Propiedad literaria: cáracter, límites y conveniencia de este derecho : modo de constituirlo y asegurarlo : exámen crítico de nuestra Ley de propiedad literaria] : Discurso leído en la Universidad Central en el solemne acto de recibir la investidura de Doctor en la Facultad de Derecho

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Imprenta del Banco Industrial y Mercantil, á cargo de Joaquín Bernat, 1865 - 42 páginas
 

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Página 25 - Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidad que establezcan las leyes.
Página 32 - Sin embargo, si el extracto ó compendio fuese de tal mérito é importancia que constituyese una obra nueva, ó proporcionase una utilidad general, podrá autorizar el Gobierno su impresión, oyendo previamente á los interesados y á tres peritos que él designe. En este caso el autor ó propietario de la obra primitiva tendrá derecho á una...
Página 36 - Art. 27. Los efectos y beneficios de esta ley comprenderán á todos los propietarios de obras que no hayan entrado en el dominio público. Art. 28. El que haya comprado al autor la propiedad de una de sus obras gozará de ella durante el término fijado por la legislación hasta hoy vigente. Al cumplirse este plazo volverá la propiedad al autor, que la disfrutará por el tiempo que falte para completar el que para cada clase de obras fija la presente ley.
Página 18 - El principio fundamental, en esta materia, se dice en él , es el derecho de propiedad reconocido esplícitamente á favor de los autores. Si hay una propiedad respetable y sagrada, ninguna lo es mas que la que aquellos tienen sobre sus obras; en ellas han empleado su tiempo, sus afanes, un capital incalculable invertido en largos años de educación, en libros y otros instrumentos del humano saber; y hasta puede decirse que los frutos de su entendimiento son como una emanación de ellos mismos,...
Página 23 - ... herederos se les continúe el privilegio, mientras lo soliciten, «por la atención que merecen aquellos literatos que, después de haber ilustrado su patria, no dejan mas patrimonio á sus familias que el honrado caudal de sus propias obras, y el estímulo de imitar su buen ejemplo.
Página 26 - Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin prévia censura, con sujecion á las leyes. Art. 3.° Todo español tiene derecho de dirigir peticiones por escrito á las Córtes y al Rey , como determinen las leyes.
Página 34 - A perder todos los ejemplares que se le encuentren de la obra impresa fraudulentamente, los cuales se entregarán al autor de la obra ó á sus derecho-habientes.
Página 11 - Se entiende por propiedad literaria para los efectos de esta ley, el derecho exclusivo que compete á los autores de escritos originales para reproducirlos ó autorizar su reproducción por medio de copias manuscritas, impresas, litografiadas ó por cualquiera otro semejante.
Página 22 - Considerando los reyes de gloriosa memoria, dice, cuánto era provechoso y honroso que a estos sus reinos se trajiesen libros de otras partes, para que con ellos se hiciesen los hombres letrados...
Página 34 - A las costas del proceso. En caso de reincidencia, se añadirá á estas penas una multa que no podrá bajar de 2,000 reales, ni esceder de 4,000.

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