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en lo sucesivo observen, sea dirigida al bien y felicidad de todas ellas.

Deseo con ansia saber el resultado de la reunión del congreso en Córdoba. Dios les inspire acierto para formar un centro de impulsión y de respetabilidad á esos pueblos, y haga su bien. Once años de desgracias, deben enseñarnos la carrera que debemos seguir, para que nuestros hijos gocen con honor y tranquilidad los bienes de nuestra independencia.

Los papeles públicos habrán á V. impuesto de la toma de las fortalezas del Callao y demás incidentes de la campaña. El destino del Perú ya es irrevocable.

Á Dios, mi querido amigo. Disponga V. del afecto de su invariable. JOSÉ DE SAN MARTÍN.

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Muy apreciado amigo: El gral. de División Dn. Diego Paroissiens y el Ministro de Estado Dn. Juan García del Río, pasan por ésa hasta la Europa, á asuntos de este estado. Ambos son mis distinguidos amigos. Como no tienen conocimientos en ésa, suplico á V. me los atienda en un todo mientras estén en ésa, á cuyo favor quedará eternamente agradecido, su invariable servidor y amigo. JOSÉ DE SAN MARTÍN.

APÉNDICE N.o 16, AL CAP. XIII, § VII

INSTRUCCIONES RESERVADAS PARA LA RECONQUISTA DE CHILE, dadas por el Gobierno Argentino en 1816 y 1817 al general San Martin (Originales).

Reservadisimo.

Oficio de remisión.

Tengo el honor de acompañar á V. E. de orden

del director supremo las instrucciones reservadas á que debe arre

glarse en la campaña sobre Chile en los ramos de Guerra, Gobierno y Hacienda, previniendo á V. E., que á correo inmediato se le remitirán las tintas simpáticas para el uso de las comunicaciones reservadas en lugar de la clave de que se habla en el artículo 18 de dicha instrucción.

Buenos Aires, diciembre 24 de 1816. - Juan Florencio Terrada. Excmo. Sr. Capitán D. José de San Martín.

Instrucciones reservadas que deberá observar el Capitán Gral. del Ejército de los Andes Dn. José de San Martín en las operaciones de la campaña destinada á la reconquista de Chile.

Guerra.

1.o La consolidación de la independencia de la América de los reyes de España, sus sucedores y metrópoli, la gloria á que aspiran en esta grande empresa las provincias unidas del sud, son los únicos móviles á que debe atribuirse el impulso de la campaña. Esta idea la manifestará el gral. ampliamente en sus proclamas, la difundirá por medio de sus confidentes en todos los pueblos, y la propagará de todos modos. El ejército irá impresionado de los mismos principios. Se velará no se divulgue en él ninguna especie que indique saqueo, opresión, ni la menor idea de conquista, ó que se intenta conservar la posesión del país auxiliado.

2. Para seguridad de los pertrechos de guerra, víveres y demás artículos que se depositen en los almacenes de reserva, y para establecer un camino ó línea permanente de comunicaciones con la provincia de Mendoza, después de haber cruzado los Andes, construirá una fortificación de campaña en el pueblo, caserío ó sitio más aparente, que franquee un paso sostenido á los ulteriores. auxilios que deben remitírsele.

3. La decisión ó retracción de los naturales de Chile á proteger el ejército auxiliador, contribuirá á un cálculo arreglado sobre el bueno ó mal éxito de la campaña. En el primer caso, las operaciones del ejército deben ser rápidas; en el segundo, el gral. detendrá su curso, si se considerase débil en competencia con el enemigo.

Se acantonará en un lugar fuerte, y dirigirá inmediatamente partes circunstanciados á este gobierno.

4. La mayor parte del ejército del enemigo se compone de americanos, por consiguiente, al general tocará todo arbitrio para introducir en ella el descontento y la división con la que proceda de España y Lima, reduciéndola si es posible á tres partidos. El contagio de la deserción será propagado por agentes secretos, y habrá libertad en los premios á los primeros desertores. Al principio de campaña, los soldados patricios al servicio del enemigo serán tratados con benignidad, pero con extremada cautela.

5. La conservación de la fuerza procedente de estas provincias será siempre la que inspire mayor confianza en la terminación feliz de la campaña. Se evitará por lo mismo cuanto sea posible su desmembración en pequeñas acciones. Se adoptará con preferencia la guerra de recursos, y las armas sólo se empeñarán en los casos de absoluta necesidad, evitando todo combate cuanto sea posible al principio de la campaña.

6. Sólo por una estrecha precisión y con ventajas muy conocidas se aventurará una batalla con toda la fuerza del ejército, teniéndose presente, que la incertidumbre de sus resultas, expone á una desgracia, que origine la pérdida absoluta de la expedición.

