Coleccion de acuerdos, ordenes y decretos, sobre tierras, casas y solares, Volumen5;Volumen1880

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Página 209 - Ordenamos que la venta, beneficio y composición de tierras se haga con tal atención, que á los Indios se les dexen con sobra todas las que les pertenecieren, así en particular, como por Comunidades...
Página 99 - ... los indios lo que buenamente hubieren menester para labrar y hacer sus sementeras y crianzas, confirmándoles en lo que ahora tienen y dándoles de nuevo lo necesario, toda la demás tierra quede y esté libre y desembarazada para hacer merced y disponer de ella a nuestra voluntad.
Página 208 - Pueblos y Reducciones, tengan comodidad de aguas, tierras y montes, entradas y salidas, y labranzas, y un ejido de una legua de largo, donde los indios puedan tener sus ganados, sin que revuelvan con otros de españoles.
Página 14 - ... a los pueblos, que no sean de dominio particular o de comunidades; mas si las tierras de comunidades fuesen muy cuantiosas con respecto a la población del pueblo a que pertenecen, se repartirá, cuando más, hasta la mitad de dichas tierras, debiendo entender en todos estos repartimientos las diputaciones provinciales, las que designarán la porción de terreno que corresponda a cada individuo, según las circunstancias particulares de éste y de cada pueblo.
Página 14 - Todos los terrenos baldíos o realengos y de propios y arbitrios, con arbolado y sin él, así en la Península e Islas adyacentes como en las Provincias de Ultramar excepto los ejidos necesarios a los pueblos se reducirán a propiedad particular...
Página 99 - Nos, o en nuestro nombre, conviene que toda la tierra, que se posee sin justos y verdaderos títulos, se nos restituya, según y como nos pertenece...
Página ix - Circunscriptos en el círculo que forma un radio de seiscientas varas, que señala la ley a sus pueblos, no tienen propiedad individual. La de sus comunidades, que cultivan apremiados y sin interés inmediato, debe ser para ellos una carga tanto más odiosa cuanto más ha ido creciendo de día en día la dificultad de aprovecharse de sus productos en las necesidades urgentes que vienen a ser insuperables por la nueva forma de manejo que estableció el código de intendencias...
Página 99 - Gobernadores pareciere necesario para plazas, ejidos, propios, pastos y baldíos de los lugares, y concejos, que están poblados, así por lo que toca al estado presente en que se hallan, como al porvenir, y al aumento que puede tener, y repartiendo a los indios lo que buenamente hubieren menester para...
Página 208 - Ordenamos, que las estancias de ganado mayor no se puedan situar dentro de legua y media de las reducciones antiguas, y las de ganado menor media legua: y en las reducciones que de nuevo se hicieren haya de ser el término dos veces tanto...
Página 117 - ... mejor política y mayor piedad fundar sobre ellos un tesoro de subsistencias , para sacar de la miseria gran número de familias pobres , que dejar en su libre aprovechamiento un cebo á la" codicia de los ricos ganaderos y un inútil recurso á los miserables.

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