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RATIFICACION

Y APROBACION. DEL TRATADO DE AMISTAD, NAVEGACION Y COMERCIO

CELEBRADO ENTRE COLOMBIA Y S. M. EL REY

DE LA GRAN BRETAÑA É IRLANDA

1825.

FRANCISCO DE PAULA SANTANDER, de los libertadores de Venezuela y Cundinamarca, condecorado con la Cruz de Boyacá, General de División de los ejércitos de Colombia, Vicepresidente de la República, Encargado del Poder Ejecutivo &". &".

A todos los que la presente vieren, salud.

Por cuanto el enviado extraordinario y ministro Plenipotenciario de Colombia cerca de su Majestad británica al momento de canjear el Tratado de amistad, comercio y navegación con

cluido en esta ciudad el diez y ocho de Abril del año de mil ochocientos veinticinco entre la República de Colombia y S. M. el Rey del Reino Unido de la Gran Bretaña é Irlanda, aceptó el siete de Noviembre del mismo año una declaración, en cuya virtud los buques que fueren apresados por los de guerra de una ó de la otra Nación, y regularmente condenados, y los que lo fueren á virtud de las leyes que prohiben el comercio de esclavos, han de ser también considerados como buques colombianos ó británicos, cuya aceptación palabra por palabra es como sigue.

El infrascrito plenipotenciario de la República de Colombia, habiendo recibido de S. E. el Secretario principal de estado en el departamento de negocios extranjeros una declaración en que se expresa: que á fin de evitar cualquier mala inteligencia que pudiese ocurrir en la ejecución de aquella parte del artículo séptimo del Tratado entre su Majestad británica, y la República de Colombia firmada en Bogotá el diez y ocho de Abril de mil ochocientos veinticinco en que se define que buques han de considerarse con derecho á gozar los privilegios.de buques británicos y colombianos-fuera de los requisitos expresados allí, tendrán así mismo derecho á ser considerados como buques británicos los que hubieren sido apresados por los buques de guerra de su Majestad británica, ó por súbditos de su dicha Majestad provistos de patentes de corso por los señores comisionados del almirantazgo y, regularmente condenados como de buena presa en uno de los tribunales de presas de su dicha Majestad, ó que hubieren sido condenados en cualquier tribunal competente por infracción de las leyes establecidas para impedir el comercio de esclavos; y que del mismo modo buques apresados al enemigo por los buques de Colombia, y condenados en igualdad de circunstancias tendrán derecho á ser considerados como buques colombianos.

El infrascrito en virtud de los plenos poderes de que se halla revestido, acepta y adopta por las presentes esta declaración, en nombre y representación de su Gobierno. Londres, siete de Noviembre de mil ochocientos veinticinco.-[Firmado].—Manuel José Hurtado.

Por tanto habiendo visto, y examinado la dicha declaración y aceptación, y previo el consentimiento y aprobación del

Congreso de la República, he venido en uso de la facultad que me confiere el artículo ciento veinte de la Constitución en aprobarla y ratificarla como por las presentes la apruebo y ratifico: y para su cumplimiento y exacta observancia por nuestra parte empeño y comprometo el honor nacional.

En fé de lo cual he hecho expedir las presentes firmadas de mi mano, selladas con el gran sello de la República y refrendadas por el Secretario de Estado del Despacho de Relaciones Exteriores, en Bogotá, á catorce de Marzo de mil ochocientos veintiseis décimo sexto de la independencia.

(Firmado) FRANCISCO DE PAULA SANTANDER.

(L. S.)-Por el Vicepresidente de la República Encargado del Poder Ejecutivo.-El Secretario de Estado en el despacho de Relaciones Exteriores.

[Firmado] JOSÉ R. REVENGA. (1)

(1) Aclaración al Tratado de Abril 18 de 1825.- Página 157.

TRATADO

DE UNION LIGA Y CONFEDERACION PERPETUA ENTRE

LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

Y LAS DE CENTRO AMERICA, PERU Y MEXICO

(CONGRESO DE PANAMÁ. )

1825.

SIMÓN BOLÍVAR, LIBERTADOR, PRESIDENTE, &, &, &.

A todos los que la presente vieren, salud.

Por cuanto entre los plenipotenciarios diputados á la Asamblea general de los Estados americanos por las repúblicas de Colombia, Centro América, Perú y Estados Unidos Mexicanos suficientemente autorizados al intento, se concluyó en Panamá

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