Ordenanza de los Tribunales de cuentas de ultramar aprobada por S.M. en real cedula de 30 de abril de 1855: y reglamento mandado observar para la ejecucion de la ordenanza en real decreto de la misma fecha. Edición anotada y concordada con todas las disposiciones conocidas en estas islas hasta setiembre de 1861 ...

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Ramirez y Giraudier, 1861 - 69 páginas
 

Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 3 - Los Tribunales tendrán el carácter de superiores territoriales, y serán considerados como delegados del de cuentas de la Metrópoli; del cual dependerán para el efecto de ser vigilados y responsables en el ejercicio de sus funciones al tenor de lo que se establece en esta Ordenanza. También estarán sujetos á la vigilancia inmediata del respectivo Superintendente general delegado de Real Hacienda en los términos que se espresarán. ART. 3.° Cada uno de los Tribunales se compondrá de Un Presidente.
Página 14 - Siempre que se declare no haber lugar al recurso de casación, se condenará al recurrente en las costas y en la pérdida de la suma depositada ó de que se obligó á responder siendo pobre. Esta cantidad, ó la mitad de ella en el caso del art.
Página 15 - Tribunal abrirá expediente, encabezándole con certificacion del cargo ó descubierto, y delegando sus facultades en la Autoridad administrativa de quien sea subalterno el alcanzado, la cual procederá por la via de apremio contra las fianzas y bienes de este y contra los demás que, como fiadores, como testigos de abono ó como Jefes del alcanzado, puedan tener responsabilidad subsidiaria , guardando el órden correspondiente y procediendo con arreglo á las leyes administrativas y órdenes de...
Página 19 - Estado, encargado del Despacho de Ultramar, y de conformidad con el parecer de mi Consejo de Ministros, vengo en aprobar el siguiente.
Página 50 - ... lo declarará así, y rescindirá, en todo ó en parte, la sentencia impugnada, según que los fundamentos del recurso se refieran á la totalidad, ó tan sólo á alguno de los capítulos de la misma sentencia.
Página 31 - Tribunal cuando conozca exclusivamente del expediente de reintegro, y por los jefes y autoridades administrativas cuando ellos instruyan estos, bien por delegación, bien por haber .descubierto el alcance antes de la remisión de las cuentas. Art. 74. Si reunidos los antecedentes necesarios, para saber si los jefes del alcanzado insolvente cumplieron con exactitud respecto á él las leyes é instrucciones sobre prestación y aprobación de fianzas, rendición...
Página 7 - Tribunal de cuentas de la Metrópoli, ante quien han de ser justiciables los Superintendentes de Ultramar, oirá sus descargos y fallará en la forma ordinaria acerca de su responsabilidad, dando cuenta al Gobierno de lo que acordare. Sin perjuicio de esta limitación los Tribunales de cuentas de Ultramar...
Página 26 - Layan recibido y de las que hayan dejado de presentarse. El Acuerdo pasará una copia de este estado al Fiscal para que pueda ejercer las funciones que le confiere el artículo veintitrés de la Ordenanza. ART. 35. El Acuerdo, bien de oficio, bien con presencia de la gestión que promueva el Fiscal, acordará el requerimiento á los funcionarios con arreglo á lo que previene el artículo quince de la Ordenanza. ART. 36. Antes de acordar contra los morosos el apremio que establece el articulo diez...
Página 34 - ... vista de la orden á que se refiere el artículo ochenta y dos ó de la declaración de alcances mencionada en el ochenta y seis, requerirá á los alcanzados ó á quien de ellos traiga causa ó los represente legalmente, al pago de la cantidad total que se adeude á la Hacienda.
Página 4 - Para ser nombrado Presidente ó Ministro se requiere haber servido en plaza equivalente en los Tribunales de Cuentas que hoy existen, ó haber pertenecido ó pertenecer á alguna de estas clases : Jefes de...

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