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Tip. de S. Banda, ex-convento de Sta. Maria de Gracia núm. 46.

1879.

NEW YORK

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NUM. 1. (*)
ENCARNACION.

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Secretaría del Supremo Gobierno del Estado de Jalisco.-Seccion de gobernacion.-Estando acreditado en los documentos inclusos, que el C. Luis Muñoz es dueño del dominio útil de un terreno del ayuntamiento de la Encarnacion, y que sin haber renunciado su derecho fué enagenado contra lo dispuesto en la ley de 25 de Junio, su reglamento de 30 de Julio y la circular de 9 de Diciembre de 1856, devuelvo á U. dichos documentos para que se le entreguen al interesado y para que esa jefatura disponga se le restituya el terreno de que se trata, á fin de se que le adjudique legalmente, quedando á salvo los derechos de las partes contendientes para que los deduzcan conforme á las leyes.

Lo digo á U. para su inteligencia y fines consiguientes, contestando su nota relativa, fecha 21 del próximo pasado.

Independencia &c.-Enero 8 de 1869.--ANTONIO P. VERDIA, Secretario.-Ciudadadano jefe político del 20 Canton. Lagos.

(*) Veàse el núm. 12.

NUM. 2. (*)
MAZAMITLA.

Secretaría del Supremo Gobierno del Estado de Jalisco. Seccion de Gobernacion. Para los efectos del acuerdo marginal, acompaño á U. la solicitud en que varios indígenas de Mazamitla, piden al gobierno decreţe la venta de una parte del terreno que va á repartirse, para pagar con su producto los gastos erogados por los solicitantes en recobrarla.

Independencia y Libertad. Guadalajara, Enero 9 de 1869.--ANTONIO P. VERDIA, secretario.-Ciudadano jefe político del 9. Canton.-C. Guzman.

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Enero 9 de 1869.-Tratándose en este ocurso del pa go de gastos erogados en la recuperacion de terrenos de indígenas, por los que suscriben, es consiguiente que acrediten sus personerìas en el asunto referido ó que exhiban las cantidades necesarias en el pleito á que se contrae, y hecho esto y aprobadas las cuentas por personas inteligentes, usarán de sus derechos para que los respectivos poderdantes satisfagan su importe proporcionalmente. Remítase el ocurso al ciudadano jefe político del 9. Canton para que oyendo á la comision repartidora de terrenos y al Ayuntamiento de Mazamitla, informe lo que se le ofrezca, sin perjuicio de que la referida cumpla con las operaciones que le cometen las leyes.-ROBLEZ GIL.

[*] Vease el núm. 11.

(

NUM 3.
JUCHITLAN.

Secretaría del Supremo Gobierno del Estado de Jalisco. Seccion de Gobernación.-El C. Gobernador en vista de la consulta que por los conductos debidos hace el Ayuntamiento de Juchitlan, sobre varios puntos relativos al repartimiento de terrenos del fondo legal, ha tenido á bien resolver lo siguiente:-"Dígase en contestacion, 1o que los terrenos legalmente enagenados conforme á las leyes generales ó particulares del Estado, y en tiempo oportuno, están exceptuados del reparto.-2° que todo lo que comprende con el nombre de fondo legal de los pueblos, segun la estension á que cada uno han dado las antiguas leyes, está comprendido en aquel reparto, con las excepciones de que trata la circular de 21 de Diciembre ùltimo publicada en el "Pais" núm. 317 y cuyo cumplimiento se recuerda.»>-Y lo inserto á U. para su inteligencia y fines consiguientes contestando su nota relativa fecha 31 del próximo pasado.

Independencia y Libertad. Guadalajara, Enero 10 de 1869.-ANTONIO P. VERDIA, secretario.-Ciudadano jefe político del 5. Canton.-Ahualulco.

NUM. 4.
APANGO.

Secretaría &.-Seccion de Gobernacion.-Con esta fecha digo al C. Antonio Larios:

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