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lecia aquellos principios, deben tener el mas robusto convencimiento de que la Nacion deseaba la reforma.

En un sentido ó en otro, los dos grandes partidos políticos, casi todas las fracciones, han hecho, ó por lo menos intentado, la reforma de la Constitucion de 1845, variándola y modificándola, ó tratando de establecer otra nueva, lo cual es algo mas que reformarla. Esto se hizo en 1855, habiéndose aprobado una nueva Constitucion que no llegó á plantearse. Los hombres políticos que triunfaron en 1854, creian en la necesidad y conveniencia de variar, de reformar las instituciones, hasta el punto de haber juzgado oportuno establecer y haber aprobado una nueva Constitucion.

Vencedor el General O'Donell, en las gloriosas jornadas de 1856, de las ideas que habian prevalecido en los dos años anteriores y que habian producido aquella Constitucion, dictó el Ministerio que presidia (proponiendo à la Reina el Real Decreto en que asi se estableció) el Acta Adicional, que era una verdadera reforma, una reforma muy trascendental, pues alteraba la Constitucion de 1845 en puntos esenciales al restablecerla.

El Ministerio del Duque de Valencia, habiendo derogado desde luego el Acta Adicional, propuso despues á las Cortes en 1857, y consiguió que fuese materia de una ley, la reforma que ha sido derogada en 1864; derogacion que puede calificarse tambien como una reforma de otro género, es decir, que es una marcha en direccion de un punto ya conocido, la cual parece efecto del aburrimiento producido por las marchas ante

riores, no muy fructuosamente emprendidas, en direcciones contrarias, ya en un sentido, ya en otro.

El pensamiento de

en fines de 1851.

II.

Participando los ministros del conven

la reforma surgió cimiento general de la necesidad de reformar las instituciones, necesidad que se hace sentir mas inmediata y fuertemente en los que tienen á su cargo la direccion de los negocios públicos, concibieron en 1851 la idea de emprender dicha reforma.

Debió parecer y pareció árdua la empresa: puede decirse que el deseo de poner remedio al mal hizo surgir aquella idea, la cual, mas bien que como un medio que se hallaba, se presentaba como una dificultad que se lamentaba. A fuerza de meditar en ella, haciéndola familiar y tomándole cariño, si así se puede decir, se llegó á creer, no sólo posible, sino aceptable la realizacion del pensamiento.

Tal pensamiento llegó á ser natural, ya que no se diga necesario, en principios de 1852: los acontecimientos ocurridos en aquella época lo apoyaban. Las Córtes, qué habian cesado en sus afanosas tareas el 29 de Julio y vuelto a continuar en 5 de Noviembre de 1851, se hallaban cerradas, habiéndose suspendido las sesiones en 9 de Diciembre siguiente, á causa de la proximidad del alumbramiento de la Reina, y declaradose terminada la legislatura en 8 de Enero de 1852; determinacion que se creyó aconsejada por el

recelo de que produjese movimientos en Europa el Golpe de Estado, en Francia, del 2 de Diciembre de 1854, que aun no ofrecia un resultado definitivo y consolidado, siendo todavia objeto de la ansiedad general. ¿No era natural desear un órden de cosas mas sólida y establemente cimentado, menos expuesto á vicisitudes, que permitiera funcionar en todas ocasiones quieta y tranquilamente y sin temor alguno á los altos poderes del Estado? Tal orden de cosas se anhelaba, y el deseo lo presentaba como asequible, y presentaba la reforma como medio de llegar á este fin.

En obscura expectativa aun de las consecuencias del Golpe de Estado de Francia, y cerradas las Córtes, el atentado contra la vida de la Reina, que á todos causó grande sorpresa, vino á complicar inmensamente la situacion. No creyó el Ministerio, como se ha manifestado en el Opúsculo relativo á dicho suceso, que debia tomar determinacion alguna en el concepto de que el hecho de Merino fuese, producto de una basta y me÷ ditada combinacion, ni ha tenido posteriormente motivo para arrepentirse de haberse contenido en una prudente, reserva.i

Sin el Golpe de Estado del 2 de Diciembre, no se habria declarado terminada la legislatura en Enero; sin el suceso de Merino, una nueva legislatura, en el caso de haberse declarado terminada la anterior por el motivo indicado ó por otros, habria comenzado en el mes de Febrero. El atentado de Merino no produjo, segun he manifestado en otro lugar, el pensamiento de la reforma: fue motivo, es verdad, para que los hombres

de verdadero celo patrio, sin distincion de partidos, meditasen mas, especialmente sobre la necesidad de precaber las funestas consecuencias que aquel atentado podia haber producido y de las cuales nos habia librado la Providencia por un favor especial, robusteciendo al Trono y al Gobierno con nuevos y mayores elementos de conservacion y de fuerza: influencia directa no tuvo ninguna, ni la podia tener, habiendo muy desde el principio creido el Ministerio (se ha expuesto asi en el primer volúmen, y no temo que se estime inoportuno un recuerdo tan honorífico para todos los Españoles) que el atentado de Merino fué, no el producto de una cómbinacion, sino un hecho puramente individual, sin complicidad de nadie; creencia satisfactoria y consoladora, que el tiempo transcurrido, ya no corto, ha confirmado.

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Mas antiguo que el suceso de Merino era generalmente en los Ministros de 1851, y con especialidad en el de la Gobernacion, Sr. D. Manuel Bertran de Lis, el convencimiento de la necesidad de la reforma. La gran leccion del 24 de Febrero de 1848, hizo nacer y arraigar profundamente en su ánimo aquel pensamiento. Pero si el atentado de Merino, si el acontecimiento del 2 de Febrero de 1852, no tienen relacion directa con el pensamiento de reforma, ellos debieron absorver exclusivamente, y absorvieron por mucho tiempo, la atencion del Ministerio, y le impedian dedicarla á los objetos en que, si hubieran funcionado las Cortes, habria necesariamente tenido que ocuparse. Tales fueron los motivos, poderosos, á juicio del Ministerio,

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que hubo para mantener cerradas las Córtes en el invierno de 1851 y en la primavera de 1852.

Cuando hubiera podido abrirlas se acercaba la estacion del calor, que no era ciertamente á propósito, porque los mismos Senadores y Diputados repugnan tan árdua ocupacion en una época de recreo para unos, de necesaria residencia fuera de la Córte para otros; porque los presupuestos del año, que se habian presentado á la aprobacion de las Córtes en Junio de 1851, no podian ya ser examinados oportunamente, y porque el recuerdo de lo fatigosa que habia sido para todos la legislatura que, por una necesidad imprescindible, supuesta la disolucion del Congreso, se habia abierto en 1.o de Junio de 1851, sosteniéndose una discusion empeñada sobre importantes proyectos de ley en aquel mes y en el de Julio, retraia de buscar la ocasion de sufrir la misma fatiga en 1852.

Nacido el proyecto en la época que se ha manifes→ tado, los acontecimientos contribuyeron grandemente á que se persistiese en él y se madurase. En circunstancias normales, con menos ocasion y menos alicientes para ello, absorvida la atencion del ministerio en los objetos siempre apremiantes de la vida pública ordinaria, es probable que no hubiese llegado al estado á que llegó.

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El proyecto ofreció ocupacion asidua al Ministerio en el invierno de 1851 á 1852 y en la primavera siguiente, si bien nada se acordó definitivamente acerca de él hasta el otoño, pues todo quedaba siempre sujeto al juicio que sugiriese una mayor meditacion. Al ministro de

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