Colección legislativa de España: continuación de la Colección de decretos, Volumen131Imprenta nacional, 1884 |
Dentro del libro
Resultados 1-5 de 72
Página 39
... Real decreto , reformando los artículos 3.o y 4. del de 22 de Mayo de 1864 , referente al servicio y transmisión de despachos telegráficos . De acuerdo con lo propuesto por el Ministro de la Gober- nación , Vengo en decretar lo ...
... Real decreto , reformando los artículos 3.o y 4. del de 22 de Mayo de 1864 , referente al servicio y transmisión de despachos telegráficos . De acuerdo con lo propuesto por el Ministro de la Gober- nación , Vengo en decretar lo ...
Página 44
... Real decreto de 3 de Noviembre de 1863 pudo ser cumplimentado ; así que hubo necesidad de pensar después en nuevos proyectos de reforma , que no se han realizado . Declarados libres la siembra y el cultivo del tabaco , así como su ...
... Real decreto de 3 de Noviembre de 1863 pudo ser cumplimentado ; así que hubo necesidad de pensar después en nuevos proyectos de reforma , que no se han realizado . Declarados libres la siembra y el cultivo del tabaco , así como su ...
Página 48
... decreto . - Dado en Palacio á 12 de Julio de 1883. ALFONSO . = El Ministro de Ultramar , Gaspar Núñez de Arce . 319 . ULTRAMAR . 12 Julio : publicado en 19 . Real decreto , suprimiendo en la Isla de Puerto Rico las Juntas jurisdic ...
... decreto . - Dado en Palacio á 12 de Julio de 1883. ALFONSO . = El Ministro de Ultramar , Gaspar Núñez de Arce . 319 . ULTRAMAR . 12 Julio : publicado en 19 . Real decreto , suprimiendo en la Isla de Puerto Rico las Juntas jurisdic ...
Página 49
... Real decreto de 11 de Diciembre de 1863 , hecho extensivo á la primera por Real órden de 21 de dicho mes y año . Art . 2. Se crea una sola Junta provincial , que se deno- minará de Agricultura , Industria y Comercio . Art . 3. Se hace ...
... Real decreto de 11 de Diciembre de 1863 , hecho extensivo á la primera por Real órden de 21 de dicho mes y año . Art . 2. Se crea una sola Junta provincial , que se deno- minará de Agricultura , Industria y Comercio . Art . 3. Se hace ...
Página 55
continuación de la Colección de decretos Spain. 325 . FOMENTO 16 Julio : publicada en 27 . Real orden , declarando que no es aplicable á las Escuelas de fundación par ticular lo que acerca de este punto en general dispone el Real decreto ...
continuación de la Colección de decretos Spain. 325 . FOMENTO 16 Julio : publicada en 27 . Real orden , declarando que no es aplicable á las Escuelas de fundación par ticular lo que acerca de este punto en general dispone el Real decreto ...
Otras ediciones - Ver todas
Colección legislativa de España: continuación de la Colección de ..., Volumen89 Spain Vista completa - 1863 |
Colección legislativa de España: continuación de la Colección de ..., Volumen93 Spain Vista completa - 1865 |
Colección legislativa de España: continuación de la Colección de ..., Volumen97 Spain Vista completa - 1867 |
Términos y frases comunes
27 de Julio Administración Aduanas Alfonso XII alumnos arreglo Artículo único asignaturas autoriza CAPÍTULO carreteras cédulas Cents ción civiles como militares clase y dignidad concesión Consejo de Ministros Considerando Cortes han decretado cumplir y ejecutar curso Dado en Palacio debe Derecho Derecho mercantil digo á V. I. Director disposiciones ejecutar la presente ejercicios empleados Escuela Establecimiento expediente gastos Germán Gamazo Gober Gobernador Grandas de Salime guarde á V. I. guarden y hagan Guerra Hacienda hagan guardar Idem Ingenieros ingreso instrucción Jefes José López Domínguez Julio Material militares y eclesiásticas Ministerio Ministro de Fomento Ministro que suscribe nal de España obras Oficiales orden lo digo personal pesetas plazo podrán presente vieren presos provincia publicada Real decreto Real orden reglamento respectivos Rey constitucio Rey Q. D. G. S. M. el Rey sancionado lo siguiente Sardoal Sección serán servicio Setiembre sueldo tículo Tineo Tribunales Vengo en decretar vieren y entendie vigentes
Pasajes populares
Página 9 - ALFONSO XII, por la gracia de Dios Rey constitucional de España. A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: ARTÍCULO ÚNICO.
Página 319 - DON ALFONSO XII, por la gracia de Dios Rey constitucional de España. A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Artículo único.
Página 593 - Y conformándose SM el Rey (QDG), y en su nombre la Reina Regente del Reino, con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone.
Página 605 - Fundado en estas consideraciones, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene el honor de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de decreto.
Página 22 - Por tanto mandamos á todos los tribunales , justicias , jefes , gobernadores y demás autoridades , asi civiles como militares y eclesiásticas de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Dado en...
Página 232 - Quedan derogadas las disposiciones anteriores sobre imprenta que se opongan á la presente ley. Por tanto: Mandamos á todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Dado en Palacio á siete de Enero de mil ochocientos setenta y nueve.
Página 63 - Aires, en el más breve plazo posible. En fe de lo cual, los plenipotenciarios...
Página 207 - Gobierno publicará los reglamentos necesarios para la ejecución de esta ley. Por tanto, mandamos á todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Dado en Palacio á diez de Enero de mil ochocientos setenta y nueve.
Página 134 - Hijo; de acuerdo con lo informado por la Sección de Estado y Gracia y Justicia del Consejo de Estado, y con el parecer del Consejo de Ministros, ha tenido á bien disponer lo siguiente: 1.
Página 25 - Quienes, después de haberse comunicado sus plenos poderes, hallados en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes: Artículo 1°.