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Pagos el Abogado Consultor y el Jefe del Negociado, "que hará de Secretario. by conte 1

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2 Las proposiciones se entregarán al Presidente de la Junta, en pliegos cerrados, segun el modelo adjunto, acompañados de la carta de pago que acredite haber consignado en la Depositaría de este Ministerio, en metálico ó en acciones de las emitidas por el Gobierno, el por 100 del importe nominal de cada proposicion.

3. La misma Junta fijará antes de la subasta el precio mínimo á que ha de hacerse la adjudicacion de las acciones. Antes de abrirse los pliegos de las proposiciones se leerá el que contenga el precio mínimo acordado por la Junta, desechándose desde luego las proposiciones que no lleguen al tipo fijado.

4. Las demás pro se admitirán por el órden si

guiente:

Primero. Serán preferidas las de precios más altos, y así sucesivamente hasta el fijado como mínimo.

Segundo Si hubiese dos de precios iguales, se dará la preferencia á la de mayor cantidad.

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Tercero Si las proposiciones admisibles excediesen de la cantidad subastada, se reducirá la última a la que sea necesaria para cubrirla. ahsingle of nakts 6 89

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Cuarto. Si con dos ó; mas proposiciones iguales en capital y precio se cubriese la subasta, se abrirá licitacion verbal por quince minutos, admitiéndose pujas de medio por 100 sobre el precio ofrecido, y se adjudicará al que ofrezca el mayor. En caso de no haber pujas, se hará la adjudicacion entre ellas por partes iguales. Los interesados en las proposiciones que sean aceptadas. harán las entregas en la forma siguiente atach i sa obug!

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50 por 100 el 15 de Mayo de este año. 251 por 100 el 10 de Junio pipes in my zorganizi 25 por 100 el 10 de Julio próximo, chiaro, etzibarı dud - hem kh quedando todo el depósito en garantía hasta la entrega del último plazo, y recibiendo al verificar la de cada una de ellos, las acciones equivalentes, y si estas no estuvieran corrientes para la emision, las carpetas provisionales que las representen con los mismos derechos que aquellas. Estas carpetas serán canjeadas tan pronto como las acciones se hallen dispuestas para su emision.nottin 6. Las cartas de pago que acrediten los depósitos serán devueltas en el acto á los interesados, cuyas proposiciones no hayan sido aceptadas, reservando en caja las correspondientes a las admitidas.

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Madrid 7 de Abril de 1858 il lorong olid is com 1. Aprobado por S. M. Joaquin Ignacio, Mencosub ob of serot

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acciones del Canal de

El que suscribe se obliga a tomar Isabel I al tipo de con arreglo a lo dispuesto en el Real døl creto é instrucción de 7 de Abril último habiendo depositado la cantidad correspondiente, segun la-adjunta carta de pago. - 1944 Madrid...de... de 1858 try na entpoumi i

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Real ordeni, aprobando varias obras para que puedan servir de texto en las Escuelas de Instruccion primaria.

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La Reina (Q. D. (i.); de acuerdo con el dictamen de la' primera Seccion del Real Consejo de Instruccion pública, encargada de censurar y justipreciar las obras que han de servir de texto en las escuelas de instruccion primaria, ha tenido por conveniente aprobar las contenidas en la lista núm. 41, y desaprobar las de la señalada con el núm. 42, sin perjuicio de que se corrija cualquier error que en ellas se advierta, y de lo dispuesto en el tit. 5. de la seccion primera de la ley de 9 de Setiembre último

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De Real órden, comunicada por el Sr. Ministro de Fomento, lo lo digo á V. S. para su inteligencia y efectos consiguientes. Dios guarde á V. S muchos años. Madrid & de Abril de 1858. El Director general de instruccion pública, Eugenio de Ochoa. Señor Gobernador de la provincia destemunha horool, & alimlyt/

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Obras aprobadas y justipreciadas para la enseñanza en las escuelas alipeol mills/ de instrucción primaria...l wisĄ N

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Silabario, por D. Tomás Aranáz y Barrera, impreso en Madrid, 1856, á 50 céntimos en rústicat

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Nociones de higiene doméstica, por D, Domingo de Miguel, im presa en Barcelona, 1857, à real en rústica.loloqu ou autr Máximas y preceptos sacados de los libros sagrados, por Don Ventura Anton Sedaño, impresa en Sevilla, 1857, á 6 reales en rústica. sonilul. z sioul slob robot/

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Aritmética para uso de las escuelas Pías, por el Reverendo Padre Juan Cayetano Losada de la Virgen del Carmen, impresa en Madrid, 1857, á 3 rs. en rústica.

Ensayos preliminares de Aritmética, por D. Robustiano Perez de Santiago, impreso en Orense, 1857, á 50 céntimos en rústica. ... Sistema métrico-decimal, por D. M. G. y D. B. S., impreso en Orense, 1857, á 72 céntimos en rústica.

Elementos de Aritmética decimal, con sus aplicaciones al sistema métrico, por D. Mariano Castiñeira, impresa en Córdoba, á 4 rs. en rústica.

Tratado de Aritmética, por D. Rafael Tapia Bindi, impresa en Sevilla, 1857, á 4 rs. en rústica.

Definiciones de Aritmética métrico-decimal, por D. Leonardo Manuel Lorenzo y Cerdeño, impresa en Toledo, 1854, á 72 céntimos en rústica.

Breve exposicion del sistema métrico-decimal, por D. Miguel Rosanes, impresa en Valencia, 1853, à real y 18 centimos en rústica.

