Órden de 28 de Abril de 1873. Excmo. Sr.: En vista de la comunicacion que V. E. se sirvió dirigirme con fecha 7 del mes anterior, para que se facilitase á los Inspectores de Beneficencia particular el exámen de los libros antiguos y modernos del Registro de la propiedad, permitiéndoles que tomen notas y saquen copias de los asientos que les convengan, autorizadas por los Registradores; y considerando que los referidos Inspectores tienen interés en dichos libros, como encargados de investigar las cargas benéficas impuestas sobre bienes raices, y pueden en su virtud tomar nota y pedir certificados literales ó en relacion, los cuales deben ser expedidos únicamente por los Registradores, sin perjuicio de que bajo su direccion y responsabilidad las extiendan y redacten dichos Inspectores; el Gobierno de la República se ha servido resolver: que los Registradores de la propiedad, siendo debidamente requeridos, pongan de manifiesto dentro de su Oficina los libros antiguos y modernos á los Inspectores de beneficencia particular, quienes podrán tomar las notas que estimen necesarias, y extender en papel de oficio, bajo la direccion y responsabilidad de aquellos funcionarios, certificaciones literales ó en relacion, que los mismos firmarán y sellarán con el del Registro, sin devengar honorarios por ninguna de estas operaciones. -Nicolás Salmeron.-Sr. Ministro de la Gobernacion. ÍNDICE ALFABÉTICO de las materias comprendidas en la Coleccion. Abintestato - páginas 163, 184, 306, 307, 491, 550, 591, 597, 619, 636, Aceptacion - págs. 419, 428, 674. Acto de conciliacion-(V. Conciliacion.) Aguas — págs. 386, 437, 472, 502, 515, 605, 617, 689, 697, 757. Albaceas — págs. 322, 560, 634, 693, 729, 743, 924. - Alcaldes - págs. 136, 338, 483. Alojamiento — págs. 383, 397. Anotaciones - págs. 136, 155, 170, 177, 187, 213, 222, 224, 229, 281, - -- -- Por falta de indices págs. 111, 141, 142, 155, 157, 170, 173, 176, Por faltas subsanables págs. 160, 165, 184, 238, 244, 245, 252, 259, - - Por no estar inscrito el derecho del causante - págs. 162, 163, 174, 193, De embargo - págs. 1, 174, 197, 202, 219, 231, 238, 239, 252, 267, 274, - De prohibicion de enajenar - págs. 178, 283.- (V. Incapacidad.) - Su conversion en incripciones - págs. 127, 153, 167, 209, 211, 238, 240, Núm. 17 — págs. 111, 182, 199, 209, 229, 275, 610, 706, 711, 800.— (V. Honorarios.) Arbolado - págs. 198, 406, 429, 659, 790. Archivos - pág. 553. Arrendamientos - págs. 65, 67, 202, 359, 398, 421, 467, 489, 785. Art. 20 de la Ley.- (V. Anotacion, Inscripcion.) Asientos antiguos - págs. 114, 158, 162, 169, 202, 212, 218, 219, 252, -- - Su traslacion á los libros modernos — págs. 120, 142, 145, 157, 165, 169, - Asientos de presentacion-págs. 163, 178, 184, 185, 194, 210, 218, --- - págs. 180, 203, 207, 352, 410, 483, 596, 677, 760.—(V. Bienes de Propios.) - Eclesiásticos y de Corporaciones eclesiásticas - págs. 119, 125, 207, 330, - - Del Estado-págs. 203, 207, 252, 259, 352, 448, 483, 591. — (V. Də- Muebles-págs. 268, 469, 825. - Nacionales-págs. 128, 130, 320, 352, 372, 441, 483, 490, 576, 591, 654, - Parafernales - págs. 513, 862. - -- De propios - págs. 304, 363, 390, 410, 423, 431, 453, 739, 790.— (Véase Del Real Patrimonio - págs. 466, 493. Reservables - pág. 136. Calificacion de documentos y de capacidad de los otorgan- tes-págs. 117, 131, 187, 199, 219, 301, 305, 372, 426, 427, 461, 506, - págs. 295, 433, 440, 461, 802, 887, 911. (V. Capacidad en los otorgantes.) Canales - págs. 368, 472, 664. Cancelaciones - págs. 136, 166, 173, 178, 243, 252, 296, 337, 445, 493, - De hipotecas y gravámenes págs. 155, 158, 187, 188, 239, 261, 263, De anotaciones - págs. 160, 248, 259, 260, 313, 402, 450, 507, 524, - De inscripciones antiguas - págs. 138, 155, 194, 198, 361. - - De embargos - págs. 260, 305, 309, 511, 859. - En virtud de qué documentos han de cancelarse las obligaciones — páginas (V. Fianzas, Documentos inscribibles.) Capacidad en los otorgantes - págs. 117, 119, 330, 379, 380, 427, 455, 490, 528, 579, 618, 629, 632, 650, 660, 661, 667, 682, 683, 685, Capellanías.-págs. 19, 120, 258, 695, 773, 776, 831, 869, 872, 914, Capitulaciones matrimoniales - págs. 269, 393, 417, 449, 601, 930. Cartas de pago - págs. 487, 843.- (V. Impuesto.) Cédulas personales - págs. 959, 960, 961. Censos. -- - págs. 5, 7, 9, 13, 19, 128, 160, 271, 292, 304, 319, 320, 425, Su subrogacion —- págs. 620, 650. (V. Cargas, Enfitéusis, Inscripcion de foros, etc., Redencion de cargas, Certificaciones- págs. 43, 111, 141, 206, 293, 320, 331, 434, 435, 445, Certificaciones de posesion-págs. 470, 483, 513, 591, 653, 668, 679, |