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CÓDIGO PENAL

REFORMADO

DE 1870

CON LAS VARIACIONES INTRODUCIDAS EN EL MISMO
POR LA LEY DE 17 DE JULIO DE 1876

CONCORDADO Y COMENTADO

para su mejor inteligencia

y fácil aplicación, con una multitud de ejemplos y cuestiones prácticas extractadas de la jurisprudencia establecida por
el Tribunal Supremo en más de CINCO MIL sentencias dictadas en materia

de casación criminal desde 1870 á 1889, y de la jurisprudencia francesa en los casos no resueltos aún
por la nuestra que dimanan de artículos del Código francés que guardan completa
identidad ó analogía con los del Código español

SEGUIDO

DE UN EXTENSO Y MINUCIOSO REPERTORIO ALFABÉTICO

DE LAS MISMAS Y DE UN APENDICE CON LAS LEyes penales

ESPECIALES DE CONTRABANDO Y DEFRAUDACIÓN,

FERROCARRILES, MONTES, LEY ELECTORAL Y MUNICIPAL, CAZA Y PESCA, LEY SOBRE PROTECCIÓN Á LOS NIÑOS
DE 26 DE JULIO DE 1878 Y SOBRE USURPACIÓN Y FALSIFICACIÓN de patenteS DE 30 DEL PROPIO MES Y AÑO,
ANOTADAS Y COMENTADAS CON LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO

OBRA UTILÍSIMA Á LOS SEÑORES MAGISTRADOS,

Jueces, Fiscales, individuos del Cuerpo Jurídico-Militar y demás funcionarios encargados
de la aplicación de la Ley y muy particularmente á los Sres. Letrados, defensores ó acusadores
en causa criminal, y á todas aquellas personas que, deseosas de conocer el Código
y la Jurisprudencia, no han podido hacer de ellos un estudio especial,

Y PUESTA

POR EL

ILMO. SR. D. SALVADOR VIADA Y VILASECA,

Teniente Fiscal del Tribunal Supremo.

CUARTA EDICIÓN

NOTABLEMENTE CORREGIDA,

EN CONSONANCIA CON LA CONSTITUCIÓN DE 1876 Y DEMÁS LEYES ORGÁNICAS, CIVILES,
ADMINISTRATIVAS Y DE PROCEDIMIENTOS PROMULGADAS HASTA EL DÍA

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Esta obra es propiedad del autor y está bajo la garantía de la ley de 10 de Enero de 1879, por haberse cumplido lo dispuesto en el artículo 36 de la misma.

El autor denunciará como de ilegítima procedencia todo ejemplar que carezca de su firma y rúbrica y de la numeración correspondiente.

No 3434 Alvain Viada Satein

MADRID, 1890.-Tipografía de MANUEL GINÉs Hernández, Libertad, 16 duplicado
Teléfono 934

Merecedores de gran estimación y aplauso son evidentemente los esfuerzos de aquellos que, desentrañando en la elevada región de la teoría los arduos problemas de la ciencia, nos ofrecen después en síntesis, como delicado fruto de sus continuas vigilias y penosas investigaciones, una serie de conclusiones y verdades que son el punto de partida para nuevas observaciones y descubrimientos, piedras miliarias en un dilatado camino, cuya meta no es dado tocar al hombre en esta vida; pero no es menos meritoria ni menos importante la tarea de los que, una vez asentada la verdad, resultado de la especulación científica, procuran facilitar su aplicación á la práctica, disminuyendo los inconvenientes que surgen al contacto de la realidad, desembarazando de obstáculos el camino y haciendo posible su tránsito á los que tienen que cruzarlo.

Y si en todos los órdenes es de interés y transcendencia, al mismo tiempo que difícil, el paso de la teoría á la práctica, mundo nuevo que viene á abrirse ante nuestra vista,

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y

en el orden legal acrecen las asperezas, siendo á menudo embarazoso y apurado acomodar en el molde que la Ley ofrece hechos y situaciones que mil accidentes cambian modifican, llevando la vacilación al ánimo. Todo cuanto venga á disipar dudas y fluctuaciones, todo cuanto pueda servir de guía y derramar luz en este terreno, tiene que ser bien recibido y mirado con cierta alegría, no sólo por aquellas personas á quienes inmediatamente presta más que regular beneficio, sino por la generalidad.

El trabajo que ha publicado el Dr. D. Salvador Viada y Vilaseca, Abogado Fiscal de la Audiencia de Barcelona (hoy Teniente Fiscal del Tribunal Supremo), trabajo al que consagramos las presentes líneas, pertenece á esta clase.

Propónese el autor comentar el Código penal español, reformado provisionalmente en 1870, pero de una manera eminentemente práctica, siguiendo un sistema diverso del empleado por otros distinguidos autores, cuyos comentarios. entran, más bien que en otra cualquiera, en la categoría de puramente didácticos. El Sr. Viada, después de la trascripción de los artículos del Código y sus concordancias con los correspondientes á los Códigos de las demás naciones, hace una ligera explicación del artículo que considera, comentando sus palabras, y luego presenta las varias cuestiones. que en la práctica pueden ocurrir, referentes á la disposición de que se trata, ofreciendo seguidamente la resolución de los Tribunales que sobre cada caso particular ha recaído, cuestiones que están extractadas de la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de casación en los juicios criminales.

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