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imprenta no peca jamás, que contra los abusos de la prensa no hay mas sancion, no hay mas correctivo en lo humano que la prensa misma; teoría salvaje, que, como hemos dicho antes, haria renacer el derecho personal, el derecho de cada cual á vengar por su mano los agravios recibidos, porque es evidente que allí donde no alcanza el poder público para protejer mi derecho y mi personalidad, empieza el derecho de la propia defensa, derecho indiscutible en las buenas teorías de la ciencia penal.

De este terrible dilema no es posible salir, ó la impunidad absoluta de los delitos cometidos por la prensa, ó una ley especial que haga eficaz la represion de sus abusos; ó la impunidad absoluta, dejando en desamparo á la sociedad y á la familia, la honra y la fortuna del hombre de bien á merced de los libelistas y difamadores, ó algo que concilie la libre emision del pensamiento por la prensa. con los intereses más santos de la sociedad y del individuo.

La Escuela radical comprende sin duda todos los inconvenientes de su sistema, pero estima en tal alto precio la libertad del pensamiento humano en todas sus manifestaciones, que arrostra por todo ántes que hacer defeccion á su principio; y es que no concibe una ley especial sobre imprenta que salve perfectamente el principio y contenga y reprima el abuso, como no sea que se acuda á medidas preventivas, y este es el error fundamental de esa Escuela.

Las prescripciones de una ley para asegurarse del estableci miento tipográfico en que se imprime un periódico y otras de la misma índole, la fianza que puede exigirse al dueño de este esta blecimiento tipográfico, al propietario del periódico, á los redactores ó interesados política ó mercantilmente en su publicacion, no son medidas de carácter preventivo, son actos de prevision que no ofenden el principio de la libre emision del pensamiento, porque no detienen ni un instante la publicacion y son una garantía poderosa contra los abusos de la prensa.

Solo dos argumentos opone la Escuela radical á este sistema: primero, que no podrian escribir mas que los ricos, los hombres de fortuna y de capital y que esto constituiria un privilegio ofensivo á la dignidad humana que no consiente el principio de igualdad ante la ley, que es ya un dogma de los tiempos modernos, y segun do, que esta fianza ó depósito no evitan en absoluto los desmanes de la prensa, porque cuando el escritor tropieza con esas trabas

sale la prensa clandestina, que es por lo comun mas procaz y mas perturbadora, por eso mismo que no tiene el freno moral de la publicidad.

Argumentos uno y otro deslumbradores, pero que no resisten á un exámen sério.

Los escritores decentes tendrán siempre el capital en su auxi lio, los libelistas y difamadores no deben encontrarlo.

Primera contestacion.

Y en cuanto á la ofensa que se inferiria con esta exigencia de la fianza al principio de igualdad, á este axioma de la moderna civilizacion, ¿qué hemos de contestar? El principio de que todos los Españoles son aptos para todas las carreras, para todos los puestos del Estado, no es mas que la consagracion de este axioma; y sin embargo, el Español que quiere ejercer ciertas profesiones, que quiere obtener ciertos destinos, la profesion de Agente de Bolsa ó Corredor de Comercio, el destino de Tesorero de una provincia ó la Administracion económica de la misma, necesita prestar una fianza, sin cuyo requisito no puede ejercer aquellas profesiones, ni puede obtener la posesion de estos puestos, y á nadie se le ha ocur rido hasta ahora que estas disposiciones previsoras de nuestra Administracion sean contrarias al principio de igualdad civil y politica de los Españoles. El Estado con estas medidas de prevision no hace mas que lo que el instinto del interés individual inspira al pro pietario, ó al hombre de negocios, que no entrega la Administracion de sus fondos sino á quien le presta estas garantías de responsabilidad.

La ineficacia de una ley especial para contener en absoluto los desmanes de la prensa es un pobre argumento.

Ni toda la severidad de las leyes penales, ni todas las medidas de prevision han obtenido jamás en absoluto que desaparezcan del mundo todos los crímenes. El asesinato, el robo, la estafa, todos los ataques à la familia, á la propiedad, ó á la personalidad humana, se castigan duramente en los Códigos penales, y sin embargo el mundo no se ha visto nunca purificado de estos crímenes. Hay asesinos y ladrones como siempre, y no por eso, no porque sean de todos los tiempos, y se cometan apesar de todos los Códigos, se le ha ocurrido á ningun pueblo ni á ninguna Escuela política que no deba haber leyes penales.

Si la Escuela radical no tiene que oponer á nuestro sistema mas

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que el principio democrático de la igualdad civil y política, que nosotros tambien aceptamos, y la ineficacia de una ley especial para reprimir todos los delitos de imprenta, absolutamente todos, la Escuela radical está vencida, y es noble que lo confiese.

Derechos de reunion y asociacion.

En las teorías de la Escuela radical estos derechos individuales son tambien ilimitados, absolutos é ilegislables, y lo son de tal modo, que el Estado no tiene ni el derecho de vigilar esas reuniones mas o menos numerosas, celebradas en un local destinado al efecto, ó al aire libre y con gran bullicio y algazara, aunque en ellas se ataque la legitimidad del poder; aunque las unas puedan convertirse en juntas de conjurados ó conspiradores, aunque las otras se verifiquen tumultuariamente, dando gritos subversivos, llevando banderas desplegadas contra los poderes existentes, concitando el furor de las turbas, y produciendo la inquietud y el desasosiego en las poblaciones.

