Manual de la legislacion del impuesto de derechos reales y transmision de bienes

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J.M. Perez, 1876 - 382 páginas

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Pasajes populares

Página 192 - Todo español está obligado á defender la patria con las armas cuando sea llamado por la ley, y á contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.
Página 192 - Fundado en estas consideraciones, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de Decreto.
Página 117 - Ninguna reclamación contra el Estado á título de daños y perjuicios ó á título de equidad será admitida gubernativamente pasado un año desde el hecho en que se funde el reclamante, quedando á éste únicamente el recurso que corresponda ante los Tribunales competentes, al que habrá lugar como si la reclamación hubiera sido denegada por el Gobierno. Este recurso prescribirá por el transcurso de dos años, á contar desde la misma fecha.
Página 192 - Conformándome con lo propuesto por el Ministro de Hacienda, de acuerdo con el Consejo de Ministros, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.
Página 63 - ... cedidos por el adjudicatario al acreedor en solvencia de su crédito ó enajenados para este objeto, en el término de un año, á contar desde la fecha de la adjudicación.
Página 106 - Por la busca de antecedentes y expedición de certificación relativa al impuesto, á instancia de parte interesada 6 por mandato judicial 2 » Si la certificación ocupa más de una página de 26 líneas á 20 sílabas, por cada página más, esté ó no ocupada íntegramente 1 •» 3.° Por la liquidación de los derechos, ell'50 por 100 del importe de los mismos.
Página 31 - La Sociedad no puede dejar de representar á VA que aunque la alcabala le parece siempre digna de su bárbaro origen , nunca es á sus ojos mas gravosa, que cuando se cobra en la venta de propiedades ; porque siendo un principio inconcuso, que tanto vale^ gravar los productos de la tierra como gravar su renta, y tanto gravar...
Página 192 - ... número de gobierno. La existencia de puertas de carros, traseras, de escape ú otras denominaciones análogas no alterará la unidad de la finca, cuando su construcción, según los usos de cada localidad, no determine una separación marcada y evidente. Art.
Página 192 - ... las clases más elevadas. La utilidad de una casa, por reducida que sea, no deberá bajar nunca de la que se regularía á una tierra de labor de igual cabida y de las de mejor clase de la jurisdicción del pueblo en que la misma radique, sin deducir los gastos de cultivo y demás, pero sí la cuarta parte del alquiler, según determina el art.
Página 143 - Madrid, 8 de enero de 1874. — El Presidente del Poder ejecutivo de la República, Francisco Serrano. — El Ministro de Estado, Práxedes Mateo Sagasta.

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