Alegaciones del ciudadano ...: Prisciliano Maria Diaz Gonzalez y pedimento del ... Procurador de justicia en el jurado de responsabilidad de los magistrados de la 4a. sala del Tribunal superior del distrito con insercion de los documentos justificativos y del veredicto pronunciado por el referido juradoTip. de la Escuela industrial de Huérfanos, 1882 - 114 páginas |
Términos y frases comunes
1392 del Código 1521 del Código 4ª Sala acusacion administracion de justicia administrar justicia alega apelacion argumento artículo 17 audiencia Ayon censo consignativo cion Código Civil Código de Procedimientos Código Penal Concepcion Rodriguez conciencia confesion conforme Conque consecuencia consentimiento consta constancias de autos Constitucion contestacion contestar contrato de censo corredor cuestion cumplimiento debates debe debia decia declaracion declaraciones de Legrand delito demanda depósito derecho despues dice dolo entónces error escrito escritura expresa fallo garantía habia honra ignorancia infringido injusticia notoria instancia interpretacion interpuesto invoca jueces Juez 3º juicio legal Legrand y Valle luego Magistrados Mariana Rojo mil pesos Ministerio público mis clientes mis defendidos nuevo cargo ñores opinion Osio pedir peritos pide pobreza poder judicial premisa PRISCILIANO probanzas prueba testimonial pública recurso de casacion resolucion Rodriguez de Mangino sentencia notoriamente injusta sistema latino superveniente tambien tenia testigos ticia tículo título trata valia valiera valúo verdad viola
Pasajes populares
Página 13 - Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también á todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes á la buena fe, al uso y á la Ley.
Página 41 - Art. 9. ° Siempre que á un acusado se le pruebe que violó una ley penal, se presumirá que obró con dolo ; á no ser que se averigüe lo contrario, ó que la ley exija la intención dolosa para que haya delito.
Página 58 - El pueblo mexicano reconoce, que los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales. En consecuencia declara, que todas las leyes y todas las autoridades del país, deben respetar y sostener las garantías que otorga la presente Constitución.
Página 71 - ... siguen. Se tendrá como notoriamente injusta, toda sentencia en que se viole alguna disposición terminante de una ley, ó que manifiestamente sea contraria á lo que conste en las actuaciones del juicio en que se dicte, 6 al veredicto de un jurado.
Página 40 - Cuando se pronuncie en negocio civil una sentencia irrevocable, notoriamente injusta, será el delincuente destituido de su empleo é inhabilitado para ejercer la judicatura por un término de cuatro á diez años. Si la sentencia fuere revocable, revóquese ó no, la pena será de destitución de empleo.
Página 72 - ... los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que según su naturaleza sean conformes a la buena fe, al uso ya la Ley".
Página 41 - ... á los encargados ó comisionados de un funcionario público que, con aquella investidura, cometan el delito de concusión.
Página 25 - Se entiende por dolo en los contratos, cualquiera sugestión ó artificio que se emplea para inducir á error ó mantener en él á alguno de los contrayentes; y por mala fe, la disimulación del error de uno de los contrayentes, una vez conocido.
Página 21 - Jueces que conoscieren de los pleytos , y los hubieren de librar , los determinen y juzguen según la verdad que hallaren probada en los tales pleytos...
Página 25 - III. Si procede de dolo ó mala fe de uno de los contrayentes: IV. Si procede de dolo de un tercero que pueda tener interés en el contrato. En este caso, los contrayentes tienen también acción contra el tercero.