Recopilación de leyes, decretos, reglamentos y otras disposiciones de interes general: dictadas por los poderes legislativo y ejecutivo de los Estados Unidos Mexicanos, Volumen1

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Talleres Gráficos de la Nación, 1927
 

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Pasajes populares

Página 102 - El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad del hombre, ya sea por causa de trabajo, de educación, o de voto religioso.
Página 663 - Al margen un sello que dice: Poder Ejecutivo Federal. Estados Unidos Mexicanos. México. Secretaría de Gobernación . El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, se ha servido dirigirme la siguiente Ley: "ABELARDO L. RODRÍGUEZ Presidente Constitucional Substituto de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: "Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente Decreto...
Página 572 - Al margen un sello que dice : Poder Ejecutivo Federal. — Estados Unidos Mexicanos. — 'México. — Secretaría de Gobernación. El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos se ha servido dirigirme el siguiente decreto...
Página 102 - La enseñanza es libre; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares.
Página 4 - Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: LEY...
Página 104 - Por ningún motivo se revalidará, otorgará dispensa o se determinará cualquier otro trámite que tenga por fin dar validez en los cursos oficiales, a estudios hechos en los establecimientos destinados a la enseñanza profesional de los ministros de los cultos.
Página 358 - Secretario de Estado y del Despacho de Gobernación.— Presente." Lo que comunico a usted, para su publicación y demás efectos.
Página 131 - IV. Las sociedades comerciales, por acciones, no podrán adquirir, poseer o administrar fincas rústicas. Las sociedades de esta clase que se constituyeren para explotar cualquiera industria fabril, minera, petrolera o para algún otro fin que no sea agrícola, podrán adquirir, poseer o administrar terrenos únicamente en la extensión que sea estrictamente necesaria para los establecimientos o servicios de los objetos indicados, y que el Ejecutivo de la Unión, o de los Estados, fijarán en cada...
Página 131 - Las sociedades de esta clase que se constituyeren para explotar cualquiera industria fabril, minera, petrolera o para algún otro fin que no sea agrícola, .podrán adquirir, poseer o administrar terrenos únicamente en la extensión que sea estrictamente necesaria para los establecimientos o servicios de los objetos indicados, y que el Ejecutivo de la Unión o los de los Estados fijarán en cada caso; "V.
Página 104 - Los ministros de los cultos nunca podrán en reunión pública o privada constituida en junta, ni en actos del culto o de propaganda religiosa, hacer crítica de las leyes fundamentales del país, de las autoridades en particular o en general del Gobierno; no tendrán voto activo, ni pasivo, ni derecho para asociarse con fines políticos.

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