Explicaciones del Doctor Bernardo de Yrigoyen: con motivo del mensaje del poder ejecutivo al Congreso, solicitando la próroga del estado de sitio en toda la República Argentina

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1893 - 78 páginas
 

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Página 54 - Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación.
Página 32 - El Gobierno Federal interviene en el territorio de las provincias para garantir la forma republicana de gobierno, ó repeler invasiones exteriores, y á requisición de sus autoridades constituidas, para sostenerlas ó restablecerlas, si hubiesen sido depuestas por la sedición ó por invasión de otra Provincia.
Página 67 - Legislativo; la legislatura, para defenderse de las obras del poder Ejecutivo; la Unión, para hacerse obedecer de los estados; los estados, para rechazar las pretensiones exageradas de la Unión; el interés público contra el interés privado; el espíritu de conservación contra la inestabilidad democrática. Su poder es inmenso; pero es un poder de opinión.
Página 67 - Corte suprema está encargada de ejercer, no sólo atribuciones judiciales, sino también otras que son casi enteramente políticas; ya ella acude el Poder Ejecutivo para oponerse a los desafueros del Cuerpo Legislativo; éste para defenderse de las empresas atrevidas de aquél; el interés público contra el interés privado, y el espíritu de conservación y orden, contra los movimientos tempestuosos de la democracia; en fin, su poder es inmenso, pero siendo de pura opinión, y no descansando en...
Página 28 - Congreso, no es nna tendencia al régimen de unidad; es más propiamente una tendencia al régimen de la libertad y del órden, de que tanto necesitan las provincias argentinas Si; reservada al Congreso la facultad de declarar el estado de sitio, suele dilatarse, dejando en la República, la libertad y las garantías del millón de hombres que la habitan, pendientes de la voluntad del ciudadano que ejerce la predidelicia, ¿qué sucedería si todos los gobernantes de las provincias pudieran ejercer...
Página 29 - No basta que haya un ataque exterior que ponga en peligro el ejercicio de la Constitución, es necesario además, establecer este antecedente constitucional é indispensable: que ese ataque, que esa conmoción interior produzca una perturbación que ponga en peligro el ejercicio de la Constitución y el respeto de las autoridades eii el lugar que pretenda someterse al duro imperio del estado de sitio.
Página 31 - General en Jefe de los Ejércitos de mar y tierra de la República, НПл H.'. Justo José de Urquiza— Buenos Aires, 1860-Fol.
Página 67 - En poder de los. siete jueces federales están reposando incesantemente la "paz, la prosperidad, y hasta la existencia de la Unión. Sin ellos, la constitu"ción es una obra muerta...
Página 50 - ... le franquea, debe tenerse muy presente la penosa situación que el estado de sitio crea para el pueblo sobre que se ejerce, pesando como pesa una amenaza universal, perenne, indefinida; condición que...
Página 73 - No es posible admitir que los gobernadores, diputados y senadores sigan recibiendo su diploma del Presidente de la República, en vez de solicitarlo del voto de sus conciudadanos. No es posible tolerar por más tiempo que, los asientos del Senado sean asaltados por los gobernadores, contra el espíritu de la Constitución, ni admitir que las cuestiones que solo afectan el orden interno de las provincias, sigan ventilándose y resolviéndose en los salones del Gobierno nacional, porque todo esto importa...

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