¿Qué importa que esas reuniones tumultuarias se formen en gran parte de gente curiosa y allegadiza, y que aprovechándose de la confusion, puedan agregárseles todos los vagos y malhechores? ¿Qué importa que esas reuniones estrepitosas sean de tal índole, que los mismos, que las acaudillan no puedan responder de los crímenes que en ellas se cometan, ni siquiera tengan fuerza para impedirlos? ¿Qué importa que un pueblo esté constantemente amenazado, y á merced de esas turbas alborotadas é inconscientes, y que en ese estado de alarma no pueda entregarse á la vida de los negocios, á las transacciones de la industria y del comercio? La Escuela radical no hace gran cuenta de estas cosas, porque, como decia el Sr. Moret en la Asamblea Constituyente, las leyes no se hacen para las naturalezas timidas y asustadizas, y es menester acostumbrar á los pueblos á que sean valientes dentro de su derecho, y á que se lancen á la vida pública para no ser víctimas de minorias audaces y turbulentas.

́¡Estraña teoría! ¿Con que las leyes se hacen solo para el varon fuerte? ¿Qué seria entonces del anciano y del niño? ¿Qué de la bella mitad del género humano?

Aun en los pueblos de la antigüedad que la vida se hacia en el joro, en la plaza pública la inmensa mayoría de sus habitantes no

tomaba parte activa en las luchas del poder, y lo mismo ha suce dido en las épocas mas turbulentas de la historia moderna; en la Revolucion de Inglaterra, en la Francia del 89, en los movimientos políticos de nuestro país.

Ni puede ser otra cosa. Hay en las naciones una buena parte de ciudadanos, que viven y se agitan en las regiones de la vida pública. Mas o menos están en contacto con éstos los literatos, los artistas, los académicos, la gente jóven y bulliciosa de los ateneos y de las escuelas, la alta banca, la aristocracia y el mundo oficial en las gerarquías mas elevadas.

Pero el resto del país, el habitante de los campos ó de las poblaciones rurales, el comerciante, el industrial, el labriego y el rico propietario que vive de sus rentas, todas estas clases, que constituyen en su conjunto casi las nueve décimas partes de la poblacion, siguen si acaso la pista á los acontecimientos y les aceptan más o menos, segun que halagan ó contrarían sus hábitos, su educacion y sus preocupaciones; pero son masas inertes, que no hay que desdeñar, porque son el nérvio del Estado, porque vigorizan con sus simpatías á los Gobiernos, y cumplen una mision providencial pesando indirectamente sobre los destinos del país hasta tal punto, que si llega un instante supremo en que esta inmensa poblacion condena lo que existe con una reprobacion casi universal, no hay poder humano que resista á estas marejadas poderosas de la opinion y del pensamiento. Hacen estas masas en el Estado lo que el lastre en una nave de gran potencia. Arrojad al mar á la Numancia con un bravo y hábil Capitan, con una brillante y valerosa marinería, con sus magníficos aparejos; lanzadla al Océano sin lastre que regularice su movimiento, y será muy pronto el juguete de las olas embravecidas, más pronto que la barquilla del pescador con su lona y sus remos.

Restablezcamos la buena doctrina.

El hombre, como hombre, tiene derechos naturales,, anteriores á las leyes escritas, superiores á ellas é imprescriptibles, porque lo justo y lo injusto tienen un origen más alto que las leyes hu

manas.

Pero al lado de los derechos individuales están los deberes del hombre y del ciudadano, porque el hombre es un sér social, no

por su voluntad, sino por la ley de su sér, y el Estado se alza al lado del indivíduo y es otra personalidad jurídica con derechos y deberes naturales, igualmente imprescriptibles, en armonía con la manera de sér de la Humanidad en su desenvolvimiento progresivo.

Armonizar los derechos del indivíduo con los derechos del Estado; armonizar los derechos del hombre con los deberes del ciudadano, es el problema eterno que resuelven ó intentan resolver las Contituciones de los pueblos. Armonizar estos derechos y deberes, es el problema que ha intentado resolver nuestra Constitucion de 1869, consagrando en su artículo 17 la libre emision de las ideas, pero no la impunidad del libelo, el derecho de reunirse pacificamente, pero no el de manifestaciones tumultuarias; el de asociarse para todos los fines de la vida humana, pero no el de conjurarse y conspirar contra los poderes existentes.

Tal vez, y sin tal vez, por haber entendido las cosas de otro modo, la Revolucion arrastra hoy una trabajosa existencia; porque es ocasion de decirlo todo. La Revolucion de Setiembre no se ha distinguido por sus violencias ni por haber sido terrorista y cruel en sus medios; se ha mostrado generosa con los elementos que le son contrarios, débil alguna vez hasta la impotencia. Mas en cambio ha producido tal estravío intelectual, tal perturbacion moral, tal perversion del sentimiento público, que las nociones de lo justo y de lo injusto casi se han estinguido, y los vínculos de subordinacion y de respeto se han relajado con el principio de autoridad, como no hay ejemplo en los anales de ningun pueblo. Y no hay que hacerse ilusiones, esta perversion del sentimiento público es la obra de la impunidad absoluta de la prensa, la obra del club, la obra de las manifestaciones tumultuarias, la obra de los derechos ilegislables.

Cirilo Alvarez.

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