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4. Mecanismos complementarios de los aparatos de buzos.

5. Idem de los aparatos para casos de incendios.

6. Idem para descender á pozos y alcantarillas.

7. Blindajes en los túneles.

8. Rampas lanzaderas de materiales, aparatos adicionales de aviso, apartaderos.

A.

SECCIÓN TERCERA

Construcción de edificios y similares.

Apertura de zanjas y cimentación:

1. Aparatos de acodalamiento para contener el terreno.

2. Aparatos para trabajar debajo del agua en las fundaciones ó cimientos.

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1. Aparatos de acodalamiento en los cortes verticales y en el superior para el minado del terreno.

2. Aros de diámetro variable para contención del terreno en la perforación de pozos.

3. Andamio colgante para hacer el revestimiento de los pozos.

4. Ventiladores para purificar el aire en las alcantarillas sucias y pozos negros.

5. Lámparas de seguridad para alumbrar el minado de las alcantarillas y pozos y extirpar los gases inflamables en las alcantarillas sucias y pozos negros.

6. Aparato para denunciar y apreciar la existencia é intensidad de gases inflamables en dichos sitios.

7. Aparatos para inyectar aire respirable en los mismos.

8. Aparato para sacar y elevar á la superficie superior á obreros asfixiados.

C. — Andamios:

1. Sistema de andamio fijo sobre castillejos ó pies derechos con plataforma y barandilla de seguridad.

2. Sistema de andamio colgante con las mismas condiciones. 3. Barandilla móvil para andamio fijo y colgante.

4. Escalera de comunicación móvil y articulada para poner en comunicación las andamiadas.

5. Redes de esparto y de cáñamo para colgar horizontalmonte en operaciones arriesgadas.

D. — Elevación de materiales de andamios y de toda clase de objetos pesados:

⚫ 1. Grúas giratorias de diferentes sistemas y dimensiones con motor de sangre, de vapor y de electricidad, con fiadores especiales.

2. Aparatos elevadores á mano, sin riesgo del operario, con mecanismo fiador.

3. Poleas de seguridad.

E. — Aparatos fijos en los edificios para evitar caidas :

1. Ganchos de hierro en los caballetes de los tejados con resisten

cia para soportar el peso de cuatro operarios.

2. Ganchos de hierro por debajo de los aleros de las fachadas con igual resistencia.

3. Los mismos ganchos en los coronamientos de los patios.

4. Aros de hierro para cogerse ó engancharse á ellos en las subidas de humos situadas en puntos peligrosos.

F.

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Aparatos móviles para evitar caídas:

1. Aparatos para penetrar en sitios incendiados.

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A.

Minería.

Aparatos para evitar ó remediar las caídas en los pozos:

1. Andamio volante para fortificar pozos con mampostería.

2. Redes defensivas.

3. Paracaídas especiales para minas.

4. Horquillas para evitar que caigan por los pozos los obreros empleados en el enganche de las jaulas de extracción.

B.

· Aparatos para prevenir ó evitar los accidentes en los transportes subterráneos:

1. Aparatos para evitar las caídas de los vagones que marchan por un plano inclinado ascendente con cable sin fin.

33

2. Agujas de seguridad para impedir el paso de los vagones de una vía general de transporte á un plano inclinado y para detener su movimiento.

3. Arbol giratorio con topes.

4. Tacos automáticos.

5.

1.

2.

Barreras móviles.

C. Aparatos para purificar el aire de las labores subterrá

neas:

Ventiladores especiales para minas.

Reguladores volumétricos.

3. Mangas de viento para pozos de pequeñas profundidades.

4.

Tuberías de ventilación con aire comprimido.

D. -- Lámparas de seguridad para alumbrar labores en que se encierran gases inflamables ó explosivos:

1. Lámparas perfeccionadas para minas:

a) Con aceite.

b) Con alcohol.

c) Con petróleo.

d) Eléctrica.

2. Aparatos complementarios de las lámparas de seguridad.

3. Sistemas perfeccionados de cierre de las lámparas.

E. - Aparatos para comprobar y medir la cantidad de gases inflamables é irrespirables encerrados en las minas.

F.

G.

- Aparatos para trabajar en el agua de las labores subterráneas.

- Aparatos para penetrar en labores incendiadas :

1. Sacos de tela impermeable.

2. Aparatos de fuelle.

3. Aeróforos.

H. Aparatos para socorrer á los heridos de las labores mi

neras.

SECCIÓN QUINTA

Producción y transporte de la energía eléctrica.

1. Mecanismos adicionales para comprobar las condiciones de seguridad en la marcha de los dinamos.

2. Interruptores automáticos con aplicación á las fábricas y á las obras en construcción.

3. Aparatos adicionales para comprobar el aislamiento, las fugas y la descarga á tierra.

4. Aparatos adicionales para aislar los dinamos y cuadros ó taquilleros.

5.

6.

Pisos ó tapices aisladores.

Aparatos para defender el aislamiento de los cables é hilos de conducción en puntos expuestos á deterioro ó contacto.

7. Marcas de colores ó de otras clases para diferenciar los hilos de alta tensión.

8. Redes defensivas de las lámparas de arco.

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11. Interruptores automáticos de las corrientes de alta tensión en los cables de los tranvías.

12. Interruptores á distancia.

SECCIÓN SEXTA

Almacenes y depósitos.

1. Cestas y jaulas para bombonas de ácidos.

2. Cajas de resistencia para substancias muy explosivas.

3. Cajas de seguridad para materias tóxicas.

4. Envases de pólvora.

5. Envases de dinamita.

6. Envases de cápsulas fulminantes.

7. Aparatos para extraer ácidos.

8.

Aparatos especiales para alumbrado de almacenes..

Madrid 3 de Agosto de 1900.

Modelos de carpetas y de libros. Registros

de accidentes del trabajo.

REAL ORDEN

En cumplimiento de lo que disponen los artículos 40, 41 y 42 del reglamento de 28 de Julio de 1900 para la aplicación de la ley de Accidentes del trabajo de 30 de Enero del mismo año;

S. M. el Rey (Q. D. G.), y en su nombre la Reina Regente del Reino, se ha servido aprobar y disponer la publicación de los adjuntos modelos de Carpeta de expediente, Libro de registro de accidentes del trabajo y Libro de anotaciones alfabéticas, y las siguientes instrucciones que han de observarse para la confección de los mismos:

1.o La Carpeta de expediente (modelo núm. 1) tendrá las dimensiones de 0,22 X 0,16. En cada carpeta, conforme á lo que dispone el artículo 40 del reglamento, no se incluirá más que un solo expediente, con el índice de que habla el mismo artículo.

2.o El Libro registro de accidentes del trabajo, á que se refiere el artículo 43 del reglamento, se compondrá de 500 folios. Sus dimensiones serán de 0,38 X 0,31, y cada folio constará por lo menos de 40 líneas. En el concepto Extracto del parte dado por el patrono, se dejarán tres líneas en blanco; dos en Lesión producida, según la certificación facultativa; otras dos en Resultado del reconocimiento de los facultativos nombrados por el obrero, caso de disconformidad con los del patrono, y tres por lo menos en Causas de la no indemnización en el caso de que no haya procedido. Se procurará que queden cinco líneas por lo menos para Observaciones (modelo núm. 2).

3.o El Libro de anotaciones alfabéticas, de que habla el mencionado artículo 43 del reglamento en su núm. 2.o, se dividirá en dos volúmenes.

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