Imágenes de páginas
PDF
EPUB

POR

DON FERMIN

ABELLA

QUE SE VENDEN EN LA ADMINISTRACION

PLAZA DE LA VILLA, 4, BAJO, MADRID.

ADMINISTRATIVAS.

[ocr errors]

Derecho administrativo provincial y municipal: cinco voluminosos tomos.-Precios: En Madrid, 30 pesetas.-En provincias, 32.-En holandesa, 8 pesetas más.-Baja de 5 pesetas á los suscritores. Manual del Secretario de Ayuntamiento, con formularios.-Edicion de 1878.-En Madrid, 30 rs.-En provincias, 32.-En holandesa, 6 reales más. Manual de las atribuciones de los Alcaldes en el gobierno político de los distritos municipales.-En Madrid, 20 rs.-En provincias, 22.— En holandesa, 4 rs. más.

Manual de policía urbana.-En Madrid, 20 rs.-En provincias, 22.– En holandesa, 4 rs. más.

Manual de desamortizacion civil y eclesiástica.-1879.-Tomo de 1000 páginas: 40 rs. en rústica y 46 en holandesa.

Manual de Quintas arreglado á la ley de 28 de Agosto de 1878.-En Madrid y provincias, 16 rs.-En holandesa, 20.

Manual de la contribucion de inmuebles, cultivo y ganaderia.-Segunda edicion.-1879.-En Madrid, 12 rs.-En provincias, 13.En holandesa, 4 rs. más.

Manual de Sanidad terrestre y maritima.-Segunda edicion.-1879. -En Madrid, 20 rs.-En provincias, 22.-En holandesa, 4 rs. más. Manual de la legislacion de minas.-Edicion de 1878.-En Madrid, 12 rs.-En provincias, 13.-En holandesa, 3 rs. más.

Manual de aguas y colonias agrícolas.-Cuarta edicion.-En Madrid, 12 rs.-En provincias, 13.-En holandesa, 3 rs. más. Manual de primera enseñanza.-Segunda edicion.-1879.-En Madrid, 14 rs.-En provincias, 15.—En holandesa, 3 rs. más. Manual de Expropiacion forzosa y obras públicas.-En Madrid, 14 reales.-En provincias, 15.—En holandesa, 3 rs. más.

Manual de Hacienda municipal, presupuestos y cuentas.-En Madrid, 10 rs.-En provincias, 11.-En holandesa, 3 rs. más.

Manual del procedimiento administrativo (apremios).—Quinta edicion.-10 rs. en rústica y 13 en holandesa.

Manual de la legislacion de montes y policía rural.-En Madrid y en provincias, 10 rs.-En holandesa, 13.

Manual para la administracion y recaudacion del impuesto general de consumos, con arreglo á la legislacion vigente.-Cuarta edicion.1878.-En Madrid, 8 rs.-En provincias, 9.-En holandesa, 3 reales más.

Prontuario de la contribucion industrial.-En Madrid, 8 rs.-En provincias, 9.-En holandesa, 3 rs. más.

Manual de amillaramientos, con todos los formularios correspondientes.-En Madrid, 6 rs.-En provincias, 7.-En holandesa, 3 rs. más.

Manual del papel sellado.-En Madrid y en provincias, 6 rs.

Leyes municipal y provincial vigentes.-En Madrid y en provincias,

rs.

Leyes electorales.-En prensa.

Manual de caza, pesca y uso de armas.-En prensa.

Manual de la legislacion del impuesto de derechos reales.-En Madrid y en provincias, 4 rs.

Constitucion del Estado, de 1876.-Precio, 1 real.

JURÍDICAS.

Manual enciclopédico teórico-práctico de los Juzgados municipales, con formularios.-Cuarta edicion.-En Madrid, 32 rs.-En provincias, 34.-En holandesa, 6 rs. más.

Legislacion hipotecaria con las últimas reformas.-Tercera edicion. -1879.-En Madrid, 28 rs.-En provincias, 30.-En holandesa, 6 reales más.

Diccionario abreviado del Derecho civil.-En Madrid, 20 rs.-En provincias, 22.-En holandesa, 4 rs. más.

Manual de formularios para todos los juicios civiles y criminales, ajustados á las respectivas leyes vigentes.-Edicion de 1878.-En Madrid, 20 rs.-En provincias, 22.-En holandesa, 4 rs. más. Ley de Enjuiciamiento civil.-Tercera edicion.-1879.-En Madrid, 12 rs.-En provincias, 13.-En holandesa, 3 rs. más.

Manual de los juicios de testamentaría y abintestato.-Segunda edicion.-1878.-En Madrid, 12 rs.-En provincias, 13.-En holandesa, 3 rs. más.

Código penal ampliado con la legislacion administrativa y otras importantes disposiciones penales.-Sexta edicion.-1879.-En Madrid, 12 rs.-En provincias, 13.-En holandesa, 3 rs. más.

