Una cuestión histórica: la Isla de Martín García, uruguaya y no argentina

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Imp. El "Siglo Ilustrado", 1907 - 100 páginas
 

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Página 63 - Las Altas Partes Contratantes se obligan a someter a juicio arbitral todas las controversias de cualquier naturaleza que por cualquier causa surgieren entre ellas, en cuanto no afecten a los preceptos de la Constitución de uno u otro país y siempre que no puedan ser solucionadas mediante negociaciones directas.
Página 27 - Declara írritos, nulos, disueltos y de ningún valor para siempre, todos los actos de incorporación, reconocimientos, aclamaciones y juramentos arrancados a los pueblos de la Provincia Oriental por la violencia de la fuerza, unida a la perfidia de los intrusos poderes de Portugal y el Brasil...
Página 67 - Artículo 1 ° La República de las Provincias Unidas del Río de la Plata reconoce la independencia é integridad del Imperio del Brasil, y renuncia á todos los derechos que pudiere tener al territorio de la Provincia de Montevideo, llamada hoy Cisplatina.
Página 47 - Estados ribereños, para obtener de aquel, á quien pertenece ó venga á pertenecer la posesión y soberanía de la mencionada Isla, que se obligue á no servirse de ella para embarazar la libre navegación de los otros ribereños, á consentir en su neutralidad en tiempo de guerra, asi como en los establecimientos que fueren necesarios para la seguridad de la navegación interior de todos los Estados ribereños.
Página 50 - 10 de julio de 1853, reconocen igualmente la conveniencia »de la neutralidad de la referida isla en tiempo de guerra...
Página 35 - El material de armamento de dicha isla será repuesto tal como estaba el 10 de octubre de 1838. Los...
Página 46 - El Gobierno de la República de las Provincias Unidas concuerda en declarar por su parte la independencia de la Provincia de Montevideo, llamada hoy Cisplatina, y en que se constituya en Estado libre é independiente, en la forma declarada en el artículo antecedente.
Página 50 - Oponerse por todos los medios á que la posesión de la isla de Martín García deje de pertenecer á uno de los Estados del Plata interesados en su libre navegación; «2.°...
Página 45 - Por el Este el Océano, por el Sur el Río de la Plata, por el Oeste el Uruguay, por el Norte el Río Cuareim hasta la cuchilla de Santa Ana, que divide el río de Santa María, y por esta parte el arroyo Tacuarembó grande, siguiendo a las puntas del Yaguarón que entre en la laguna Merim y pasa por el puntal de San Miguel a tomar el Chuy que entra en el Océano.
Página 45 - Su majestad el emperador del Brasil declara la provincia de Montevideo, llamada hoy Cisplatina, separada del territorio del imperio del Brasil, para que pueda constituirse en estado libre e independiente de toda y cualquiera nación, bajo la forma de gobierno que juzgare conveniente a sus intereses, necesidades, y recursos.

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