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Jefe cuyos conocimientos y experiencia nada nos dejará que desear. La ligera indicación que hace V. S. en su nota sobre la agregación de esta Provincia á la heroica República de Colombia, merece una contestación tan detenida y extensa que más bien debe ser materia de varias conferencias. Por ahora me contento con decir á V. S. que después de proclamada la independencia de la Provincia, nuestros únicos votos han sido sostenerla y cooperar á la causa de América y al engrandecimiento de la República. Desde los principios hemos conocido que esta Provincia por su pequeña extensión, por su corta población, por la escasez de luces y por el atraso lamentable de la agricultura y de las artes, no puede ni debe ser un Estado independiente y aislado; y necesita el apoyo y protección de un Estado más fuerte y poderoso para progresar en la carrera de su prosperidad y marchar con firmeza en la de su libertad. Por tanto, en el Reglamento de Gobierno aprobado por la Junta General de la Provincia como una Constitución provisoria (de que es adjunta copia), se ha declarado esta Provincia en libertad de agregarse á cualquiera grande asociación que le convenga de las que han de formarse en la América meridional.

Esta actitud de la Provincia, lejos de ser embarazosa á los planes de los ejércitos que protegen la independencia, facilita las operaciones y aun les da margen á abrir y proyectar nuevas en caso de que lo impidiese por alguna parte el compromiso de una negociación; de manera que aunque el Gobierno estuviese autorizado para hacer una declaración sobre este asunto, no sería oportuna ni ventajosa.

En lo que debe fijarse toda la consideración por ahora, es en los medios de consolidar la independencia de la Provincia, no en afirmar su reunión á un Estado con quien ya está tan unida por tantos lazos y por tantas relaciones. En efecto, dispuesta como está á cooperar activamente á la libertad de las provincias comarcanas, preparada á prestar al Ejército libertador cuantos auxilios estén en su poder, y segura de recibir los que necesite, se le puede considerar de hecho agregada á cualquier Estado con quien tenga tales relaciones.

En esta virtud será muy conveniente se verifique el deseo del Gobierno de Colombia de remitir aquí una fuerza competente, si así lo exige el bien general, y en caso de que suspendiéndose las hostilidades por Pasto quede sin movimiento el ejército, entonces conceptúo que mil quinientos hombres podrán en el verano abrir por aquí y concluir con gloria la campaña, uniéndose á esa fuerza quinientos hombres bien armados que dará esta Provincia. Si el armisticio no tuviese efecto, será más conveniente que la fuerza unida del ejército de Co

lombia obre por aquella parte, y por ésta obren en combinación al mando de V. S. las de la Provincia.

En el estado deplorable en que se halla este pueblo después de diez años de languidez de su comercio y de las últimas exacciones que hizo el Gobierno español, sus recursos son inferiores á sus necesidades, de modo que el Gobierno se ha visto en la dura necesidad de ocurrir á un empréstito forzoso para sostener la fuerza armada, que en el día pasa de mil hombres, reclutados en estos últimos meses. Á pesar de esta situación, si viniesen tropas del ejército se les proporcionarían la subsistencia y los medios de transporte. Tenemos mil fusiles de repuesto, armas para un escuadrón y algunas piezas de montaña. Hay un escuadrón de dragones milicianos con los que se puede formar un escuadrón ligero. Finalmente, como no hay marina, no podemos asegurar el número de buques que podrán marchar á las costas del Chocó para transportar las tropas; pero seguramente se mandarían todos los que hubiese en el puerto, y se facilitarían todos los medios necesarios para su conducción.

Esta es la situación de la Provincia y éstos los auxilios que puede prestar en beneficio suyo y del común del pueblo americano. Sobre todo lo cual V. S. hará las observaciones convenientes, seguro de que por parte del Gobierno no encontrará V. S. sino la mejor disposición en proteger la causa, la mayor gratitud al heroico pueblo de Colombia por los auxilios que le presta hoy y por el sublime ejemplo que nos ha dado en esta época memorable; sentimientos de admiración por el glorioso Libertador y la mayor consideración á la persona y méritos de V. S.

