Revista general de legislación y jurisprudencia, Volúmenes10-11Editorial Reus, 1857 |
Contenido
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Términos y frases comunes
1.º de enero 1.º de mayo 11 de julio 30 de setiembre Academia Administracion Aduanas alumnos aplicacion aprobacion aprobado arreglo autor autorizacion autorizando Ayuntamientos blica cion civil clase Cláudio Moyano Código comision concede Consejo Considerando Constitucion consulta curso Dado en Palacio debe declarando delito derecho despues diciembre dictando digo á V. I. Director disposiciones efectos ejecucion enseñanza esclusivamente Escuela espediente espresa establecimientos estranjero estudios facultad fiscal Gaceta Gobernacion Gobernador guarde á V. S. Guerra habia halla id.-Real órden Instruccion pública invencion Jefes juez julio jurisprudencia justicia leccion diaria legislacion Madrid mandando Marina Ministerio noviembre objeto octubre Oficiales órden lo digo pago palimpsesto pena penal plazo podrán presente Presidente primera privilegio procedimiento provincia provinciales publicacion pueblos Real decreto Real órden recurso de casacion Reglamento reglas Reina Q. D. G. respecto rubricado S. M. la Reina seccion segunda sentencia servicio setiembre sociedad tambien tículo título Tribunal Supremo vigente
Pasajes populares
Página 205 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 229 - Restablecer en toda su fuerza las reglas cardinales de los juicios, consignadas en nuestras antiguas leyes, introduciendo las reformas que la ciencia y la esperiencia aconsejan , y desterrando todos los abusos introducidos en la práctica.
Página 304 - Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española Reina de las Españas : á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente : Artículo 1 .° Se autoriza al Gobierno de SM para otorgar á lo
Página 198 - SM lo comunico á VS para su inteligencia y efectos correspondientes. Dios guarde á VS muchos años. Madrid 12 de mayo de 1849. — San Luis. — Sr. Jefe político de Id.
Página 16 - El autor de cualquiera obra publicada en una de las dos naciones, que se reserve el derecho de traducción, gozará por el término de cinco años, contados desde la fecha en que se haga la primera publicación de la traducción de su obra autorizada por él, del privilegio de protección contra la publicación en el otro país de cualquiera traducción de su obra que el autor no haya autorizado , con las condiciones siguientes: 1.°...
Página 15 - Gobierno de la República de Panamá, a Philippe Bunau-Varilla, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República de Panamá, especialmente facultado para tal objeto por ese Gobierno, quienes después de haberse comunicado...
Página 386 - De Real orden lo digo á VI para su inteligencia y efectos consiguientes. Dios guarde á VI muchos años. Madrid 30 de Noviembre de 1870.
Página 19 - Plenipotenciario cerca de SM la Reina del Reino Unido de la Gran Bretaña é Irlanda.
Página 282 - SM lo digo á VE para su conocimiento y fines consiguientes. Dios guarde á VE muchos años.
Página 18 - Las Altas Partes contratantes se reservan, sin embargo, la facultad de introducir, de común acuerdo, en el presente Convenio, cualquiera modiíi -ación que no crea incompatible con su espíritu y sus principios, y que la experiencia demostrase ser conveniente.