Reglamento del cuerpo consular mexicano

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1892 - 22 páginas
 

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Página 5 - Para conseguir estos fines, obedecerán escrupulosamente las leyes, decretos, reglamentos, órdenes é instrucciones del gobierno mexicano, y las del gobierno extranjero á que deban someterse en su calidad de agentes ó empleados mexicanos. Les está absolutamente prohibido mezclarse en la política del país en que residen. Deben conservar cuidadosamente buenas relaciones con las autoridades y particulares con quienes tengan que tratar por razón de su oficio, y no dar motivo de queja por su conducta...
Página 13 - ... los Agentes comerciales para que se lleven á efecto sus providencias. Pero este arbitramento no priva á las partes interesadas de recurrir á las autoridades de sus respectivos países. IX. Requerir la asistencia de las autoridades locales á fin de buscar, arrestar, detener y encarcelar á los desertores de buques de guerra y mercantes de su país...
Página 21 - Art. 108. Los agentes consulares cobrarán los emolumentos siguientes: (A). Diez pesos por cada buque mexicano que llegue al puerto de su residencia. (B). Diez pesos por cada recibo de manifiesto general que den con arreglo al art.
Página 20 - Los muebles que así se adquieran se considerarán como propiedad nacional y pasarán de un cónsul á otro. Su demérito se repondrá por la Hacienda Pública, previa cuenta justificada, al relevo de cada...
Página 12 - XIII. En caso de tempestad ú otro accidente que ponga en peligro las embarcaciones, el agente comercial del país á que éstas pertenezcan podrá hacer cuantas diligencias estimare convenientes para salvarlas, lo mismo que á sus tripulaciones, y á los pasajeros y efectos que condujeren. Los efectos se depositarán en la Aduana ú otro lugar seguro, previo inventario, y podrán...
Página 8 - La cantidad de los que paguen por número, y en general de los que contenga cada bulto, siendo de aquellos que se venden por número de piezas, aunque paguen los derechos por peso.
Página 20 - Pública, previa cuenta justificada, al relevo de cada agente consular, si fuere necesario, ó de cuatro en cuatro años, si no hubiere habido cambio de agentes en el intermedio; pero nunca el costo de una reposición excederá de la suma destinada por primera vez, ni ésta pasará de mil pesos. Art. 98. La oficina consular se establecerá precisamente en una ó más piezas especiales excluidas de otros usos, y se pondrá sobre la puerta de entrada una inscripción que exprese su destino.
Página 14 - California declara inhábiles para recibir este encargo a los extranjeros que no estén domiciliados en dichas demarcaciones.* 73 Informarán en términos comedidos y por escrito, al juez local, de una causa criminal en que algún mexicano fuere reo, sobre cuanto les pareciere conveniente para la inquisición de la verdad; mas no se convertirán en apoderados ni en defensores de los reos, sino por expresa voluntad de éstos y conforme a las leyes del país en que residen.
Página 10 - ... intereses mexicanos, excepto lo que especialmente dispongan los tratados con la República y los buenos oficios, cuyo empleo se extenderá hasta donde lo permitan las leyes y autoridades del país de su residencia.
Página 7 - Ordenanza general de aduanas y sus aclaraciones posteriores/0 30 Con arreglo á estas disposiciones, dichos documentos deberán llenar los siguientes requisitos: (A.) El manifiesto comprenderá, conforme al modelo número 2 de la Ordenanza/ } las toneladas del buque, las marcas, números, peso y cantidad de bultos, clase de éstos y en general de las mercancías, señalando la materia de los tejidos (si son de...

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