Dios guarde á V. S. muchos años.

Guayaquil, Febrero 27 de 1821.

JOSÉ DE OLMEDO.

Protectorado de Colombia.

Al Señor Ministro de Guerra y Marina, B. Coronel P. Briceño Méndez.

Después de mis conferencias, mis solicitudes y mis manifestaciones más interesadas á este Gobierno por la incorporación de la Provincia á la República, yo no he obtenido otra contestación sino que la

falta de sus facultades les impide hacer esta declaración mientras no se reuna la Junta ó Asamblea electoral.

Consultando las intenciones del Libertador al conferirme esta comisión, y considerando que el principal interés es tener derechos para con el Gobierno español á reclamar el reconocimiento del territorio de Quito y éste, en el que corresponde á la República, ó bien obtenerlos por la fuerza abriendo la campaña por esta parte, aprovechando los recursos, etc., he creído que el primer obstáculo quedaba vencido haciendo que Guayaquil se declarase bajo la protección de Colombia y confiase sus intereses al Gobierno; y para el segundo, he logrado que del todo faciliten sus medios y sus armas.

Yo intentaba que esta declaratoria se hiciera de parte de ellos, sin ningún compromiso de la República, pero no lo he logrado; y después de varias conferencias en que moví todos los medios á obtenerlo y en que la Junta me invitó siempre á concluir un convenio, yo le presenté, según sus mismos deseos, el proyecto de la estipulación, conforme verá V. S. en la copia núm. 1.° Discutido luego el proyecto, observando yo que instar sobre la aprobación absoluta nos perjudicaría en el concepto de la Junta ó que nos dividiría en el principal objeto, que es la campaña de Quito, y cuyos buenos resultados nos darán absolutamente la posesión de este país, tuve á bien aceptar la negociación modificada, conforme la paso á V. S. en el núm. 2.o

Como antes he dicho á V. S., la opinión pública en general está pronunciada en favor de Colombia, y sería muy fácil que por un voto público se declarase; pero por una parte un medio de esta especie que apareciere forzando así á los gobernantes no sería decoroso, y más que nada dividiría nuestros esfuerzos en la presente campaña, y por otra acaso se encenderían algunos partidos, entre los pocos desafectos á Colombia, que se unieran á los realistas, que son muchos, y empleados y tolerados escandalosamente.

Yo he tomado el camino que he creído pueda aproximarnos á obtener esta Provincia, que es la influencia que tenga nuestro Gobierno sobre ella y el que adquirieran las tropas de la República y sus Jefes. De esta manera arrastraremos en poco con la voluntad absoluta de todos, y la Asamblea de la Provincia que se reuna en el tiempo que esté señalado hará su declaratoria unánime.

V. S. observará que yo he marchado sobre tres puntos esenciales: 1. Dejar la República sin serios comprometimientos que entorpezcan las negociaciones;

2.

Ligar los intereses de Guayaquil á Colombia y que la Provin

cia reconozca que de derecho, y en algún modo de hecho, pertenece á nuestra asociación; y

3. Facilitar la libertad de Quito, que es lo que nos importa.

Respecto á nuestros gastos, yo he mejorado; porque ofrecía reconocer á la deuda nacional los gastos de todas las expediciones sobre Quito, y por el convenio no debemos pagar sino la subsistencia de nuestras tropas y los transportes, debiendo Guayaquil mantener sus tropas durante la campaña y dar todos los recursos militares que tenga en sus parques.

En fin, el Libertador debe considerar que yo no he perdido ningún partido para sacar las mayores ventajas, y que hasta ahora he conseguido algunas. Acaso antes de marchar la expedición habré satisfecho absolutamente todos los deseos de S. E. en todos sentidos respecto de la Provincia, pues no dejo instante para practicar las diligencias para ello, y mis esperanzas de lograrlo se aumentan.

