Atribuciones nacionales y provinciales ...J.A. Alsina, 1896 - 146 páginas |
Términos y frases comunes
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Pasajes populares
Página 110 - Los actos públicos y procedimientos judiciales de una provincia gozan de entera fe en las demás; y el Congreso puede por leyes generales determinar cuál será la forma probatoria de estos actos y procedimientos, y los efectos legales que producirán.
Página 117 - Art. 13. Podrán admitirse nuevas Provincias en la Nación; pero no podrá erigirse una Provincia en el territorio de otra ú otras, ni de varias formarse una sola, sin el consentimiento de la Legislatura do las Provincias interesadas y del Congreso.
Página 103 - Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación.
Página 137 - En caso de conmoción interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ella, se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales.
Página 28 - Para que esta grande obra tenga su perfección cree también la Junta que será de mucha conducencia el que los individuos de estas Juntas gubernativas sean elegidos por los pueblos. Por este medio se conseguirá que teniendo los elegidos a su favor la opinión pública sólo el mérito eleve a los empleos, y que el talento para el mando sea el único título para mandar.
Página 113 - Todo autor ó inventor es propietario exclusivo de su obra. invento ó descubrimiento, por el término que le acuerde la ley.
Página 70 - El Acuerdo de San Nicolás es un acto del gobierno, emanado de la obligación que él tiene de cumplir religiosamente leyes anteriores, leyes fundamentales y vigentes hasta la fecha : leyes sancionadas por el sentimiento de todos los pueblos de la República; leyes, en fin, que ninguna Provincia puede contradecir sin caer en un acto de rebelión contra el pacto fundamental que constituye la Nación Argentina".
Página 85 - La lógica de nuestra historia, pues, está pidiendo la existencia de un partido nuevo, cuya misión es adoptar lo que haya de legítimo en uno y otro partido, y consagrarse a encontrar la solución pacífica de todos nuestros problemas sociales con la clave de una síntesis alta, más nacional y más completa que la suya, que satisfaciendo todas las necesidades legítimas, las abrace y las funda en su unidad.
Página 108 - ART. 8. Los ciudadanos de cada Provincia gozan de todos los derechos, privilegios é inmunidades inherentes al título de ciudadano en las demás.
Página 84 - El gran principio de esta clase de gobierno se halla en que los Estados individuales, reteniendo la parte de soberanía que necesitan para sus negocios internos, ceden á una autoridad suprema y nacional la parte de soberanía que llamaremos eminente, para los negocios generales, en otros términos, para todos aquellos puntos en que deben obrar como nación.