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El Ministerio, 1890
 

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Pasajes populares

Página 565 - Presidente Constitucional de la República Argentina, a todos los que el presente vieren, ¡salud! Por cuanto...
Página 566 - El nombramiento de los dos peritos á que se refieren los artículos 1.° y 4.° del tratado de límites de 1881, se hará por los gobiernos signatarios dentro del término de dos meses, contados desde el canje de las ratificaciones de este convenio. II. Para auxiliar...
Página 568 - Santiago ó en la de Buenos Aires, en el más breve plazo posible. En fe de lo cual, los plenipotenciarios de ambos gobiernos firmaron el presente convenio, en doble ejemplar, en Santiago de Chile, á los veinte días del mes de agosto de 1888.
Página 567 - Gobiernos, ó únicamente al de la nación en cuyo territorio se encontraren: en el primer caso, la escolta deberá constar de igual número de plazas por cada parte. VIII Los peritos fijarán las épocas de trabajo en el terreno é instalarán...
Página 565 - Chile; y Su Excelencia el Presidente de la República de Chile, al señor don Demetrio Lastarria, Ministro de Relaciones Exteriores; Quienes, debidamente autorizados al efecto, han acordado las estipulaciones contenidas en las cláusulas siguientes: I.
Página 565 - ... plenipotenciarios, a saber: Su excelencia el presidente de la República Argentina al señor don José...
Página 567 - ... de todos los acuerdos y determinaciones que tomen en esa reunión y en el curso de sus operaciones.
Página 569 - En fe de lo cual, el señor Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Bolivia y el señor Ministro de Relaciones Exteriores de Chile, firmaron y sellaron con sus respectivos sellos, y por duplicado el presente Tratado de Paz y Amistad, en la ciudad de Santiago, a los veinte días del mes de octubre del año mil novecientos cuatro.
Página 567 - ... otro, siempre que las necesidades del servicio así lo aconsejaren. Cada Gobierno proporcionará al perito que nombre y á sus ayudantes los elementos y recursos que necesiten para su trabajo y ambos pagarán en común los gastos que ocasionen las oficinas y el amojonamiento de los límites.
Página 566 - El número de éstos podrá aumentarse en proporción idéntica por una y otra Parte, siempre que los Peritos lo soliciten de común acuerdo. III. Los Peritos deberán ejecutar en el terreno la demarcación de las líneas indicadas en los artículos i.°, 2.° y 3.° del Tratado de Límites.

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