Derecho internacional privado

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J. Rueda, 1904 - 294 páginas
 

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Página 186 - Sin embargo, las sucesiones legítimas y las testamentarias, así respecto al orden de suceder como á la cuantía de los derechos sucesorios y á la validez intrínseca de sus disposiciones, se regularán por la ley nacional de la persona de cuya sucesión se trate, cualesquiera que sean la naturaleza de los bienes y el país en que se encuentren.
Página 239 - Art. 22. No son susceptibles de extradición los reos de los siguientes delitos: El duelo; El adulterio; Las injurias y calumnias; Los delitos contra los cultos.
Página 291 - Conforme á lo dispuesto en el art. 12, lo establecido en los artículos 9.° , 10 y 11 , respecto á las personas, los actos y los bienes de los españoles en el extranjero y de los extranjeros en España, es aplicable á las personas, actos y bienes de los españoles en territorios ó provincias de diferente legislación civil.
Página 267 - Que la obligación para cuyo cumplimiento se haya procedido, sea lícita en España. 4." Que la carta ejecutoria reúna los requisitos necesarios en la nación en que se haya dictado, para ser considerada como auténtica, y los que las leyes españolas requieren para que haga fe en España.
Página 154 - El autor de toda obra literaria o artística y sus sucesores, gozarán en los Estados signatarios de los derechos que les acuerde la Ley del Estado en que tuvo lugar su primera publicación o producción.
Página 241 - El Juez ó Tribunal que conociere de la causa acordará de oficio ó á instancia de parte, en resolución fundada, pedir la extradición desde el momento en que, por el estado del proceso y por su resultado, sea procedente con arreglo á cualquiera de los números de los artículos 826 y 827.
Página 156 - Las responsabilidades en que incurran los que usurpen el derecho de propiedad literaria ó artística, se ventilarán ante los Tribunales y se regirán por las leyes del país en que el fraude se haya cometido.
Página 247 - La jurisdicción ordinaria será la única competente para conocer de los negocios civiles que se susciten en territorio español entre españoles, entre extranjeros y entre españoles y extranjeros.
Página 155 - El derecho de propiedad de una obra literaria ó artística comprende para su autor la facultad de disponer de ella, de publicarla, de enajenarla, de traducirla ó de autorizar su traducción y de reproducirla en cualquier forma. Art. 4.°...
Página 254 - Cuando haya de practicarse un emplazamiento ú otra diligencia judicial en país extranjero, se dirigirán los exhortes por la vía diplomática, ó por el conducto y en la forma establecida en los Tratados, y á falta de éstos en la que determinen las disposiciones generales del Gobierno Supremo. En todo caso se estará al principio de reciprocidad.

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