| Mexico - 1854 - 550 páginas
...propia orden, expresando retener en sí mismo el valor de ella. Art. 326. Puede también librar á cargo de una persona para que haga el pago en el domicilio de un tercero. Art. 327. Es igualmente permitido librar en nombre propio y cuenta de un tercero; mas toda la responsabilidad... | |
| José Julián Tornel y Mendivil - 1854 - 264 páginas
...á su propia orden, espresando retener en sí mismo el valor de ella, 325: puede también librar á cargo de una persona, para que haga el pago en el domicilio de un tercero, 326: es igualmente permitido librar en nombre propio, y cuenta de un tercero; mas toda la responsabilidad... | |
| 1886 - 620 páginas
...compensarlo en la forma y tiempo qne ambos hayan convenido al hacer el contrato de cambio. Art. 446. El librador podrá girar la letra de cambio: 1° A su propia orden, expresando retener en ti mismo el valor de ella. 2° Á cargo de ana persona, para qoe haga el pago... | |
| Buenos Aires (Argentina : Province) - 1860 - 424 páginas
...desvanecida por la prueba contraria. AKT. 781. Una letra puede jirarse: 1. ° A la orden del librador. 2. ° A cargo de una persona para que haga el pago en el domicilio de un tercero. 3. ° En nombre propio por orden y cuenta de un tercero, espresándose así en la letra. La responsabilidad... | |
| Uruguay - 1866 - 386 páginas
...desvanecida por la prueba contraria. ARTÍCULO 79 í. Una letra puede girarse: 1.° A la orden del librador.' 2.° A cargo de una persona para que haga el pago en el domicilio de un tercero. 3.° En nombre propio por orden y cuenta de un tercero, espresándose así en la letra. La responsabilidad... | |
| Mexico - 1869 - 350 páginas
...si el pago debe hacerse en el lugar de su giro. • ARTICULO 1033. Igualmente es permitido librar ú cargo de una persona para que haga el pago en el domicilio de un tercero. ARTICULO 1034. También puede librarse en nombre propio por orden y cuenta de un tercero, y expresarse... | |
| Paraguay - 1904 - 984 páginas
...ser desvanecida por la prueba contraria. «oí Una letra puede girarse: 1° A la orden del librador, 2° A cargo de una persona para que haga el pago en el domicilio de un tercero; 3° En nombre propio, por orden y cuenta de un tercero expresándose asi en la letra. no adquiere derecho... | |
| Spain - 1882 - 446 páginas
...compensarlo en la forma y tiempo que ambos hayan convenido al hacer el contrato de cambio. Art. 448. El librador podrá girar la letra de cambio: 1 .° A su propia orden, expresando retener en si mismo el valor de ella. 2.° A cargo de una persona, para que haga el pago... | |
| Spain - 1885 - 384 páginas
...compensarlo en la forma y tiempo que ambos hayan convenido al hacer el contrato de cambio. Art. 446. El librador podrá girar la letra de cambio; 1 .° A su propia orden, expresando retener en sí mismo el valor de ella. 2.° A cargo de una persona, para que haga el pago... | |
| Spain - 1886 - 712 páginas
...la letra de cambio: 1° Á BU propia orden, expresando retener en sí mismo el valor de ella. 2° Á cargo de una persona, para que haga el pago en el domicilio de un tercero. 3° Á BU propio cargo, en lugar distinto de su domicilio. 4° Á cargo de otro, en el mismo punto de la... | |
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