Registro oficial, Volúmenes19-20

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Tip. de la Revolución, 1892
 

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Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 495 - No podrán ser testigos en las escrituras públicas los menores de edad no emancipados, los dementes, los ciegos, los que no tengan domicilio ó residencia en el lugar, las mujeres, los que no sepan firmar...
Página 527 - El Senado y Cámara de Diputados sancionan con fuerza de— LEY Art. 1° Latinidad Monetaria de la República Argentina, será el peso de oro ó plata.
Página 242 - ... principio umversalmente admitido en las relaciones internacionales y resultando de lo expuesto por el Ministro de la República en Washington de la nota que antecede del Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Chile y demás antecedentes que se...
Página 495 - ... que fuese firmada, que puede serlo cualquier día aunque sea domingo, ó feriado, ó de fiesta religiosa; el Escribano debe dar fe de...
Página 200 - El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia sancionan con fuerza de — LEY : Art.
Página 161 - El que en un solo edificio tenga dos ó mas almacenes ó tiendas separadas, con puertas abiertas para la venta al público, aunque se comunique...
Página 494 - El escribano formará el registro con la colección ordenada de las escrituras matrices autorizadas durante el año, haciendo uno ó más tomos foliados.
Página 495 - ... escrituras públicas, los parientes del oficial público dentro del cuarto grado, los comerciantes fallidos no rehabilitados, los religiosos y los que por sentencia estén privados de ser testigos en los instrumentos públicos.
Página 273 - Si el terreno cuyo deslinde se v< á rectificar hubiese sido medido á rumbos magnéticos, en este caso, es preciso deducir cuales fueron los verdaderos que siguieron ó por la designación de aquella diligencia, si allí* consta la variación, ó por las trazas existentes, ó por medio de una formal declaración de los vecinos ú otros que hubiesen estado presentes cuando se midió por primera vez ó bien que hubiesen conocido los mojones del campo, lo cual se han constar en la diligencia de mensura.
Página 496 - Son nulas las escrituras que no tuviesen la designación del tiempo y lugar en que fuesen hechas, el nombre de los otorgantes, la firma de las partes, la firma á ruego de ellas cuando no saben ó no pueden escribir, las procuraciones ó documentos habilitantes y la presencia y firma de dos testigos en el acto.

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