Sentencias Del Tribunal Supremo,en su Sala Primera |
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... tercera de la Audiencia de este terri- torio dictó sentencia en 11 de Febrero último , revocando la apelada y mandando ' se devolviesen los autos al Juzgado para que sostuviera su jurisdiccion á fin de obtener la acumulacion referida ...
... tercera de la Audiencia de este terri- torio dictó sentencia en 11 de Febrero último , revocando la apelada y mandando ' se devolviesen los autos al Juzgado para que sostuviera su jurisdiccion á fin de obtener la acumulacion referida ...
Página 18
... tercera de la Audiencia de Búrgos por D. José Diaz Calderon y Cas- tresana , como marido de Doña Margarita Ruiz y Perez , con D. Angel Ruiz de la Cueva y con Doña Amalia , Doña Adelaida , D. Angel , Doña Genara , Doña María Amparo y D ...
... tercera de la Audiencia de Búrgos por D. José Diaz Calderon y Cas- tresana , como marido de Doña Margarita Ruiz y Perez , con D. Angel Ruiz de la Cueva y con Doña Amalia , Doña Adelaida , D. Angel , Doña Genara , Doña María Amparo y D ...
Página 19
... tercera de la Audiencia de Búrgos , por sentencia de 3 de Marzo de 1869 , mandó tener presente la pretension de Diaz Calderon , sobre la intervencion del caudal para cuando se hubiera ratificado D. Angel Ruiz de la Cueva en un escrito ...
... tercera de la Audiencia de Búrgos , por sentencia de 3 de Marzo de 1869 , mandó tener presente la pretension de Diaz Calderon , sobre la intervencion del caudal para cuando se hubiera ratificado D. Angel Ruiz de la Cueva en un escrito ...
Página 21
... tercera de la Audieucia de Búrgos , no recae sobre definitiva ni pone término al juicio , haciendo imposible su continuacion , puesto que no declara ni resuelve ningun derecho sustancial , sino meramente una cuestion de procedimiento ...
... tercera de la Audieucia de Búrgos , no recae sobre definitiva ni pone término al juicio , haciendo imposible su continuacion , puesto que no declara ni resuelve ningun derecho sustancial , sino meramente una cuestion de procedimiento ...
Página 22
... tercera de la Audiencia de Valladolid . En sus CONSIDERANDOS se establece : Que la ley 21 , tit . 29 , Partida 3.a no está derogada por la 5. * . titulo 8. ° , libro 11 de la Novisima Recopilacion , porque ámbas se refieren á diferentes ...
... tercera de la Audiencia de Valladolid . En sus CONSIDERANDOS se establece : Que la ley 21 , tit . 29 , Partida 3.a no está derogada por la 5. * . titulo 8. ° , libro 11 de la Novisima Recopilacion , porque ámbas se refieren á diferentes ...
Términos y frases comunes
Abril accion acreedores admitida Agosto alegando Antonio apelado arreglo artículos Audiencia autos Cáceres cantidad capital casacion interpuesto Castilla causa celebrando cion citada condenase condicion confirmó Considerando contrato costas cuenta cumplido dado debemos debia declarando demanda demandante derecho despues Diciembre dictó doctrina documentos Doña María efecto Enero Enjuiciamiento civil entrega escritura estaba establece expresa Fallamos falta favor Febrero fincas firmamos Francisco fundado Gonzalez habia hallaba herederos Herrera hijos hubiese infringido intereses interpuso Joaquin José José María Juez juicio Julio Junio Juzgado de primera legal libro Madrid Magistrado mandamos Manuel Marzo Mayo Muro necesarias nombre Noviembre núm objeto obligacion obligaciones Octubre otorgada padre pago pasándose Pedro pleito poder podia presente primera instancia procede pronunciamos prueba pública pudiera puesto quedaba razon Real recibido recurso de casacion referida respecto Resultando Sala primera seguido segunda SENT sentencia Setiembre siendo Sociedad tambien tenia tercera término tít título Tribunal Supremo último venta villa virtud vista
Pasajes populares
Página 547 - En los juicios en que se ejerciten acciones personales-, será Juez competente el del lugar en que deba cumplirse la obligación, y á falta de éste, á elección del demandante, el del domicilio del demandado ó el del lugar del contrato, si hallándose en él, aunque accidentalmente, pudiera hacerse el emplazamiento.
Página 479 - Fallamos, que debemos declarar y declaramos que el conocimiento de estos autos corresponde al Juez de primera instancia...
Página 429 - Octubre de 1852, segun la que los Tribunales no son arbitros de calificar de plena prueba la que no reconocen las leyes como tal, ni deben formar su criterio judicial fuera de las reglas establecidas por derecho ni hacer uso de conjeturas, y el art.
Página 489 - Para que recaiga la reposición del auto de declaración de quiebra, ha de probar el quebrado la falsedad ó insuficiencia legal de los hechos que se dieron por fundamento de ella, y que se halla corriente en sus pagos.
Página 79 - Nos por recurso de casación seguidos en el Juzgado de primera instancia del distrito de Palacio de Barcelona y en la Sala tercera de la Real Audiencia de la misma ciudad por Doña Viotorina Aitemus con O.
Página 68 - Fallamos que debemos declarar y declaramos no haber lugar al recurso de casación por infracción de ley interpuesto por la Sociedad Carmona y Compañía, á quien condenamos en las costas y á la pérdida de la cantidad depositada, que se distribuirá con arreglo á la ley; y líbrese á la Audiencia de Oviedo la certificación correspondiente, con devolución de los autos.
Página 61 - Fuera de los casos de sumision espresa ó tácita , de que tratan los artículos anteriores, es Juez competente para conocer de los pleitos en que se ejerciten acciones reales sobre bienes inmuebles, el del lugar en que esté la cosa litigiosa, ó cualquiera de ellas, si fueren varias.
Página 479 - Tribunal de comercio de esta corte, al que se remitan unas y otras actuaciones para lo que proceda con arreglo á derecho.
Página 309 - En los que no lo tengan, desde el día en que el acreedor interpelare judicialmente al deudor, ó le intimare la protesta de daños y perjuicios hecha contra él ante un juez, notario ú otro oficial público autorizado para admitirla.
Página 588 - Será Juez competente para conocer de los pleitos á que dé origen el ejercicio de las acciones de toda clase, aquel á quien los litigantes se hubieren sometido expresa ó tácitamente.