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DOCUMENTOS DIPLOMÁTICOS

ANEXO NÚM. I.

Independencia de Guayaquil y su anexión á Colombia. Años 1820-1822.

Acta de independencia.—1820.

En la ciudad de Santiago de Guayaquil, á nueve días del mes de Octubre de mil ochocientos veinte años y primero de su independencia, reunidos los Señores que lo han compuesto, á saber: los Señores Alcaldes D. Manuel José de Herrera, D. Gabriel García Gómez, y Señores Regidores D. José Antonio Espantoso, Dr. D. José María Maldonado, Dr. D. Bernabé Cornejo, D. Jerónimo Zerda, D. José Ramón Menéndez, D. Manuel Ignacio Aguirre, D. J. José Casilari y Dr. D. Francisco Marcos, con el Señor Procurador General D. José María Villamil, por ante mí el presente Secretario, dijeron: que habiéndose declarado la independencia por el voto general del pueblo, al que estaban unidas todas las tropas acuarteladas, y debiéndose tomar en consecuencia todas las medidas que conciernan al orden político en circunstancias que éste necesita de los auxilios de los principales vecinos, debía primeramente recibirse juramento al Señor Jefe Político que se ha nombrado, y lo es el Sr. Dr. D. José Joaquín Olmedo, por voluntad del pueblo y de las tropas; y en efecto, hallándose presente dicho Señor en este excelentísimo Cabildo, prestó el juramento de ser independiente, fiel á su patria, defenderla, coadyuvar con todo aquello que concierna á su prosperidad y ejercer bien y legalmente el empleo de Jefe Político que se le ha encargado.

En seguida, el referido Jefe Político, posesionado del empleo, recibió juramento á todos los individuos de este Cuerpo, quienes juraron ser independientes, fieles á la patria y defenderla con todas las fuerzas

que estén á sus alcances, cuyo juramento lo presenció el Señor Jefe Militar, D. Gregorio Escobedo.

Después de este acto se acordó igualmente que los empleados antiguos continúen en el servicio de su ministerio, siempre que con absoluta libertad presten el juramento de ser independientes y fieles á la patria, como de propender á la libertad de la América en el ejercicio de sus destinos, bajo del concepto que en caso de no quererlo prestar no serán acriminados por la omisión única de este acto; y habiéndose hecho llamar á los Sres. D. Pedro Morlás, D. Gabriel Francisco de Urbina y D. Fernando Alzúa, Ministro de Hacienda pública; D. Juan Ferruzola y D. José Joaquín Lovoguerrero, Administrador y Contador de la Aduana Nacional; D. Ángel Tola y D. Carlos Calisto, Administrador y Contador del Ramo de Tabaco, y D. Ramón Pacheco, Administrador de Correos, prestaron el juramento indicado, á excepción de D. Juan Ferruzola, que no pudo comparecer en el acto, y don Bernardo Alzúa, quien expuso que no era empleado en ejercicio, sino agregado á estas Cajas, y por este motivo no lo hacía, cuanto por haber hecho dimisión de ese cargo por no gravar inútilmente el Erario público.

Se acordó igualmente que se expidiesen dos expresos á los ayuntamientos de Quito y Cuenca, poniendo en su noticia la nueva forma de gobierno establecido en esta ciudad, exhortándolos á la uniformidad de sentimientos y operaciones conducentes á la independencia general de la América, y que esta providencia se extienda á todos los pueblos de esta jurisdicción por el Señor Jefe Político.

Finalmente se acordó que se publicase por bando con acuerdo del Señor Comandante Militar.

En este estado compareció D. Juan Ferruzola, y habiéndose enterado de todo el contenido de esta acta, prestó el indicado juramento. Y habiéndose tratado del ejercicio de la jurisdicción contenciosa y orden que debía observarse en la Ciudad, se acordó generalmente que dicha jurisdicción se ejerciese por dichos Alcaldes con arreglo á las leyes que han regido hasta el día de hoy, y que para mantener el orden se destinasen todos los Señores del Ayuntamiento á hacer patrullas, procurando mantener el sosiego con el modo y sagacidad que exigen las circunstancias del día.

Con lo que, y no habiéndose tratado otra cosa, firmaron esta acta los Señores, por ante mí el presente Secretario.

JOSE JOAQUÍN DE OLMEDO.-MANUEL JOSÉ DE HERRERA.-GABRIEL GARCÍA GÓMEZ.-JOSÉ ANTONIO ESPANTOSO. PEDRO SANTANDER.-JOSÉ

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