Dios guarde á V. S. muchos años.

Guayaquil, 15 de Mayo de 1821.

A. J. DE SUCRE.

El Gobierno de la República de Colombia, para llevar á efecto la ley fundamental del Estado, deseando obtener libremente el voto de los pueblos que han sacudido la dominación española en el Sur de Quito; incorporarlos en consecuencia á la República; llamar á sus representantes de la Asamblea Nacional y constituirse en el mundo. bajo una forma sólida y concentrada en su Gobierno; habiendo confiado sus poderes al General de Brigada Antonio José Sucre para presentar al Gobierno y pueblo de Guayaquil la ley de la República como el pacto social de Colombia; invitarlo á su reunión ó concluir una negociación que abrevie el término de ella y la más pronta libertad del departamento de Quito; y la Junta Superior de Gobierno de la provincia de Guayaquil, recibiendo con singular aprecio aquella honrosa invitación por medio del Señor Comisionado y examinadas las credenciales y poderes que le ha conferido el Libertador Presidente de la República; estando penetrada de las ventajas de la ley fundamental, de la necesidad de reunir esta Provincia á alguna de las grandes asociaciones de la América meridional, de las conveniencias que su situación local ofrece en sus íntimas relaciones con Colombia; consultando,

en fin, todas las circunstancias de mutua utilidad que pueden conducirle á un alto grado de superioridad; y teniendo presente la Constitución provisora de la Provincia, han acordado, después de las más detenidas conferencias y explicaciones necesarias, celebrar un convenio que fije y asegure su existencia política y la garantía de su derecho sobre las bases contenidas en los artículos siguientes:

ART. I. La Junta Superior de Guayaquil, no estando facultada por su Constitución provisora para declarar la incorporación de la Provincia á la República de Colombia, según la ley fundamental, protesta no obstante manifestar y recomendar las ventajas de la ley á la Junta electoral de la Provincia, luego que se reuna, con el fin de expresar libremente su voluntad sobre su agregación en la forma que le convenga; para cuyo efecto se aprovechará la oportunidad que presente nuestra situación después de la próxima campaña en que deben quedar libres las provincias de Quito y Cuenca.

ART. II. La Junta Superior de Guayaquil declara la Provincia que representa bajo los auspicios y protección de la República de Colombia. En consecuencia, confiere todos sus poderes á S. E. el Libertador Presidente para proveer á su defensa y sostén de su independencia, y comprenderla en todas las negociaciones y tratados de alianza, de paz y comercio que celebrare con las naciones amigas, enemigas y neutrales; á cuyo efecto la Junta de Gobierno formará y remitirá directamente ó por medio de comisionados las exposiciones convenientes que recomienden las consideraciones que debe merecer esta Provincia en cualesquiera tratados por su situación geográfica, política y mercantil.

ART. III. Siendo de la mayor importancia la ocupación total del departamento de Quito por el bien general de la América, y el particular de aquellos pueblos de Colombia que aún gimen bajo la opresión española, Guayaquil, animada de los sentimientos de unión y fraternidad, se obliga á cooperar con todos los medios que estén en su poder á los planes de la República para libertar las provincias del Departamento. Al efecto, promete todos los elementos de guerra necesarios de los que existen en los parques, cuantos recursos pueda proporcionar el país y ochocientos hombres de las tropas veteranas de la Provincia por ahora, pagados y mantenidos por ella, que incorporados á la División destinada por el Libertador á obrar en el Sur de la República, darán este nuevo testimonio de su devoción é interés por Quito, Cuenca y demás pueblos subyugados aún.

ART. IV. La República de Colombia ofrece sus tropas, sus armas, sus recursos y sus hijos para la defensa y libertad de Guayaquil y de

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