7.o Cuando las circunstancias reclamasen necesario el que se separe alguna división, destacamento ó cuerpo de ejército á operar en otros puntos distantes, no se contará sólo para su apoyo con el auxilio de los naturales del reino, sea cual fuere su decisión, y sí guardará la línea de comunicación, de modo que sea auxiliada por la masa general en caso de ser atacada por fuerzas superiores ó que la necesidad exija su regreso é incorporación al ejército. Los jefes que se destinen á dichas divisiones, deberán ser de la mayor confianza, así para sostener y hacer guardar la debida disciplina, como para precaver se mezclen en fomentar partidos, que perturben el orden y tranquilidad con aspiraciones de mando que juzguen deban establecerse.

8. Desde luego que se entre al territorio de Chile, procurará hacer la recluta voluntaria que pueda facilitarse, con el designio de completar las faltas que tengan las compañías de los cuerpos

del ejército, y de reemplazar las bajas que á las mismas ocurran, continuándolas sucesivamente, aunque aumente veinte ó treinta plazas del número señalado el pie de la dotación de cada compañía. También se formarán compañías separadas, empleando en ellas los oficiales propios del país que sigan la campaña, en cuyo caso convendrá tenga cada una un oficial dependiente del ejército, y un sargento ó cabo. Estas compañías se considerarán sueltas, agregadas á los regimientos hasta que establecido el gobierno del país determine la organización de los cuerpos que crea convenientes.

9. Si el general resolviese arreglar algún regimiento, cuerpos ó división de sólo gente del territorio de Chile, encargará su dirección y mando á jefes de la más completa seguridad, con la precisa condición de permanecer siempre dependiente de sus órdenes. No se permitirá fuerza alguna armada libre de la misma subordinación, ni se reunirá alguna del país tan considerable que venga á aparecer superior á la del ejército. Al intento, según se aumente de un modo notable, se situará en diversos puntos, en forma que se precava toda combinación peligrosa al orden, seguridad y estabilidad del ejército.

10. El mando superior del general en jefe sobre cuantas fuerzas constituyen el ejército, se conservará aun cuando esté erigido el gobierno supremo del país. Las operaciones militares que en tales circunstancias hayan de emprenderse, las combinará el citado general como conceptúe más oportuno, con sólo sujeción á las órdenes que tenga del gobierno de su procedencia.

11. Si las consideraciones dispensadas á los primeros prisioneros hijos del país, en conformidad á lo prevenido en el artículo 4.o, no surtiese el efecto de distraerlos de continuar sus servicios á la inmediación del enemigo, serán remitidos los que sucesivamente se tomen á disposición del gobernador intendente de Mendoza bajo toda seguridad.

12. La misma dirección se dará precisamente á los que sean españoles ó se hayan introducido en el reino al tiempo que lo verificó el ejército del rey, sea cual fuere su origen; entendiéndose que esta medida ha de tener efecto tanto para los prisioneros de que trata este artículo, como para los expresados en el antecedente,

mientras no se halle decidida la suerte de la campaña á favor de nuestras armas. Si los enemigos no dejan que temer se depositarán los prisioneros dentro del país á diposición de su gobierno.

13. La retaguardia del ejército debe quedar siempre segura y libre de peligros. Al efecto, el general en jefe ó sus comisionados, tomarán prolijos informes en el territorio por donde transite el ejército, si existen personas sospechosas, sean españoles ó patricios, de cualquier estado ó clase, y por el más leve indicio de afección á los enemigos, serán levantados ó transportados á Mendoza, ó dentro del mismo país á otro punto en que no den motivos de recelos. Si alguna de las dichas personas se reputase por espía, ó se le descubriese una manifiesta infidencia, será castigado ejemplarmente con sujeción al juicio de la comisión militar del ejército en campaña.

14. Cuando los enemigos, continuando su bárbara conducta en la guerra de América, no guardaren con nuestras tropas, ó particulares de distinguido patriotismo, el derecho de gentes y consideciones de la humanidad, se le corresponderá con el de represalia y la retaliación consiguiente á su manejo.

15. Los puertos de Concepción, Valparaíso, Huasco y Coquimbo serán un objeto de la principal atención del general desde luego que se abra la campaña, y si no pudiese desprenderse sin riesgo de una división para ocupar alguno ó algunos, especialmente Valparaíso, influirá de todos modos á los habitantes de sus poblaciones y comarcas á que se insurreccionen contra los españoles, tomando parte en la libertad de la patria. Al instante procurará adquirir en cada una de ellas seguros confidentes.

16. Luego que el ejército haya emprendido sus marchas de Mendoza, llevando cuanto debe conducir, se remitirán á este gobierno estados que demuestren la fuerza de cada arma de que se compone, parque y demás, que facilite un exacto conocimiento de sus dotaciones, provisiones y empleados.

17. En el curso de la campaña, además de los partes que dirigiera el general á este gobierdo, instruyendo de las novedades que ocurran y crea dignas del superior conocimiento, deberá cada quince días comunicar la posición que ocupa, movimientos del ene

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