Jurisprudencia civil: fallos y disposiciones de la excma. cámara de apelaciones de la capital, Volumen112 |
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Términos y frases comunes
221 del Código acreedor actor adhirieron al voto agregado alega ANTECEDENTES Auto ANTECEDENTES Sentencia apelado de fs Argen arts auto apelado auto de fs basuras Cámara de Apelaciones Cía ción Civil-Tomo Código Civil Código de Procedimientos confirma el auto consideraciones contestar la demanda contrato corriente á fs crédito cuestión debe declara declaración demanda demandante derechos procuratorios devuélvanse dictamen doctor Díaz doctor González domicilio doña Dupuis ejecutivo EMILIO GIMÉNEZ.-DELFÍN escrito de fs escritura Excma expresa fiscal fundamentos Gelly GELLY.-MOLINA Giménez GIMÉNEZ.-DELFÍN B herederos hijo honorarios del doctor incineración Instancia)-Buenos Aires interpuesto Jorge Jorge L juez juicio Juzgado legal manda mandante Miguenz Molina Arrotea Municipalidad nulidad obligación pago perjuicios pesos moneda nacional Pinasco posesión presente recurso de apelación Repónganse los sellos reponiéndose los sellos RESOLUCIÓN Buenos Aires resolución de fs respecto revoca el auto revocatoria Rophille secretario sentencia apelada SOLAR.-Díaz solicitado sucesión suma término testamentaría testigos tículo título Trinelli vistos votación
Pasajes populares
Página 140 - Civ.), y agrega que las convenciones hechas en los contratos forman para las partes una regla a la cual deben someterse como a la ley misma (art.
Página 273 - La acción de reivindicación es una acción que nace del dominio que cada uno tiene de cosas particulares, por la cual el propietario que ha perdido la posesión, la reclama y la reivindica, contra aquel que se encuentra en posesión de ella.
Página 75 - En los juicios en que se ejerciten acciones personales-, será Juez competente el del lugar en que deba cumplirse la obligación, y á falta de éste, á elección del demandante, el del domicilio del demandado ó el del lugar del contrato, si hallándose en él, aunque accidentalmente, pudiera hacerse el emplazamiento.
Página 89 - Por los fundamentos del escrito que antecede, no ha lugar á la revocatoria solicitada, y se concede en relación el recurso de apelación, debiendo elevarse los autos al Superior en la forma de estilo.
Página 16 - Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también . la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará -en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación.
Página 276 - Al que ha poseído durante treinta años, sin interrupción alguna, no puede oponérsele ni la falta, ni la nulidad del título, ni la mala fe en la posesión.
Página 112 - ... 1961. El mandante debe estar y pasar por la fecha de los actos privados ejecutados por el mandatario, y es de su cargo la prueba de que el acto hubiese sido anti-datado.
Página 36 - Ministerio de menores, no ha lugar á la revocatoria del auto de fs. 159 vta. y se concede en relación el recurso de apelación interpuesto, debiendo elevarse los autos al Superior en la forma de estilo.— Luis PONCE Y GÓMEZ.
Página 419 - Correa en la de 200 pesos de igual moneda. Definitivamente juzgando, así lo pronuncio, mando y firmo, en la sala de mi despacho, en Buenos Aires, á los 21 días del mes de abril del año 1898.
Página 129 - La parte vencida en el juicio deberá pagar todos los gastos de la contraria, aun cuando ésta no lo hubiese solicitado. Sin embargo, el juez podrá eximir total o parcialmente de esta responsabilidad al litigante vencido, siempre que encontrare mérito para ello, expresándolo en su pronunciamiento, bajo pena de nulidad.