Nociones de Aritmética con la explicacion del sistema métrico y del de monedas, por D. Melchor Perez García. impresa en Granada, 1856, á 2 rs. en rústica.

Elenientos de Aritmética, por D. Carlos Arce Fernandez, impresa en Valladolid, 1856, á 3 rs. en rústica.

Nueva definicion de Aritmética, por D. José Antonio Jimenez, impresa en Granada, 1855, á 72 céntimos en rústica.

Sistema métrico-decimal de pesas, medidas y monedas, por D. Javier Cabanas, impresa en Granada, 1856, á 4 rs. en rústica, Elementos de Aritmética razonada, por D. Gregorio Torrecilla, impresa en Madrid, 1856, á 4 rs. en rústica. 141 Aritmética de niños, por el mismo; impresa en Madrid, 1856, ángers. en rústica.b nicege

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Aritmética decimal y demostrada, en dos tomos, por D. Lorenzo Tranque, impresa en Gerona, 1856, à 8 rs. en rústica.

Nociones de Aritmética con la explicacion del sistema métricodecimal, por D. José Homs, impresa en Vich, 1855, á 3 rs. en

Aritmética para los niños, por D. Acisclo F. Vallin y Bustillo, impresa en Madrid, 1857, à 4rs. en rústica.

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LISTA NÚMERO 12.5 69

Obras no aprobadas para la enseñanza en las escuelas de instruccion not! og zobst,ne zondi primaria.

El popular, sistema métrico-legal de pesas y medidas por Don' Victor de la Muela y Martinez.

Tratado de la esfera celeste y su aplicacion al globo terrestre, por D. José del Pino y Arroyo.

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256.

DIRECCION GENERAL DE OBRAS-PUBLICAS,Cmd », 1

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Circular, detallando con la debida separacion los capítulos y artículos del presupuesto á que deben cargarse las indemnizaciones de los Ingenieros y empleados de obras públicas...

Observándose por esta Direccion que se ofrecen algunas dudas acerca del capítulo del presupuesto a que deben cargarse las indemnizaciones de los Ingenieros y Subalternos en los diferentes servicios del ramo, acompaño a V. S. una nota en que se detalla con la separacion que tiene en el presupuesto el abono de las ex presadas indemnizaciones, con el fin de que le sirva á V. S: de gobierno.

Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 8 de Abril de 1858. Ramon de Echevarría. Sr. Ingeniero Jefe del distrito de............. **~

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NOTA DE LOS CAPITULOS Y ARTICULOS A QUE DEBEN CARGARSE LAS INPEMNIZACIONES DE INGENIEROS Y SUBALTERNOS.

Servicio ordinario.—Obras.

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Al cap. 38, art. 4. Las indemnizaciones de los que se hallen empleados en el servicio de las obras de todas clases en los dis tritos, exceptuando los que se indican en el cap. 41.

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Al cap. 41, art. 1. Las de los que se hallen empleados en servicio ordinario de las divisiones de ferro-carriles.

Servicio extraordinario.—Proyectos.

Al cap. 1. ̊, art. 1. Las de los que se hallen empleados en estudios de carreteras de primer órden.

Los de segundo órden.
Los de tercer órden.

Al cap. 2., art. 1.
Al cap. 3., art. 1.
Al cap. 4., art. 1.
proyectos de ferro-carriles.

Las de los que se ocupen en estudios de

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Al cap. Bart. 1 Las de los que se empleen en estudios de obras en aguas, rios y canales. won f 7 but 145 sat mg Al cap. 6. Las de los que se empleen en estudios de obras de navegacion marítima, colocando en el art. 1. de este capítulo los de puertos; en el segundo los del faros, y en el tercero los de valizas, boyas y muertos.

Las demás que no se expresan en esta nota se pagarán del servicio general, cap. 38, art. 4.°

Madrid 8 de Abril de 1858.-El Director general, Ramon de Echevarría.

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estorstad es (9'Abril: publicado en it del mismo.)

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Real decreto, arreglando el personal de las Oficinas de la Comision dé Estadística general del Reino,, at deo, autotom shung

Señora: La Comision de Estadística general del Reino que presido, y que en breve espacio de tiempo y por entre dificultades varias ha planteado trabajos de consideracion y trascendencia, cuyo primer resultado será la próxima publicacion del censo general de la poblacion de España, del nomenclator y del anuario, acordó en 23 de Mayo de 1857 la planta del personal que le pareció indispensable para su oficina, y fijó al mismo tiempo la suma propor*****que cionada para el material, contando con las impresiones ordinarias y extraordinarias.

En su vista, y estando ya en vigor los presupuestos del presente año, donde se fijan las partidas necesarias al efecto, tengo la honra, de de acuerdo con el Consejo de Ministros, de proponer á V. Y. M. el adjunto Real decreto para el arreglo, definitivo de aquella dependencia.

Madrid 9 de Abril de 1858.

Javier de Isturiz.

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SEÑORA.—A L. R. P. de V. M.

2015 REAL DECRETO

En vista de lo que, de acuerdo con mi Consejo de Ministros, me ha propuesto su Presidente, vengo en decretar log que sigue: 1. El personal de las oficinas de la Comision de Estadística general del Reino se se compondrá: de un Oficial mayor, Jefe de Administracion de cuarta clase de Hacienda pública, con el sueldo anual de 26,000 rs. ; de un Oficial primero, Jefe de negociado de

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