Código penal: edicion económica, que comprende solamente el Código.-1879.-En Madrid y provincias, 6 rs.-En holandesa, 8. Código de Comercio.-Edicion de 1879.-12 rs. en rústica y 16 en holandesa.

Manual teórico-práctico de los Fiscales municipales, ó sea tratado completo de los deberes y atribuciones de estos funcionarios.-En Madrid, 8 rs.-En provincias, 9.-En holandesa, 3 rs. más. Manual de práctica criminal; faltas; sumario.-Cuarta edicion.-1879. -Su precio, 10 rs. en toda España.-En holandesa, 3 rs. mas. Manual del Registro y del matrimonio civil.-Tercera edicion.-En Madrid, 8 rs.-En provincias, 9.-En holandesa, 3 rs. más.

Ley de Enjuiciamiento criminal.-Su precio en toda España, 10 rs. -En holandesa, 13.

Ley de organizacion del poder judicial.—En Madrid y en provincias, 8 rs.-En holandesa, 10.

Formularios para juicios de faltas y causas criminales.-Segunda edicion.-En Madrid y en provincias, 4 rs.

Aranceles judiciales para los negocios civiles y criminales en los Juzgados municipales, de primera instancia, Audiencias y Tribunal Supremo, y los especiales para los Notarios.-Edicion de 1878.-En Madrid y en provincias, 6 rs.

Aranceles de Juzgados municipales: en libro, 3 rs., y en dos pliegos para fijar en la pared, 8 rs.

Publicada por R. D. de 16 de Octubre del finado año 1879 la nueva Compilacion de las disposiciones vigentes sobre el enjuiciamiento criminal, nos apresuramos inmediatamente á redactar con arreglo á ella este Manual, anotándola y ampliándola convenientemente para el mejor servicio de nuestros habituales lectores, haciendo observar al paso, así como tambien en nuestro periódico El Consultor, que adolecía de bastantes errores y defectos, no poco esenciales algunos. Todos los periódicos y revistas más importantes pusieron bien pronto de relieve esos defectos, que produjeron dificultades y dudas en los mismos Tribunales de justicia y llegaron á llamar sériamente la atencion de las Córtes. Esto obligó al Gobierno á consultar de nuevo á la Comision de Códigos; y, en su virtud, se ha practicado una minuciosa revision de la Compilacion citada para subsanar los graves errores cometidos en la ordenacion de su texto. Así lo ha ejecutado la Comision Codificadora, presentando, como consecuencia de sus investigaciones, una relacion de las enmiendas 6 correcciones que en el texto legal debían introducirse enseguida para que pudiera ser aplicada por los Tribunales.

Aceptado por el Sr. Ministro de Gracia y Justicia ese trabajo, se ha publicado por R. D. de 6 del corriente Mayo, inserto en la Gaceta del 13. Dispónese en su art. 1. que teniendo en cuenta esas modificaciones y enmiendas se haga por el Ministerio una nueva edicion, refundiendo la Compilacion primitiva; pero como probablemente se tardará mucho tiempo en llevarlo a cabo, y como además por el art. 2.° del referido real decreto se dispone que los Juzgados y Tribunales apliquen desde luego la Compilacion con las reformas,

nos ha parecido que lo más conveniente es que demos el decreto de 6 de Mayo por Apéndice, y de ese modo con solo consultar éste en cada caso les será fácil á nuestros lectores interpretar y aplicar aquélla, y por consiguiente les continuará sirviendo perfectamente nuestro Manual de Enjuiciamiento criminal: así nos apresuramos, pues, à verificarlo para servirles con la puntualidad que acostumbramos.

R. D. DE 6 DE MAYO DE 1880

MODIFICANDO Y CORRIGIENDO LA COMPILACION GENERAL DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL DE 16 DE OCTUBRE DE 1879.

(GRAC. Y JUST.) En vista de las razones expuestas por el Ministro de Gracia y Justicia y de acuerdo con mi Consejo de Ministros,

Vengo en decretar lo siguiente:

Artículo 1. Por el Ministerio de Gracia y Justicia se procederá á hacer una edicion de la Compilacion general de las disposiciones vigentes sobre el Enjuiciamiento criminal, formada en virtud de la autorizacion concedida á mi Gobierno por la ley de 30 de Diciembre de 1878, y aprobada por mi R. D. de 16 de Octubre último, con las siguientes correcciones:

En el art. 1.° donde dice: «La justicia criminal,» dirá: «La justicia en lo criminal.>>

Al final del art. 8.° se añadirá: «en todo lo que no sea de mera tramitacion.>>

En el núm. 8.° del art. 13, que principia: «Conocer en única,» dirá: «Dirimir en única.>>

El núm. 7. del art. 16, que dice: «De los recursos de revision,» pasa á formar parte del art. 15, ocupando en el mismo el núm. 4.o, y quedando suprimido en el 16.

Se suprime la nota del art. 42.

En el párrafo tercero del art. 45, donde dice: «al Juez ó Tribunal español», dirá: «al Tribunal español.»

En el art. 128 se añadirá á continuacion de la causa 7.a

« AnteriorContinuar »