerio al Congreso, la Legación de Francia ha presentado unas cuantas demandas de resarcimiento en favor de individuos que, según se alega, han sido agraviados por funcionarios públicos.

No les ha dado cabida el Despacho, fandándose no sólo en principios del derecho de gentes, sino también en el texto expreso de leyes nacionales. Ha sostenido pues, primero, la necesidad de obedecer la legislación de la República, que pautó precisamente el modo de obtener reparación de los daños recibidos de empleados de la Nación ó de los Estados, ya en guerra civil ó internacional, ya en tiempo de paz, y que con. siste en intentar la acción ante la Alta Corte Federal, y conforme á los trámites allí establecidos, lo dispone el decreto de 14 de Febrero de 1873. Otro de igual fecha prohibe el recurso á la vía diplomática, á no aparecer que, agotados los legales ante las autoridades competentes, ha habido manifiesta denegación de justicia ó injusticia notoria.

Pero, cuando los hechos han sido criminales, el Ejecutivo ha promovido el enjuiciamiento de sus autores, sobre suspenderlos de las funciones públicas en los casos de su dependencia. Porque profesa la doctrina de que, delinquiéndose en perjuicio de un extranjero, las obligaciones de la sociedad internacional prescriben que el Representante del Estado signifique en nombre del último su desaprobación de la ofensa y el propósito de procurar su castigo, á fin de diversificar al culpado de la sociedad política á que pertenece. La conducta contraria haría común la causa de uno y otro. Pero, satisfecho el deber con la averiguación del exceso y la imposición de la pena correspondiente, nada más le incumbe hacer. Por lo que le toca á la reparación, no es la República quien la debe; la deben los culpados de los daños, y se puede obtener ó acudiendo á la Alta Corte Federal ó haciendo uso de la acción civil que nace de todo delito, según los artículos 24 y 30 del Código penal. Tan cierto es esto que el moderno y dis

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